1. Fui detenido(a) por la policía en la calle, ¿Ahora qué?

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

a. ¿Te podría arrestar la policía por negarte a responder preguntas?

No. No, estás obligado(a) a hablar con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

Es importante recalcar que debes identificarte (darles tu nombre, domicilio, decirles qué estás haciendo) ante las autoridades ya que Illinois es un estado donde la ley exige que te identifiques si la policía te lo pide ("Stop and Identify"). De lo contrario, puedes ir bajo arresto si la policía tiene razón suficiente para creer que estás involucrado(a) en actividades criminales o si creen que representas un peligro ante la seguridad pública. Sin embargo, le puedes decir a los oficiales que quieres ejercer tu derecho a permanecer en silencio basado en tu quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos. Consultar: Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); 725 ILCS 5/107-14(a); 720 ILCS 5/31-4.5

Lo mismo aplica si estás conduciendo y se te detiene por una infracción de tránsito. En este caso, los oficiales pueden requerirte que les muestres tu licencia/carnet de manejo/conducir (driver's license), tarjeta de circulación (vehicle registration), y comprobante de seguro vial (proof of insurance). Consultar: 625 ILCS 5/11-203

b. ¿Qué pasa si la policía no se identifica?

Si no están de encubierto, los oficiales en Illinois tienen que identificarse si te cuestionan o detienen. Puedes preguntarles si son de la policía y pedirles que te muestren su placa (badge) para identificarse. Consultar: 725 ILCS 5/107-14(a); Municipal Code of Chicago § 2-84-390

Sin embargo, es importante recalcar que decisiones judiciales han permitido a oficiales de encubierto a no identificarse. Consultar: Catlin v. City of Wheaton, 574 F.3d 361, 369 (7th Cir. 2009); Doornbos v. City of Chicago, 868 F.3d 572, 588 (7th. Cir. 2017)

c. ¿Qué pasa si la policía empieza a hablar conmigo pero no me da ninguna orden?

No tienes obligación de hablar con la policía. Si un oficial empieza a hablar contigo, no tienes que responderle. Tienes derecho a permanecer en silencio. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

d. ¿Qué si el oficial no está uniformado ni se identifica como tal pero creo que es un oficial?

Si van de encubierto, los oficiales en Illinois tienen que identificarse si te cuestionan o detienen. Puedes preguntarles si son de la policía y pedirles que te muestren su placa (badge) para identificarse. Consultar: 725 ILCS 5/107-14(a); Municipal Code of Chicago § 2-84-390

Sin embargo, es importante recalcar que decisiones judiciales han permitido a oficiales en encubierto a no identificarse. Consultar: Catlin v. City of Wheaton, 574 F.3d 361, 369 (7th Cir. 2009); Doornbos v. City of Chicago, 868 F.3d 572, 588 (7th. Cir. 2017)

e. ¿Puedo decirle a la policía que no quiero hablar sin la presencia de un abogado?

Sí, tienes derecho a la presencia de un abogado mientras se te interroga, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Cualquier información que compartas con tu abogado se mantendrá en secreto. Consultar: , 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

Además, no estás obligado(a) a hablar con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

Si la policía comienza a interrogarte sin decirte tus derechos al ser arrestado(a) (a lo que se le llama "Advertencia Miranda", "Reglas Miranda", "Derechos Miranda", o "Miranda Rights" en inglés), no pueden usar nada de lo que les digas como evidencia directa en una corte o tribunal criminal. Consultar: Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); 725 ILCS 5/103-2.1

f. Si tomo asiento, ¿me estoy resistiendo?

Sí. No puedes sentarte para evitar ser arrestado(a) ni obstruir al oficial de hacer su trabajo en ninguna forma. El oficial puede interpretar esto como una forma pasiva de rehusarte a ser arrestado(a). Consultar: See e.g., 720 ILCS 5/31-1

g. Si se detiene a mi grupo y algunos(as) de los(as) chicos(as) huyen, ¿puedo huír?

No. Aunque otros en tu grupo escapen o corran, no puedes huir de la policía si crees que se te va a arrestar. Incluso aunque no estés siendo arrestado(a), huir de la policía es una mala idea ya que puede interpretarse como que estás obstruyendo las labores de fuerza policiaca. Hacerlo puede hacer que los oficiales crean que has estado, o estás involucrado(a) en actividades criminales. Consultar: 720 ILCS 5/31-1; 725 ILCS 5/107-2

h. ¿Puedo decirles a otros (a mis hermanos, por ejemplo) que huyan?

No. No puedes decirle a nadie que huya de la policía. Esto puede interpretarse como que estás interfiriendo con el arresto. Además, esto puede hacer que los oficiales crean que has estado, o estás involucrado(a) en actividades criminales. Consultar: 720 ILCS 5/31-1; 725 ILCS 5/107-2

i. Si el idioma del oficial no es mi lengua materna, ¿puedo decirles sin renunciar a mis derechos?

Sí, puedes decirle al oficial que la lengua del oficial no es tu lengua materna. Esto no supondrá que renuncias a tus derechos si le dices al oficial inmediatamente después que deseas permanecer en silencio. Tienes derecho a un traductor mientras interactúas con la policía o la corte. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); 725 ILCS 140/1; Berghuis v. Thompkins, 560 US 370 (2010)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

j. Si no hice nada (malo), ¿puede detenérseme?

Para que un oficial te detenga, tiene que tener sospecha razonable de que has estado, estás, o estarás involucrado(a) en actividad criminal. Si hay o no sospecha razonable depende de la situación, así que puede ser difícil determinar si la policía puede detenerte. Sin importar si la policía pueda o no detenerte, resistirse es una mala idea. Consultar: Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); 720 ILCS 5/31-1; 725 ILCS 5/107-2

2. ¿Cuándo puede la policía inspeccionarte a ti y a tus alrededores?

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Información propuesta

Es importante seguir las siguientes recomendaciones:

  • Tienes derecho a negarte a que te inspeccionen.
  • Tienes derecho a negarte a que inspeccionen tu vehículo, casa, u otras pertenencias o artículos bajo tu control.
  • No se te puede arrestar por rehusarte a dar tu consentimiento (permiso) de una inspección sin una orden judicial.
  • Una orden judicial es un documento oficial de la corte que le permite a la policía inspeccionarte o tus pertenencias sin tu consentimiento (permiso)
    Consultar:
    4th Amendment; 725 ILCS 5/108-7
  • La policía puede hacer una breve inspección y puede continuarla.
    Consultar:
    Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); 725 ILCS 5/108-7; 725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/108-1.01

a. ¿Qué si la policía quiere inspeccionar mi celular?

La policía tiene prohibido realizar inspecciones y decomisos que sean inaceptables. Inaceptable puede referirse a todo aquello que sea inapropiado, agresivo, exagerado o dañino a ti o a todos los involucrados. Consultar: 4th Amendment; Illinois Constitution, Article I § 6

Si se trata de un arresto, la policía en Illinois debe obtener tu consentimiento (permiso), una orden judicial de la corte, o tener circunstancias urgentes para una inspección antes de que un celular o algún otro dispositivo móvil pueda ser desbloqueado e inspeccionado. La policía puede inspeccionar el exterior de tu celular para determinar si puede ser usado como arma (como para verificar si hay alguna navaja escondida entre el celular y el estuche), pero la policía necesita una orden judicial para inspeccionar el contenido de tu celular. Consultar: Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); 725 ILCS 5/108-7; 725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/108-1.01; People v. Butler, 2015 IL App. 131870

b. ¿Qué si la policía me pide la contraseña de mi celular?

No tienes que proporcionarles tu contraseña (incluyendo tu huella digital o escaneo facial) a menos de que la policía tenga una orden judicial de la corte. Puedes rehusarte a entregarles tu celular o a darles tu contraseña, aunque estés siendo arrestado(a), siempre y cuando la policía no cuente con una orden judicial para inspeccionar tu celular. Darles tu contraseña, huella digital, o escaneo facial es lo mismo que dar tu consentimiento: puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento durante la inspección. Consultar: Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); 725 ILCS 5/108-7; 725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/108-1.01; People v. Spicer, 2019 IL App (3d) 170814

Además, la policía tiene prohibido realizar inspecciones y decomisos que sean inaceptables. Inaceptable puede referirse a todo aquello que sea inapropiado, agresivo, exagerado o dañino a ti o a todos los involucrados. Consultar: 4th Amendment; Illinois Constitution, Article I § 6

c. ¿Qué si me piden que les de mi contraseña o cualquier otra forma de acceso a mi celular?

Puedes rehusarte a permitirles acceso a tu celular si te lo piden. Si no tienen tu permiso o el de la corte por medio de una orden judicial, no pueden forzarte a que les des tu contraseña ni ningún tipo de acceso a tu celular. Consultar: Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); People v. Spicer, 2019 IL App (3d) 170814

Además, la policía tiene prohibido realizar inspecciones y decomisos que sean "inaceptables". Inaceptable puede referirse a todo aquello que sea inapropiado, agresivo, exagerado o dañino a ti o a todos los involucrados. Consultar: 4th Amendment; Illinois Constitution, Article I § 6

No estás forzado(a) a darle a algún oficial de gobierno o del cuerpo policiaco testimonio oficial (evidencia) que pueda incriminarte en la corte. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

Nota: a pesar de que la jurisprudencia en Illinois lo ha hecho, fallos recientes en las cortes federales concuerdan en gran parte que tu contraseña y otras formas de acceso digital se incluyen en el quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos, sin embargo, no se ha acordado al momento de elaborar esta guía. Consultar: United States v. Apple MacPro Computer, 851 F.3d 238, 247 (3rd Cir. 2017); In re: Grand Jury Subpoena Duces Tecum Dated March 25, 2011 v. John Doe, 670 F.3d 1335, 1341 (11th Cir. 2012)

d. ¿Tengo que proporcionarles la contraseña de mi dispositivo si me lo exigen y no estoy bajo arresto?¿Qué pasa si solo me lo piden?

Si no estás bajo arresto, no tienes que darle tu contraseña a la policía. La policía no puede obligarte a que les des tu contraseña, huella digital o escaneo facial para desbloquear tu celular. Puedes rehusarte a darles esta información, sin embargo, es importante recalcar que si se los proporcionas, tienen el derecho a inspeccionarlo. Puedes revocar ese consentimiento en cualquier momento. Consultar: Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); People v. Spicer, 2019 IL App (3d) 170814

Además, la policía tiene prohibido realizar inspecciones y decomisos que sean "inaceptables". Inaceptable puede referirse a todo aquello que sea inapropiado, agresivo, exagerado o dañino a ti o a todos los involucrados. Consultar: 4th Amendment; Illinois Constitution, Article I § 6

e. ¿Qué herramientas o tecnología (reconocimiento facial, cámaras ocultas, inspección de huellas digitales, etc.) puede usar la policía para inspeccionarme?

La policía puede usar cualquier herramienta que no se considere inaceptable (unreasonable) para inspeccionarte y buscar evidencia, ya que los oficiales tienen prohibido realizar decomisos e inspecciones inaceptables. Inaceptable puede referirse a todo aquello que sea inapropiado, agresivo, exagerado o dañino a ti o a todos los involucrados. Consultar: 4th Amendment; Illinois Constitution, Article I § 6

Bajo las leyes de Illinois, la policía no está sujeta a la Ley de Privacidad sobre la Información Biométrica Biometric Information Privacy Act (740 ILCS 14). Por esta razón la policía puede tomar tus huellas digitales y verificarlas ante una base de datos si tiene una orden judicial, sospecha razonable o al momento de arrestarte. En caso delitos no graves (non-felonies), el Departamento de Policía de Chicago (CPD) no puede tomar las huellas digitales a menores de 10 años. Consultar: Davis v. Mississippi, 394 U.S. 721, 727 (1969); Processing of Juveniles and Minors Under Department Control, Chicago Police Department Special Order S06-04 § V

El Departamento de Policía de Chicago tiene recomendado grabar toda interacción pública usando cámaras corporales. La policía puede también usar cámaras de vigilancia ocultas en distintos lugares de las ciudades, particularmente en intersecciones. Consultar: Body Worn Cameras, Chicago Police Department Special Order S03-14

NOTA: La Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, hasta Enero del 2024, aún tiene que decidir si el cuarto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos prohíbe el uso de cámaras corporales y de vigilancia. Sin embargo, cortes menos importantes han deliberado en favor al apoyo del gobierno federal del uso de cámaras. Consultar: United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

f. ¿Pueden inspeccionar mi mochila o algún otro artículo que traiga?

La policía no puede inspeccionar tus pertenencias ni algún otro artículo que traigas sin tu permiso o un permiso de la corte otorgado por una orden judicial. Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo hagas, la policía puede continuar con la búsqueda. Consultar: 4th Amendment; 725 ILCS 5/108-7; 725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/108-1.01; People v. Franklin, 2016 IL App (1st) 140059

La policía puede inspeccionar tu ropa si "razonablemente" creen que portas un arma y que pone en riesgo la seguridad de alguien. Si eres menor de 18 años, es ilegal que portes un arma en público o en cualquier otro lugar en donde no tengas permiso de portarla. Consultar: Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); 725 ILCS 5/108-1; 720 ILCS 5/24-3.1; People v. Jackson, 2012 IL App (1st) 103300

Si vas bajo arresto, el oficial puede inspeccionarte a ti y a tus pertenencias si tiene indicios racionales para hacerlo. Esto puede incluir tu mochila si está al alcance de tus brazos o la traes puesta. También puede incluir tu vehículo si está en cercanía mientras se te inspecciona, o si estás manejado/conduciendo durante la inspección. Consultar: United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Colorado Constitution, Article II § 7

g. ¿Pueden tomarme fotos o grabarme?

Sí. El Departamento de Policía de Chicago tiene recomendado grabar toda interacción pública usando cámaras corporales. La policía puede también usar cámaras de vigilancia ocultas en distintos lugares de las ciudades, particularmente en intersecciones. Consultar: Body Worn Cameras, Chicago Police Department Special Order S03-14

NOTA: La Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, hasta Enero del 2024, aún tiene que decidir si el cuarto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos prohíbe el uso de cámaras corporales y de vigilancia. Sin embargo, cortes menos importantes han deliberado en favor al apoyo del gobierno federal del uso de cámaras. Consultar: United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

h. ¿Pueden preguntarme hacia dónde me dirijo y el porqué?

Sí, la policía puede preguntarte hacia dónde vas y porqué. Si no estas bajo detención, puedes ejercer tu derecho a permanecer en silencio. Responderles estas preguntas significaría que estás consintiendo lo que el oficial te está pidiendo. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

Es importante recalcar que debes identificarte (darles tu nombre, domicilio, decirles qué estás haciendo) ante las autoridades ya que Illinois es un estado donde la ley exige que te identifiques si la policía te lo pide ("Stop and Identify"). De lo contrario, puedes ir bajo arresto si la policía tiene razón suficiente para creer que estás involucrado(a) en actividades criminales o si creen que representas un peligro ante la seguridad pública. Sin embargo, le puedes decir a los oficiales que quieres ejercer tu derecho a permanecer en silencio basado en tu quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos. Consultar: Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); 725 ILCS 5/107-14(a); 720 ILCS 5/31-4.5\

Lo mismo aplica si estás conduciendo y se te detiene por una infracción de tránsito. En este caso, los oficiales pueden requerirte que les muestres tu licencia/carnet de manejo/conducir (driver's license), tarjeta de circulación (vehicle registration), y comprobante de seguro vial (proof of insurance). Consultar: 625 ILCS 5/11-203

3. Razones por las que la policía puede detenerte o arrestarte

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Información propuesta

Es importante seguir las siguientes recomendaciones:

  • La policía puede arrestarte o detenerte si sospechan que has cometido algo ilegal o si sospechan que en ese momento tienes evidencia de algún crimen.
    Consultar:
    Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); 725 ILCS 5/107-2
  • En ocasiones, la policía puede tener una orden judicial de la corte que les permita inspeccionarte o arrestarte dependiendo del tipo de orden judicial.
  • Es recomendable leer y revisar cuidadosamente cualquier documento/orden judicial de la policía para asegurarte que comprendes exactamente qué abarca el documento.
    Consultar,
    725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/108-7
  • Si se te arresta, se te puede levantarte cargos en tu contra de delito grave (felony) o algún crimen más serio (con la posibilidad de encarcelamiento por un año o más), cargos de delito menor (misdemeanor) por un crimen de menor seriedad (con encarcelamiento por menos de un año) o alguna violación de la ley.
  • Si te arresta la policía, también tienen derecho a inspeccionarte. Cualquier descubrimiento que se haga durante esta inspección puede usarse como evidencia de culpabilidad
    Consultar:,
    United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); 725 ILCS 5/108-1

a. ¿Qué si no hice nada ilegal? ¿Debo hablar con la policía y responderles preguntas?

No tienes obligación de hablar con la policía y tienes derecho a permanecer en silencio. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

Es importante recalcar que debes identificarte (darles tu nombre, domicilio, decirles qué estás haciendo) ya que Illinois es un estado donde la ley exige que te identifiques si la policía te lo pide ("Stop and Identify"). De lo contrario, puedes ir bajo arresto si la policía tiene razón suficiente para creer que estás involucrado(a) en actividades criminales o si creen que representas un peligro ante la seguridad pública. Sin embargo, le puedes decir a los oficiales que quieres ejercer tu derecho a permanecer en silencio basado en tu quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos. Consultar: Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); 725 ILCS 5/107-14(a); 720 ILCS 5/31-4.5

Lo mismo aplica si estás conduciendo y se te detiene por una infracción de tránsito. En este caso, los oficiales pueden requerirte que les muestres tu licencia/carnet de manejo/conducir (driver's license), tarjeta de circulación (vehicle registration), y comprobante de seguro vial (proof of insurance). Consultar: 625 ILCS 5/11-203

b. ¿Qué si me dicen algo sobre su investigación y es incorrecto? ¿Debo corregirlos?

No tienes obligación de hablar con la policía y tienes derecho a permanecer en silencio. Sin embargo, debes corregir al oficial cuando malinterprete algo que digas, o cuando les digas algo que es incorrecto. No hacerlo es va contra la ley y es condenable bajo la ley estatal. Consultar: 5th Amendment; 720 ILCS 5/31-4; 720 ILCS 5/31-4.5

Además, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

c. ¿Qué si un oficial solo comienza a hablar conmigo pero no me da ninguna orden ni me indica que haga algo?

No tienes obligación de hablar con la policía. Si un oficial empieza a hablar contigo, no tienes que responderle. Tienes derecho a permanecer en silencio. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

d. ¿Cuál es la diferencia ante la ley entre hablar con la policía si no me comunican que estoy bajo arresto y cuando me dejan saber que estoy bajo arresto?

En cualquier situación, no tienes obligación de hablar con la policía y tienes derecho a permanecer en silencio. Si la policía comienza a interrogarte sin decirte tus derechos al ser arrestado(a) (a lo que se le llama "Advertencia Miranda", "Reglas Miranda", "Derechos Miranda", o "Miranda Rights" en inglés), no pueden usar nada de lo que les digas como evidencia directa en una corte o tribunal criminal. Consultar: Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); 725 ILCS 5/103-2.1

Sin embargo, para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

4. La diferencia entre que la policía me diga qué hacer y que pidan que haga algo

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a. ¿Qué diferencia hay entre que la policía decida inspeccionarme a mi o mis pertenencias (celular, persona, mochila) y que yo acceda a la inspección?

La policía no puede inspeccionar tus pertenencias sin tu permiso o un permiso de la corte otorgado por una orden judicial. Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo hagas, la policía puede continuar con la búsqueda. Consultar:
4th Amendment; 725 ILCS 5/108-7; 725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/108-1.01; People v. Franklin, 2016 IL App (1st) 140059

Por esta razón, si accedes/permites/consientes a una inspección, puede que estés renunciando a argumentos que pudieras hacer en el futuro para reivindicar tus derechos. También tienes que tener cuidado con cómo expresas tu consentimiento para asegurarte de que sólo les estés permitiendo inspeccionar los artículos específicos que tú quieras.

Sin embargo, la policía aún puede decomisar un artículo sospechoso/incriminatorio si está a la vista del oficial, o si la razón de la inspección se relaciona con alguna emergencia. Consultar, 725 ILCS 5/108-1

Además, la policía tiene prohibido realizar inspecciones y decomisos que sean inaceptables. Inaceptable puede referirse a todo aquello que sea inapropiado, agresivo, exagerado o dañino a ti o a todos los involucrados. Consultar: 4th Amendment; 725 ILCS 5/108-7; 725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/108-1.01; People v. Franklin, 2016 IL App (1st) 140059

No estás forzado(a) a darle a algún oficial de gobierno o del cuerpo policiaco testimonio oficial (evidencia) que pueda incriminarte en la corte. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

La policía puede palpar tu cuerpo/prendas si "razonablemente" creen que portas un arma y que pone en riesgo la seguridad de alguien. Si eres menor de 18 años, es ilegal que portes un arma en público o en cualquier otro lugar en donde no tengas permiso de portarla. Consultar: Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); 725 ILCS 5/108-1; 720 ILCS 5/24-3.1; People v. Jackson, 2012 IL App (1st) 103300

Si vas bajo arresto, el oficial puede inspeccionarte a ti y a tus pertenencias si tiene indicios racionales para hacerlo. Esto puede incluir tu mochila si está al alcance de tus brazos o la traes puesta. También puede incluir tu vehículo si está en cercanía mientras se te inspecciona, o si estás manejado/conduciendo durante la inspección. Consultar: United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Colorado Constitution, Article II § 7

b. ¿Qué si me ordenan que les de información en vez de que me pidan que les de información y yo se las de voluntariamente?

En cualquier caso, no tienes obligación de hablar con la policía ni de proveerles ningún tipo de información. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

Es importante recalcar que debes identificarte (darles tu nombre, domicilio, decirles qué estás haciendo) ya que Illinois es un estado donde la ley exige que te identifiques si la policía te lo pide ("Stop and Identify"). De lo contrario, puedes ir bajo arresto si la policía tiene razón suficiente para creer que estás involucrado(a) en actividades criminales o si creen que representas un peligro ante la seguridad pública. Sin embargo, le puedes decir a los oficiales que quieres ejercer tu derecho a permanecer en silencio basado en tu quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos. Consultar: Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); 725 ILCS 5/107-14(a); 720 ILCS 5/31-4.5

Lo mismo aplica si estás conduciendo y se te detiene por una infracción de tránsito. En este caso, los oficiales pueden requerirte que les muestres tu licencia/carnet de manejo/conducir (driver's license), tarjeta de circulación (vehicle registration), y comprobante de seguro vial (proof of insurance). Consultar: 625 ILCS 5/11-203

5. ¿La policía necesita una orden judicial para arrestarme?

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

  • No, la policía sí puede arrestarte legamente sin una orden judicial bajo varias circunstancias:
    • Cuando el crimen se comete en presencia de los oficiales
    • cuando el oficial tiene razones para creer que cometiste un delito grave (felony) independientemente de que el acto se haya cometido en su presencia o no.
      Consultar :
      725 ILCS 5/107-2

a. Si no hice nada malo, ¿pueden detenerme?

Para que un oficial pueda detenerte es necesario que tengan sospecha razonable de que has estado, estás, o estarás involucrado(a) en actos criminales. Si hay o no sospecha razonable depende en la situación, así que puede ser difícil determinar si la policía puede detenerte. Independientemente de que el oficial pueda o no detenerte, no es buena idea resistirse. Consultar: Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); 720 ILCS 5/31-1; 725 ILCS 5/107-2

b. ¿Qué significa que un oficial tenga "sospecha razonable"?

Que el oficial pueda hacer suposiciones comprensibles de que alguien está violando la ley. El oficial de poder explicar esas suposiciones con palabras claras y utilizando dónde estás como evidencia, o lo que ha visto. Consultar: People v. D.W., 2019 IL App. 180337

Sin embargo, el oficial debe saber todo esto en el momento en el que se te detiene, no pueden utilizar hechos que descubrió después de detenerte, para explicar porqué se te detuvo al principio. Esto no significa que el oficial puede adivinar, necesita hechos para sustentar sus suposiciones. Consultar: People v. Wimbley, 314 IL App. 3d 18, 26, 731 N.E.2d 290 (2000)

c. ¿Puedo preguntarles la razón por la que se me detuvo?

Puedes preguntarle si estas siendo detenido(a) y porqué. Si te detienen y te hacen una inspección corporal, la policía generalmente debe proveerte con un comprobante de detención (stop receipt) con la razón de la detención, el nombre del oficial y su número de placa (badge number). Puede que la policía no te de este comprobante si es casi imposible que te lo de o hay alguna emergencia de por medio. Consultar: 725 ILCS 5/107-14

d. ¿Puedo abogar por/defender a otro joven detenido por la policía si nos detienen juntos?

Abogar por/defender a otro joven detenido por la policía es riesgoso, ya que te pueden arrestar por interferir con el cuerpo policiaco de alguna manera. Consultar: 720 ILCS 5/31-5; 720 ILCS 5/31-1

Sin embargo, tienes derecho a observar y grabar lo que esté sucediendo siempre y cuando no interfieras con el cuerpo policiaco de ninguna manera. Consultar: ACLU of Illinois v. Alvarez, 679 F.3d 583 (7th Cir. 2012)

e. ¿Qué puedo hacer si creo que la detención es injustificada?

Si crees que se han violado tus derechos durante tu interacción con la policía, puedes presentar una queja por escrito ante la Oficina Ciudadana de Rendición de Cuentas Policiaca del Ayuntamiento de Chicago (City of Chicago Civilian Office of Police Accountability) o con la Policía Estatal de Illinois (Illinois State Police). Además, no estás obligado(a) a hablar con la policía o a responderles preguntas que te puedan hacer. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, resistirse ante la policía no es recomendable ya que se te puede arrestar por interferir con las autoridades de alguna manera. Consultar: C.R.S § 18-8-102; C.R.S. § 18-8-103; C.R.S. § 18-8-104

Tienes derecho a observar y grabar lo que esté sucediendo siempre y cuando no interfieras con el cuerpo policiaco de ninguna manera. Consultar: ACLU of Illinois v. Alvarez, 679 F.3d 583 (7th Cir. 2012)

Es importante recalcar que debes identificarte (darles tu nombre, domicilio, decirles qué estás haciendo) ya que Illinois es un estado donde la ley exige que te identifiques si la policía te lo pide ("Stop and Identify"). De lo contrario, puedes ir bajo arresto si la policía tiene razón suficiente para creer que estás involucrado(a) en actividades criminales o si creen que representas un peligro ante la seguridad pública. Sin embargo, le puedes decir a los oficiales que quieres ejercer tu derecho a permanecer en silencio basado en tu quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos. Consultar: Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); 725 ILCS 5/107-14(a); 720 ILCS 5/31-4.5

Lo mismo aplica si estás conduciendo y se te detiene por una infracción de tránsito. En este caso, los oficiales pueden requerirte que les muestres tu licencia/carnet de manejo/conducir (driver's license), tarjeta de circulación (vehicle registration), y comprobante de seguro vial (proof of insurance). Consultar: 625 ILCS 5/11-203

f. ¿Puedo obtener los datos de identificación del oficial para una queja futura?

Siempre que se te detenga o se te arreste, el cuerpo policiaco en Illinois debe identificarse por medio de sus placas. Si crees que tus derechos han sido infringidos en tu interacción con la policía, puedes presentar una queja por escrito ante la Oficina Ciudadana de Rendición de Cuentas Policiaca del Ayuntamiento de Chicago (City of Chicago Civilian Office of Police Accountability) o con la Policía Estatal de Illinois (Illinois State Police). Consultar: 725 ILCS 5/107-14(a); Municipal Code of Chicago § 2-84-390

Sin embargo, es importante recalcar que decisiones judiciales han permitido a oficiales de encubierto a no identificarse. Consultar: Catlin v. City of Wheaton, 574 F.3d 361, 369 (7th Cir. 2009); Doornbos v. City of Chicago, 868 F.3d 572, 588 (7th. Cir. 2017)

6. ¿Cómo saber si vas bajo arresto?

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Información propuesta

Es importante seguir las siguientes recomendaciones:

a. ¿Qué si no sé si estoy bajo arresto?

Puedes preguntarle al oficial si estás siendo detenido(a) o si estás en libertad de retirarte. Si estás siendo denetido(a)/arrestado(a) y puedes retirarte no es recomendable resistirse. Consultar 720 ILCS 5/31-1; 725 ILCS 5/107-2

En cualquier caso, no tienes obligación de hablar con la policía ni darles ningún tipo de información. Tienes derecho a permanecer en silencio.Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

b. ¿Cuál es la diferencia entre detención y arresto?

Detención se refiere a cuando el cuerpo de policía te mantiene bajo sospecha razonable con el propósito de interrogarte o realizar una breve inspección de tu persona y tus pertenencias si creen que eres un peligro para seguridad pública. Consultar: 725 ILCS 5/108-1; 725 ILCS 5/107-14

Arresto se refiere a cuando el cuerpo de policía te mantiene bajo indicios racionales, que quiere decir que el oficial tiene evidencia de o creencia más que razonable de que has, estás, o estarás involucrado(a) en actos criminales. Si estás bajo arresto, el oficial debe identificarse y dar la razón del arresto. Consultar: Processing of Juveniles and Minors Under Department Control, Chicago Police Department Special Order S06-04; 725 ILCS 5/107-2

c. ¿Ser esposado significa que estoy bajo arresto?

No necesariamente. Un oficial puede usar fuera no letal (se presume que estoy incluye esposar) para detener a una persona, aunque sea una detención breve. Un oficial también puede esposarte si creen que es necesario por su propia seguridad, aunque no te lleven bajo arresto. Consultar: 725 ILCS 5/107-2; People v. Duran, 2016 IL App (1st) 152678; People v. Colyar, 2013 IL 111835

d. ¿Si se restringe mi libertad significa que estoy bajo arresto?

Si la restricción de la libertad es de manera significativa, probablemente sí. Se considera que estás bajo custodia de la policía cuando se te priva de tu libertad de actuar de cualquier manera significativa. Consultar: Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)

Sin embargo, tu libertad también se puede restringir si sólo se te detiene, y no se te está arrestando. Esta detención puede darse de muchas maneras. Consultar: United States v. Hensley, 469 U.S. 221 (1985); 725 ILCS 5/108-8

Por ejemplo, el oficial puede pedirte que te identifiques, cosa que tienes que hacer ante un oficial que se identifique como tal (darles tu nombre, domicilio, decirles qué estás haciendo) ante las autoridades ya que Illinois es un estado donde la ley exige que te identifiques si la policía te lo pide ("Stop and Identify"). De lo contrario, puedes ir bajo arresto si la policía tiene razón suficiente para creer que estás involucrado(a) en actividades criminales o si creen que representas un peligro ante la seguridad pública. Sin embargo, le puedes decir a los oficiales que quieres ejercer tu derecho a permanecer en silencio basado en tu quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos. Consultar: Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); 725 ILCS 5/107-14(a); 720 ILCS 5/31-4.5

Lo mismo aplica si estás conduciendo y se te detiene por una infracción de tránsito. En este caso, los oficiales pueden requerirte que les muestres tu licencia/carnet de manejo/conducir (driver's license), tarjeta de circulación (vehicle registration), y comprobante de seguro vial (proof of insurance). Consultar: 625 ILCS 5/11-203

La policía puede inspeccionar tu ropa si "razonablemente" creen que portas un arma y que pone en riesgo la seguridad de alguien. Si eres menor de 18 años, es ilegal que portes un arma en público o en cualquier otro lugar en donde no tengas permiso de portarla. Consultar: Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); 725 ILCS 5/108-1; 720 ILCS 5/24-3.1; People v. Jackson, 2012 IL App (1st) 103300

7. ¿Qué hacer después de que me adviertan mis derechos?

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Es importante seguir estas recomendaciones:

  • Puedes hacer uso de tu derecho a permanecer en silencio o cualquier otro de tus derechos (por ejemplo, a un abogado) al decir que quieres ejercer ese derecho.
  • También puedes renunciar a tus derechos (no usarlos). Esto no es recomendable sin la presencia de un abogado.
  • Asegúrate de saber qué signfica/implica renunciar a tus derechos.
    See e.g., 5th Amendment; 6th Amendment; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); ; 705 ILCS 405/5-401.5

a. ¿Cómo cambia mi situación si la policía me advierte/avisa sobre mis derechos?

Si la policía comienza a interrogarte sin decirte tus derechos al ser arrestado(a) (a lo que se le llama "Advertencia Miranda", "Reglas Miranda", "Derechos Miranda", o "Miranda Rights" en inglés), no pueden usar nada de lo que les digas como evidencia directa en una corte o tribunal criminal. Consultar: Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); 725 ILCS 5/103-2.1

b. ¿Importa dónde esté cuando la policía me avisa/advierte mis derechos? (en la calle, estación de policía, patrulla, etc.)

No, la policía debe comunicarte tus derechos al momento de ser arrestado en donde sea que se encuentren. Sin embargo, si la policía te interroga en una estación de policía, cárcel u otro lugar de detención similar, están obligados a grabar el interrogatorio. Consultar: Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); 725 ILCS 5/103-2.1; 705 ILCS 405/5-401.5; Processing of Juveniles and Minors Under Department Control, Chicago Police Department Special Order S06-04

8. Interrogatorio policiaco

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

  • No estás obligado(a) a dar testimonio, responderle preguntas a la policía o a participar en una investigación policiaca y en ninguna circunstancia tienes que acompañar a la policía a menos de que estés yendo bajo arresto.
    Consultar:
    5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)
  • Si la policía te ha arrestado y eres menor de 18 años, la policía está obligada a notificar inmediatamente a alguno de tus padres, cuidador o tutor legal.
    Consultar:
    705 ILCS 405/5-405

a. ¿Estoy obligado(a) a dar testimonio?

No estás obligado(a) a dar testimonio. Tienes derecho a permanecer en silencio. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

b. ¿Debe la policía notificar a mis tutores legales?

Si te llevan bajo custodia, las autoridades deben intentar notificar a tus padres o tutores legales lo más pronto posible. De cualquier forma, les puedes pedir que lo hagan. Los oficiales están obligados a involucrar a un "oficial juvenil" (youth officer), pero ese oficial también puede obtener evidencia en tu contra. Consultar: 705 ILCS 405/5-405

Si te interrogan en tu escuela y tu tutor legal o padre no puede ser contactado, un trabajador social de la escuela, psicólogo, enfermero, consejero u otro profesional de la salud mental debe estar presente durante el cuestionamiento. Consultar: 105 ILCS 5/22-85

c. ¿Debo confesar?

No estás obligado(a) a confesarle a la policía ni te pueden forzar a hacerlo. Tienes derecho a permanecer en silencio. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

d. ¿A qué adultos les puedo pedir que me acompañen?

Si te llevan bajo custodia, las autoridades deben intentar notificar a tus padres o tutores legales lo más pronto posible. De cualquier forma, les puedes pedir que lo hagan. Los oficiales están obligados a involucrar a un "oficial juvenil" (youth officer), pero ese oficial también puede obtener evidencia en tu contra. Consultar: 705 ILCS 405/5-405

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

Si te interrogan en tu escuela y tu tutor legal o padre no puede ser contactado, un trabajador social de la escuela, psicólogo, enfermero, consejero u otro profesional de la salud mental debe estar presente durante el cuestionamiento. Consultar: 105 ILCS 5/22-85

e. ¿A quién tiene que notificar la policía si soy menor de edad?

Si te llevan bajo custodia, las autoridades deben intentar notificar a tus padres o tutores legales lo más pronto posible. De cualquier forma, les puedes pedir que lo hagan. Consultar: 705 ILCS 405/5-405

9. ¿Cómo y cuándo puedo contactar a un abogado?

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

  • Siempre debes contactar a un abogado antes de dar cualquier testimonio a quien sea en un caso o investigación criminal. Esto también aplica cuando se te dice que la policía solo quiere hacerte unas preguntas o eres el único testigo.
  • Aunque tienes que esperar hasta el juicio para que se te asigne un abogado si no puedes permitírtelo, aún así puedes pedirlo en cuanto se te interrogue o lleve bajo arresto. Si se te arresta, tienes derecho a permanecer en silencio.
    Consultar: ,
    6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

a. ¿Qué si solo soy testigo?

Si solo eres testigo, la policía aún puede interrogarte. Para detenerte como testigo, la policía debe identificarse. A partir de ahí, la policía puede exigir que te identifiques (darles tu nombre, domicilio, decirles qué estás haciendo) ante las autoridades ya que Illinois es un estado donde la ley exige que te identifiques si la policía te lo pide ("Stop and Identify"). De lo contrario, puedes ir bajo arresto si la policía tiene razón suficiente para creer que estás involucrado(a) en actividades criminales o si creen que representas un peligro ante la seguridad pública. Sin embargo, le puedes decir a los oficiales que quieres ejercer tu derecho a permanecer en silencio basado en tu quinto derecho de la enmienda de la constitución de los Estados Unidos. Consultar: Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); 725 ILCS 5/107-14(a); 720 ILCS 5/31-4.5

Sin embargo, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013)

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

Bajo la ley de Illinois, tambié tienes derecho a un traductor o intérprete como testigo. Consultar: 725 ILCS 120/5

Además, considera ponerte en contacto con la División de Justicia Juvenil del Condado de Cook (Law Office of the Cook County Public Defender's Juvenile Justice Division) (312) 433-7046. Ellos pueden orientarte como responderle a la policía si es necesario.

10. ¿La policía siempre dice la verad?

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

  • No, la policía puede mentirte durante una investigación. Esto incluyen mentir sobre la severidad del caso que tienen en tu contra y la evidencia que tienen.
  • En ocasiones la policía va a mentirte para hacer que hables más.
    Consultar:
    United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

a. ¿Puede mentirme la policía?

Sí te puede mentir la policía. Aunque hay una nueva ley en Illinois que les prohíbe mentirles a menores de edad durante interrogatorios, hay algunas excepciones a esta regla. Consultar: ILCS Public Act 102-0101

La policía no puede lastimarte físicamente, amenazarte, usar drogas para hacerte confesar algo u obtener información. Consultar: United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973); 725 ILCS 5/103-2

b. ¿Tengo que decir la verdad?

Sí, mentirle a policía puede resultar en que se te acuse de algún crimen. Puedes ir bajo arresto si le das información falsa a las autoridades. Consultar: 720 ILCS 5/32-2; 720 ILCS 5/31-4.5

Sin embargo, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013

Para evitar que la policía use tu silencio como evidencia de culpabilidad, tienes que explícitamente decirles que usarás tu derecho de permanecer en silencio. Consultar: Salinas v. Texas, 570 US 178 (2013

También tienes derecho a la presencia de un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar si no puedes permitírtelo. Cualquier información que compartas con tu abogado la mantendrá en secreto. Consultar: 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

11. ¿Cómo puedo presentar una que si tengo dudas o creo mis derechos han sido violados?

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

Quejas sobre el comportamiento del oficial pueden presentarse ante la Oficina Ciudadana de Rendición de Cuentas Policiaca del Ayuntamiento de Chicago (City of Chicago Civilian Office of Police Accountability) o con la Policía Estatal de Illinois (Illinois State Police). Además, deberías considerar contactar al Buró Federal de Investigaciones (FBI) al Departamento de Justicia de los EE. UU. Por último, puedes considerar ponerte en contacto con un abogado local, quien pudiera ayudarte en el proceso. Consultar: File a Complaint, Office of the Illinois Attorney General Kwame Raoul

12. ¿Qué si creo que fui víctima de discriminación o racismo?

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Información propuesta

Es importante seguir las siguientes recomendaciones:

Si crees que has sido víctima de discriminación o racismo, puedes presentar una queja sobre el comportamiento del oficial ante la Oficina Ciudadana de Rendición de Cuentas Policiaca del Ayuntamiento de Chicago (City of Chicago Civilian Office of Police Accountability) o con la Policía Estatal de Illinois (Illinois State Police). Además, deberías considerar contactar al Buró Federal de Investigaciones (FBI) al Departamento de Justicia de los EE. UU. Además, organismos como la ACLU se especializan en ayudar con quejas por discriminación. Por último, puedes considerar ponerte en contacto con un abogado local, quien pudiera ayudarte en el proceso. Consultar: File a Complaint, Office of the Illinois Attorney General Kwame Raoul.

Mientras estás siendo discriminado(a) es importante recordar todas las recomendaciones proporcionadas en esta guía. Trata de mantener la calma durante tu interacción con la policía aunque la hagan difícil.

13. ¿Cómo puedo reaccionar en circunstancias que involucren discriminación?

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Es importante seguir estas recomendaciones:

Quejas sobre un oficial que crees que se demostrado comportamiento discriminatorio o racista puedes presentarla ante la Oficina Ciudadana de Rendición de Cuentas Policiaca del Ayuntamiento de Chicago (City of Chicago Civilian Office of Police Accountability) o con la Policía Estatal de Illinois (Illinois State Police). Además, deberías considerar contactar al Buró Federal de Investigaciones (FBI) al Departamento de Justicia de los EE. UU. Por último, puedes considerar ponerte en contacto con un abogado local, quien pudiera ayudarte en el proceso. Consultar: File a Complaint, Office of the Illinois Attorney General Kwame Raoul.

Mientras estás siendo discriminado(a) es importante recordar todas las recomendaciones proporcionadas en esta guía. Trata de mantener la calma durante tu interacción con la policía aunque la hagan difícil.

14. ¿Qué puedes hacer si la policía realiza una inspección inapropiada o si me detiene incorrectamente?

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

Si crees que te han detenido o inspeccionado de manera inapropiada, puedes presentar una queja ante la Oficina Ciudadana de Rendición de Cuentas Policiaca del Ayuntamiento de Chicago (City of Chicago Civilian Office of Police Accountability) o con la Policía Estatal de Illinois (Illinois State Police). Además, deberías considerar contactar al Buró Federal de Investigaciones (FBI) al Departamento de Justicia de los EE. UU. Por último, puedes considerar ponerte en contacto con un abogado local, quien pudiera ayudarte en el proceso. Consultar: File a Complaint, Office of the Illinois Attorney General Kwame Raoul.

15. ¿Qué puedo hacer como menor de edad sin la presencia de mis padres o tutores legales?

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Información propuesta

Es importante seguir estas recomendaciones:

Los menores de edad tienen los mismos derechos que los adultos ante la ley cuando se trata de detenciones, arrestos, e investigaciones. Por lo tanto, como menor de edad, tienes derecho a permanecer en silencio y derecho a un abogado. Consultar: 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Illinois Constitution, Article I § 8; 725 ILCS 5/103-2.1; 725 ILCS 5/103-4

Si tus padres o tutor legal no están disponibles o no pueden pagar los servicios de un abogado particular, el gobierno debe proveerte un abogado para que te represente. Con este fin, el sistema judicial de Illinois provee servicios especializados para menores de edad durante el proceso criminal. Consultar: 725 ILCS 115/3; 705 ILCS 405/6-1

Si crees que las autoridades han violado tus derechos de cualquier manera, seas menor de edad o no, puedes presentar una queja ante la Oficina Ciudadana de Rendición de Cuentas Policiaca del Ayuntamiento de Chicago (City of Chicago Civilian Office of Police Accountability) o con la Policía Estatal de Illinois (Illinois State Police). Además, deberías considerar contactar al Buró Federal de Investigaciones (FBI) al Departamento de Justicia de los EE. UU. Por último, puedes considerar ponerte en contacto con un abogado local, quien pudiera ayudarte en el proceso. Consultar: File a Complaint, Office of the Illinois Attorney General Kwame Raoul

Glosario: Chicago, Illinois

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  1. Inspección (search): investigación o evaluación de una persona, objeto, espacio o vehículo con el fin de encontrar evidencia de actos criminales. Consultar:, 725 ILCS 5/108-1; Cornell Law School
  2. Consentimiento (consent): permiso. Consultar: Cornell Law School
  3. Orden Judicial (warrant, search warrant): documento oficial de la corte que le permite a la policía inspeccionar
  4. Stop and Frisk / Detención y registro: tipo de inspección breve a tu persona y tus alrededores con la creencia que de que pudieras estar involucrado(a) en actos criminales o que representas un peligro para seguridad pública. Consultar: Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); 725 ILCS 5/108-1
  5. Razonable / aceptable (reasonable): cuando hay razón o lógica en el contexto de una situación. Consultar: People v. D.W., 2019 IL App. 180337; Cornell Law School
  6. Inaceptable (unreasonable): todo aquello que sea inapropiado, agresivo, exagerado o dañino hacia ti o aquellos involucrados. Consultar: 4th Amendment; Cornell Law School
  7. Circunstacia de urgencia (exigent circumstance): situación en la cual el oficial cree razonablemente que su intervención en contra de una persona es necesaria para garantizar la seguridad pública. Consultar: Cornell Law School; People v. Wimbley, 314 IL App. 3d 18, 26, 731 N.E.2d 290 (2000)
  8. Testimonio (testimony): evidencia que puede usarse en un tribual o corte de justicia. Consultar: Cornell Law School
  9. Derecho (right): poder o habilidad que todos tenemos otorgado por la constitución, leyes o resoluciones. Consultar: Cornell Law School
  10. Ejercer (exercise): hacer uso, usar o utilizar. Consultar: FindLaw
  11. Detener (detain): mantener en custodia por las autoridades bajo sospecha razonable. Consultar: Cornell Law School
  12. Identificarte ante la policía (identify to police): En Illinois, darles tu nombre, dirección/domicilio, explicarles tus actos o planes a las autoridades. Consultar: 725 ILCS 5/107-14(a)
  13. Que la policía se identifique (Identify from police): cuando las autoridades te dan sus nombres, jurisdicción oficial (Chicago), y te muestran su placa (badge)cuando se los pides o como parte del protocolo. Consultar: 725 ILCS 5/107-14(a); Municipal Code of Chicago § 2-84-390
  14. Advertencia Miranda, Reglas Miranda, Derechos Miranda (Miranda Rights): un conjunto de derechos que te otorga la constitución de los EE. UU. en el que las autoridades deben comunicarte al ser arrestado. Consultar: Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Cornell Law School
  15. Indicios racionales (probable cause): tener sospecha razonable que de que estás, has estado o estarás directamente involucrado en actos criminales. Consultar: Cornell Law School; 725 ILCS 5/107-2
  16. Counsel: abogado(a). Consultar: Cornell Law School