1. Detenido por la policía en la calle. ¿Ahora qué?

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Mantén la calma. No es buena idea correr. Habla con cuidado y con claridad. Cualquier cosa que digas puede ser utilizada en tu contra en una corte.

Ver, por ejemplo, , Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code 97-35-7; Miss. Code § 97-9-73

  • No es buena idea tocar a los oficiales. Mantén tus manos donde los policías puedan verlas.
  • No es buena idea resistirse, incluso si eres inocente o crees que la policía está actuando de manera injusta o ilegal.

Ver, por ejemplo, Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code 97-35-7; Miss. Code § 97-9-73

a. ¿Puede un policía arrestarte por rehusarte a contestar preguntas?

RESPUESTA:

No, no estás obligado a hablar con los policías. Tienes el derecho a guardar silencio. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Cabe señalar que, debido a la posibilidad de resistirse al arresto, corres el riesgo de ser arrestado si no te identificas (nombre, dirección y qué estás haciendo) en una situación en la que la policía cree razonablemente que estás involucrado en una actividad criminal o si creen que puedes ser una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio según la Quinta Enmienda. 5th Amendment. Ver, por ejemplo,, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 43-21-305

b. ¿Qué pasa si los agentes no se identifican?

RESPUESTA:

TieneS derecho a solicitar que cualquier persona que se identifique como oficial de policía Te proporcione una identificación que demuestre que es un policía. Sin embargo, la policía de Mississippi generalmente no está obligada a compartir sus identidades ni sus agencias de afiliación, incluso si se le solicita directamente. Algunas ciudades y estados exigen que la policía proporcione una identificación, pero no existen reglas similares en la ciudad de Jackson o el estado de Mississippi.

c. ¿Qué pasa si un oficial comienza a hablarme pero no me ordena que haga nada?

RESPUESTA:

No es necesario que hables con la policía. Si un oficial comienza a hablar contigo, no es necesario que respondas. Tienes derecho a permanecer en silencio. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿Qué pasa si el oficial no está uniformado ni identificado como oficial pero creo que lo es?

RESPUESTA:

Tienes derecho a solicitar que cualquier persona que se identifique como oficial de policía te proporcione una identificación que demuestre que es un oficial de policía. Sin embargo, la policía de Mississippi generalmente no está obligada a compartir sus identidades ni sus agencias de afiliación, incluso si se le solicita directamente. Algunas ciudades y estados exigen que la policía proporcione una identificación, pero no existen reglas similares en la ciudad de Jackson o el estado de Mississippi.

e. ¿Puedo decirle a la policía que no quiero hablar sin un abogado?

RESPUESTA:

Sí, tienes derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hables con él. Ver, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

Además, no es necesario que hables con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Si estás detenido, la policía debe informarte inmediatamente que estás arrestado y el motivo de tu arresto. Si la policía comienza a interrogarte sin decirte tus derechos (lo que se conoce como Advertencia Miranda), entonces no podrán usar nada de lo que digas como prueba directa en tu contra en el tribunal. Ver, por ejemplo, Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Miss. Code § 43-21-311; Miss. Code § 99-3-7

f. ¿Si me siento, me estoy resistiendo?

RESPUESTA:

Si. No puedes sentarte para evitar ser arrestado o prevenir al agente policial hacer su trabajo de cualquier manera. El oficial puede ver esta acción como una resistencia pasiva al arresto. Ver, por ejemplo, Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code 97-35-7

g. Si estoy parado en un grupo y algunos niños corren, ¿puedo correr?

RESPUESTA:

No, no puedes huir del oficial si crees que estás a punto de ser arrestado, incluso si otros miembros de tu grupo huyen. Incluso si no estás siendo arrestado, huir de la policía es una mala idea. Hacerlo podría darle al oficial la creencia de que has estado, estás o estarás involucrado en una actividad delictiva. Ver, por ejemplo, Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code 97-35-7; Miss. Code § 97-9-73

h. ¿Puedo decirle a otros (por ejemplo, hermanos) que corran?

RESPUESTA:

No, no puedes decirle a otra persona que huya de la policía. Esto puede considerarse como una interferencia con un arresto o una ayuda en un delito. Además, hacerlo podría darle al oficial la creencia de que has estado, estás o estarás involucrado en una actividad delictiva. Ver, por ejemplo, Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 97-9-73; Miss. Code § 97-1-5

i. Si el idioma del oficial no es mi primer idioma, ¿puedo decírselo sin renunciar a mis derechos?

RESPUESTA:

Sí, puedes decirle al oficial que su idioma no es tu primer idioma. Esto no renunciará a tus derechos si le dices inmediatamente después al oficial que deseas permanecer en silencio. Tienes derecho a un intérprete para las interacciones entre el policía o la corte y tú. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); Court Interpreters, State of Mississippi Judiciary Administrative Office of Courts; Miss. Code § 9-21-73

También tienes derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hables con él. Ver, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

j. Si no hice nada, ¿pueden detenerme?

RESPUESTA:

Para que un oficial de policía te detenga, debe tener una sospecha razonable de que has estado, estás o estarás involucrado en una actividad delictiva. Que exista o no una sospecha razonable depende de la situación, por lo que puede resultar difícil determinar si la policía puede hacerlo. Independientemente de si el oficial puede detenerte o no, es mala idea resistirse. Ver, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 99-3-7

2. ¿Cuándo puede la policía inspeccionarte a ti y a tu entorno?

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  • Tienes derecho a negarte a las inspecciones sobre tu.
  • Tienes derechos a negarte a los registros de tu automóvil, casa u otras cosas que poseas o controles.
  • No te pueden arrestar por negarte a consentir (dar permiso) una inspección sin una orden judicial.
  • Una orden judicial es un documento oficial de un tribunal que permite a un policía registrarte a ti o a tus pertenencias sin tu consentimiento.
    Ver, por ejemplo, 4th Amendment; Miss. R. Crim. P. 4.1
  • La policía puede realizar una búsqueda breve y puede continuar realizando la búsqueda.
    Ver, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Miss. R. Crim. P. 4.1

a. ¿Qué tal si un policía quiere inspeccionar mi teléfono?

RESPUESTA:

Los policías tienen prohibido realizar registros e incautaciones irrazonables. Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para usted o cualquier persona involucrada. Ver, por ejemplo, 4th Amendment; Mississippi State Constitution, Article 3 § 23

Cuando se trata de un arresto, la policía de Mississippi debe obtener tu permiso, una orden judicial o tener una circunstancia apremiante para realizar un registro antes de poder abrir y registrar un teléfono u otro dispositivo portátil. Ver, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Miss. R. Crim. P. 4.1

b. ¿Qué tal si un policía me pide la contraseña para desbloquear mi teléfono?

RESPUESTA:

No es necesario que proporciones tu contraseña (esto incluye tu huella digital o escaneo facial) a menos que la policía tenga una orden judicial. Puedes negarte a entregar tu teléfono o proporcionarle una contraseña, incluso si estás siendo arrestado, siempre y cuando la policía no tenga una orden judicial para registrar tu teléfono. Dar tu contraseña, huella digital o escaneo facial es dar tu consentimiento; Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento durante la búsqueda. Ver, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Miss. R. Crim. P. 4.1

Además, los agentes tienen prohibido realizar registros e incautaciones "irrazonables". Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para usted o cualquier persona involucrada. Ver, por ejemplo, 4th Amendment; Mississippi State Constitution, Article 3 § 23

c. ¿Qué pasa si me exigen que les dé mi contraseña u otro acceso a mi teléfono?

RESPUESTA:

Puedes negarte a permitir el acceso a tu teléfono si se te solicita. Si no tienen tu permiso o el permiso del tribunal en forma de orden de registro, no pueden obligarte a darles tu contraseña ni ningún acceso a tu teléfono. Ver, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Miss. R. Crim. P. 4.1

Además, los agentes tienen prohibido realizar registros e incautaciones "irrazonables". Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para usted o cualquier persona involucrada. Ver, por ejemplo, 4th Amendment; Mississippi State Constitution, Article 3 § 23

No se te puede obligar a dar ningún testimonio (prueba) a ningún funcionario gubernamental o policial que pueda incriminarte ante el tribunal. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

NOTA: Fallos recientes de tribunales federales han acordado en gran medida que tu contraseña y otras formas de acceso digital están incluidas en las protecciones de la Quinta Enmienda; sin embargo, esto no se ha resuelto al momento de escribir este artículo.Ver, por ejemplo, United States v. Apple MacPro Computer, 851 F.3d 238, 247 (3rd Cir. 2017); In re: Grand Jury Subpoena Duces Tecum Dated March 25, 2011 v. John Doe, 670 F.3d 1335, 1341 (11th Cir. 2012)

d. ¿Tengo que darles la contraseña de mi dispositivo si no estoy detenido y me la exigen? ¿Y si simplemente lo piden?

RESPUESTA:

Puedes negarte a entregar tu teléfono o proporcionarle una contraseña, incluso si estás siendo arrestado, siempre y cuando la policía no tenga una orden judicial para registrar tu teléfono. Dar tu contraseña, huella digital o escaneo facial es dar tu consentimiento; Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento durante la búsqueda. Ver, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Miss. R. Crim. P. 4.1

Además, los agentes tienen prohibido realizar registros e incautaciones "irrazonables". Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para usted o cualquier persona involucrada. Ver, por ejemplo, 4th Amendment; Mississippi State Constitution, Article 3 § 23

e. ¿Qué herramientas puede utilizar la policía para registrarme? ¿Qué tecnología? (Reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsqueda de huellas dactilares, etc.)

RESPUESTA:

La policía puede utilizar cualquier herramienta que no se considere "irrazonable" para buscar pruebas, ya que los agentes tienen prohibido realizar registros e incautaciones "irrazonables". Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para ti o cualquier persona involucrada. Ver, por ejemplo, 4th Amendment; Mississippi State Constitution, Article 3 § 23

La policía puede, con una orden judicial, una creencia razonable o al momento del arresto, tomarte huellas digitales y cotejarlas con una base de datos. Ver, por ejemplo, Davis v. Mississippi, 394 U.S. 721, 727 (1969); Miss. Code § 43-21-255

La policía puede tomar una muestra de sangre o administrar una prueba de alcoholemia si te arrestan en relación con una infracción de tránsito. Ver, por ejemplo, Miss. Code § 63-11-9

Si te arrestan por un crimen violento. la policía puede tomar muestras de ADN. Ver, por ejemplo, Miss. Code § 45-47-1

El Departamento de Policía de Jackson (JPD) debe grabar todas las interacciones públicas utilizando cámaras corporales. La policía también puede utilizar cámaras de vigilancia ocultas en determinados lugares de las ciudades, especialmente en las intersecciones. Ver, por ejemplo, Body-Worn Camera Policy and Implementation Program, Bureau of Justice Assistance

NOTA: A septiembre de 2022, la Corte Suprema de los Estados Unidos aún tiene que decidir si la Cuarta Enmienda prohíbe el uso de cámaras corporales y de vigilancia. Sin embargo, los tribunales inferiores que han conocido el caso han fallado a favor del apoyo del gobierno federal. Ver, por ejemplo, United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

f. ¿Pueden revisar mi mochila o algún otro objeto que esté cargando?

RESPUESTA:

La policía no puede registrar tu mochila ni ningún otro artículo que lleves, sin tu permiso o el permiso del tribunal, lo que se conoce como orden judicial. Puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo hagas, la policía puede continuar realizando la búsqueda. Ver, por ejemplo, 4th Amendment; Miss. R. Crim. P. 4.1

La policía puede registrar tu ropa si cree "razonablemente" que tienes un arma y que la seguridad de alguien puede estar en riesgo debido a esa arma. Si tienes menos de 18 años, es ilegal portar un arma de fuego en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Ver, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Miss. Code § 97-37-14

Si te arrestan, el oficial puede registrarte a ti y a tus pertenencias. Esto puede incluir tu mochila si está al alcance de tu mano o si la estás usando en ese momento. Esto también puede incluir tu vehículo si se encuentra cerca de ti en el momento de la búsqueda o si lo estás conduciendo en el momento de la búsqueda.Ver, por ejemplo, United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973)

g. ¿Pueden tomarme fotos o grabarme?

RESPUESTA:

El Departamento de Policía de Jackson (JPD) debe grabar todas las interacciones públicas utilizando cámaras corporales. La policía también puede utilizar cámaras de vigilancia ocultas en determinados lugares de las ciudades, especialmente en las intersecciones. Ver Body-Worn Camera Policy and Implementation Program, Bureau of Justice Assistance

La policía también puede, con una orden judicial, creencia razonable o al momento del arresto, tomarte una fotografía. Ver Miss. Code § 43-21-255

NOTA: A septiembre de 2022, la Corte Suprema de los Estados Unidos aún tiene que decidir si la Cuarta Enmienda prohíbe el uso de cámaras corporales y de vigilancia. Sin embargo, los tribunales inferiores que han conocido el caso han fallado a favor del apoyo del gobierno federal. Ver United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

h. ¿Pueden preguntarme a dónde me dirijo y por qué?

RESPUESTA:

Sí, la policía puede preguntarte a dónde vas y por qué. Puedes ejercer tu derecho a guardar silencio. Responder a estas preguntas significa que tú  aceptas las solicitudes del oficial. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También debes proporcionar tu licencia de conducir si te encuentras en un vehículo motorizado mientras interactúas con la policía, previa solicitud. Ver Miss. Code § 63-1-41

Cabe señalar que, debido a la posibilidad de resistirte al arresto, corres el riesgo de ser arrestado si no te identificas (nombre, dirección y qué está haciendo) en una situación en la que la policía cree razonablemente que estás involucrado en una actividad criminal o si creen que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio según la Quinta Enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 43-21-305

3. Razones por las que la policía puede detenerte o arrestarte

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  • La policía puede arrestarte o detenerte porque sospecha que cometes (o has cometido) una violación de la ley, o si sospecha que actualmente tienes pruebas de un delito.
    Ver, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Miss. Code § 99-3-7; Miss. Code § 43-21-305
  • A veces, la policía tiene una orden judicial, lo que permite a las autoridades registrarte o arrestarte, dependiendo de para qué sea la orden.
  • Es una buena idea revisar detenidamente cualquier documento de la policía/orden judicial para asegurarse de comprender qué está cubierto exactamente.
    Ver, por ejemplo, Miss. Code § 99-3-1
  • Si te arrestan, se te puede acusar de un delito grave por un delito más grave (con una posible pena de cárcel de un año o más), un delito menor por un delito menos grave (con una pena de cárcel de menos de un año) o una infracción.
  • Si la policía te arresta, también tiene derecho a inspeccionarte. Cualquier cosa que se encuentre durante esta búsqueda puede usarse como prueba en tu contra.
    Ver, por ejemplo, United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Miss. Code § 99-3-7; Miss R. Crim. P. 5.1

a. ¿Qué pasa si no hice nada ilegal? ¿Debo hablar con la policía y responder preguntas?

RESPUESTA:

No, no es necesario que hables con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. No, no es necesario que hable con la policía. Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hables con él. Ver, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

Cabe señalar que, debido a la posibilidad de que te resistas al arresto, corres el riesgo de ser arrestado si no te identificas (nombre, dirección y qué está haciendo) en una situación en la que la policía cree razonablemente que puedas estar involucrado en una actividad criminal o si creen que puedes representar una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio según la Quinta Enmienda. Ver, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 43-21-305

b. ¿Qué pasa si me dicen que algo que están investigando está mal? ¿Debo corregirlos?

RESPUESTA:

No, no es necesario que hables con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Sin embargo, debes corregir al oficial cada vez que malinterprete algo de lo que digas o te diga algo incorrecto. No hacerlo es ilegal y punible según la ley estatal. Ver 5th Amendment; Miss. Code § 97-7-10

También tienes derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hablen entre ustedes. Ver, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

c. ¿Qué pasa si un oficial comienza a hablarme pero no me ordena que haga nada?

RESPUESTA:

No es necesario que hables con la policía. Si un oficial comienza a hablar contigo, no es necesario que respondas.

Tienes derecho a permanecer en silencio. Si te  arrestan, ese oficial debe decirte el motivo. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Miss. Code § 99-3-7; Miss. R. Crim. P. 5.1; Miss. Code § 43-21-311

d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con ellos si no me dicen que estoy bajo arresto y después de que me informan que estoy bajo arresto?

RESPUESTA:

En cualquier caso, no es necesario que hables con la policía y tienes derecho a permanecer en silencio. Si estás detenido, la policía debe informartee inmediatamente que estás arrestado y el motivo de tu arresto. Si la policía comienza a interrogarte sin decirte tus derechos (lo que se conoce como Advertencia Miranda), entonces no podrán usar nada de lo que digas como prueba directa en tu contra en el tribunal. Ver, por ejemplo, Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Miss. Code § 99-3-7; Miss. R. Crim. P. 5.1; Miss. Code § 43-21-311

4. La diferencia entre que la policía me DIGA qué hacer y me pida que haga algo.

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a. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía decida registrarme a mí o a mis pertenencias (teléfono, persona y mochila) y que yo acepte el registro?

RESPUESTA:

La policía no puede registrar tus pertenencias ni ningún otro artículo que lleves, sin tu permiso o el permiso del tribunal, lo que se conoce como orden judicial. Puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo hagas, la policía puede continuar realizando la búsqueda. Ver 4th Amendment; Miss. R. Crim. P. 4.1

b. ¿Qué pasa si me dicen que les dé información en lugar de que ellos me la pidan y yo les dé respuestas voluntariamente?

RESPUESTA:

En cualquier caso, no es necesario que hables con la policía ni le proporciones ninguna información. Tienes derecho a permanecer en silencio. Ver, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hables con él.

Cabe señalar que, debido a la posibilidad de que te resistas al arresto, corres el riesgo de ser arrestado si no te identificas (nombre, dirección, qué estás haciendo) en una situación en la que la policía cree razonablemente que estás involucrado en una actividad criminal o si creen que puedes representar una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio según la Quinta Enmienda. Ver, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 43-21-305

5. ¿La policía necesita una orden judicial para arrestarte?

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  • No, los policías sí pueden arrestarte sin una orden judicial en varias circunstancias
    • Cuando el crimen es cometido enfrente de ellos.
    • Cuando el oficial tiene una razón para creer que cometiste un delito, aunque el mismo no haya sido cometido enfrente de ellos.
    • Cuando el policía tiene una orden judicial de arresto.
      Ver, por ejemplo, Miss. Code § 99-3-7

a. ¿Los policías necesitan una orden judicial (emitida por una corte) para determe, inspeccionarme o arrestarme?

RESPUESTA:

La policía no necesita una orden judicial para arrestarte, siempre que tenga causa probable de que estés involucrado en una actividad criminal. Si estás detenido, la policía debe informarte inmediatamente que estás arrestado y el motivo de tu arresto. Si la policía comienza a interrogarte sin decirte tus derechos (lo que se conoce como Advertencia Miranda), entonces no podrán usar nada de lo que digas como prueba directa en tu contra en el tribunal. Ver Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Miss. Code § 99-3-7; Miss. R. Crim. P. 5.1; Miss. Code § 43-21-311

La policía no puede registrar tu propiedad sin tu permiso o una orden judicial. Puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo hagas, la policía puede continuar realizando la búsqueda. Ver 4th Amendment; Miss. R. Crim. P. 4.1

Además, los agentes tienen prohibido realizar registros e incautaciones "irrazonables". Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para usted o cualquier persona involucrada. Ver 4th Amendment; Mississippi State Constitution, Article 3 § 23

b. Si no hice nada, ¿pueden detenerme?

RESPUESTA:

Para que un oficial de policía te detenga, debe tener una sospecha razonable de que has estado, estás o estarás involucrado en una actividad delictiva. Que exista o no una sospecha razonable depende de la situación, por lo que puede resultar difícil determinar si la policía puede hacerlo. Independientemente de si el oficial puede detenerte o no, es mala idea resistirse. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Miss. Code § 43-21-311; Miss. Code § 43-21-305

c. ¿Puedo preguntar el motivo por el que me detuvieron?

RESPUESTA:

Se te permite preguntar si estás detenido y por qué. El oficial debe informarte si estás detenido y por qué. Ver Miss. Code § 99-3-7; Miss. Code § 43-21-311

d. ¿Puedo defender a otro joven detenido por la policía si nos detienen juntos?

RESPUESTA:

Defender a otro joven detenido por la policía es arriesgado, ya que pueden arrestarte por interferir con la aplicación de la ley de cualquier manera. Ver Miss. Code § 99-3-7; Miss. Code § 97-9-103

Sin embargo, tienes derecho a observar y grabar lo que está sucediendo, siempre y cuando no interfiera de ninguna manera con la aplicación de la ley. Ver Turner v. Lieutenant Driver, 848 F.3d 678, 689 (5th Cir. 2017)

e. Si creo que la detención es injustificada, ¿qué puedo hacer?

RESPUESTA:

Si creeS que Tus derechos han sido violados durante Tu interacción con las autoridades, puedeS presentar una queja por escrito ante el Departamento del Sheriff del condado de Jackson: Formulario de procedimiento oficial de quejas del personal. Además, no es necesario que hableS con la policía ni respondaS ninguna pregunta que te puedan hacer. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, resistirse a la policía nunca es una buena idea, pues puedes ser arrestado por interferir con la implementación de justicia de alguna forma. Ver Miss. Code § 99-3-7; Miss. Code § 97-9-103

Cabe señalar que, debido a la posibilidad de que te resistas al arresto, corres el riesgo de ser arrestado si no te identificas (nombre, dirección, qué estás haciendo) en una situación en la que la policía cree razonablemente que estás involucrado en una actividad criminal o si creen que puedes representar una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio según la Quinta Enmienda. Ver, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 43-21-305

f. ¿Puedo obtener la información de identificación del oficial para una queja futura?

RESPUESTA:

Por lo general, la policía de Mississippi no está obligada a revelar sus identidades ni sus agencias de afiliación, incluso si se le solicita directamente. Algunas ciudades y estados exigen que la policía proporcione una identificación, pero no existen reglas similares en la ciudad de Jackson o el estado de Mississippi. Sin embargo, si crees que tus derechos han sido violados durante tu interacción con las autoridades, puedes presentar una queja por escrito ante el Departamento del Sheriff del Condado de Jackson: Formulario de procedimiento oficial de quejas del personal.

6. ¿Cómo sabes si estás bajo arresto?

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  • Es probable que estés bajo custodia policial si no te sientes libre de abandonar la presencia de un oficial, o si una persona en tu lugar no se sentiría razonablemente libre de irse.
  • Si lo siguiente sucede, probablemente estás bajo arresto de forma legal: Un policía te esposó.
    • Un oficial te advierte sobre tus derechos.
  • Un oficial sólo debe advertirte sobre tus derechos antes de que la policía te interrogue. Esto significa que un oficial puede arrestarte antes de advertirte sobre tus derechos.
  • Un arresto sin una Advertencia Miranda sigue siendo un arresto válido; simplemente puede significar que las pruebas recopiladas no serán admisibles en el tribunal más adelante.
    Ver Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)

a. ¿Qué pasa si no sé que estoy bajo arresto?

RESPUESTA:

Puedes preguntarle al oficial si estás detenido, arrestado o si puedes irte. Si te tienen detenido/arrestado y no puedes salir, no es una buena idea resistirse. Ver Miss. Code 97-35-7; Miss. Code § 99-3-7;

En cualquier caso, no es obligatorio que hables o proporciones cualquier tipo de información. Tienes el derecho a guardar silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

b. ¿Cuál es la diferencia entre detención y arresto?

RESPUESTA:

La detención se refiere a cuando las autoridades te detienen bajo sospecha razonable con el propósito de interrogarte o realizar una breve búsqueda sobre ti y tus posesiones, si creen que puedes representar una amenaza para la seguridad pública. Si estás detenido, ese oficial debe informarte el motivo por el cual te retiene cuando lo solicites. Ver Miss. Code § 43-21-311; Miss. Code § 43-21-305

El arresto se refiere a cuando la policía te retiene bajo causa probable, lo que significa que el oficial tiene evidencia o una creencia más que razonable de que tú has estado, estás o estarás involucrado en una actividad criminal. Cuando estés bajo arresto, el oficial debe identificarse y explicar el motivo del arresto. Ver Miss. Code § 99-3-7; Miss. R. Crim. P. 5.1; Miss. Code § 43-21-311

c. Si estoy esposado, ¿estoy arrestado?

RESPUESTA:

No necesariamente. Un oficial puede utilizar fuerza no letal (lo cual presumiblemente incluye las esposas) para detener a una persona, incluyendo una breve reclusión. Ver Miss. Code § 99-3-7; Miss. R. Crim. P. 5.1

d. Si mi libertad es restringida, ¿estoy bajo arresto?

RESPUESTA:

Si la restricción a la libertad es significativa, probablemente sí. Es consdierado que estás en custioda cuando se te priva de tu libertad de acción de cualquier forma. Ver, por ejemplo, Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Miss. Code § 99-3-7; Miss. R. Crim. P. 5.1

Sin embargo, tu libertad también puede verse restringida si has sido deternido por la policía, no arrestado. Este tipo de confinamiento puede ser de múltiples formas. Ver United States v. Hensley, 469 U.S. 221 (1985)

Por ejemplo, por la posibilidad de resistirse al arresto, corres el riesgo de ser arrestado si no te identificas (nombre, domicilio y actididad) en una situación en la que el policía cree razonablemente que estás involucrado en una actividad criminal o creen que puedes representar un peligro para la seguridad pública. Sin embargo, puede decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio, bajo la Quinta Enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 43-21-305

La policía también puede detenerte y palpar sobre tu vestimenta si cree razonablemente que tienes un arma y que la seguridad de alguien puede estar en riesgo por esa arma. Si tienes menos de 18 años, es ilegal portar una pistola en público o en cualquier sitio en el que no tengas un permiso aplicable. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Miss. Code § 97-37-14

7. ¿Qué hacer después de que has sido avisado de tus derechos?

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a. ¿Cómo cambian las cosas si un policía me lee mis derechos?

RESPUESTA:S

Si la policía te empieza a cuestionar, pero no te ha leído tus derechos del Aviso Miranda (derecho a permanecer en silencio, a un abogado, etc.) entonces no pueden usar en tu contra en un juicio cualquier cosa que digas. Solo después de que te leyeron tus derechos, cualquier cosa que digas puede ser utilizado en tu contra. Ver 5th Amendment; 6th Amendment; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)

b. ¿Importa en dónde estoy cuando la policía me lee mis derechos? (por ejemplo, en la calle, la estación, el vehículo del policía, etc.)?

RESPUESTA:

No. Deben de leerte tus derechos antes de cuestionarte, no importa en dónde hayas sido arrestado. Ver Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)

8. La policía cuestionándote

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a. ¿Necesito hacer una declaración?

RESPUESTA:

No, no es necesario que hagas una declaración. Tienes el derecho a permanecer en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes el derecho a que esté un abogado presente durante el cuestionamiento, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagaarlo. Cualquier información que hables con tu abogado deberá ser mantenida en privado. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

b. ¿El policía debe notificar a mi guardián?

RESPUESTA:

Si eres puesto en custodia, la policía debe tratar de notificar a tus padres, guardianes o cuidadores, de cualquier forma posible. Ver Miss. Code § 43-21-303

c. ¿Debo confesar?

RESPUESTA:

No, no necesitas confesar a la policía ni la policía puede forzarte a hacerlo. Tienes el derecho a permanecer en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes el derecho a tener un abogado presente durante el cuestionamiento y uno te puede ser proporcionado si no puedes pagarlo. Cualquier información que platiques con él deberá permanecer secreta. Ver  6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

Si eres menor de edad, las autoridades no pueden interrogarte sin previo constentimiento de la corte, a menos que estés dispuesto a renunciar a tus derechos. Ver Miss. Code § 43-21-311

d. ¿Qué adultos puedo pedir que me acompañen?

RESPUESTA:

Si te tienen en custodia, puedes pedir que te acompañen tus padres, guardianes o abogado. Ver Miss. Code § 43-21-303; Miss. Code § 43-21-311

También tienes derecho a tener un abogado presente, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Cualquier información que platiques con tu abogado será confidencial. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

e. ¿A quién deben de contactar los policía si soy menor de edad?

RESPUESTA:

Si te tienen en custodia, la policía puede tratar de notificar a tus padres, custodios o guardianes, por cualquier medio. Ver Miss. Code § 43-21-303

9. ¿Cómo contacto a un abogado y cuándo?

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  • Siempre debes contactar a un abogado antes de hacer cualquier declaración a cualquier persona en algún asunto penal o investigación. Esto aplica incluso cuando se te dice que un policía solo quiere interrogarte y /o que solo eres un testigo.
  • Aunque no tienes que esperar a llegar a un tribunal para obtener un abogado si no puedes pagar uno, como quiera puedes pedir por un abogado en cuanto empieces a ser cuestionado o seas arrestado por la policía. Si eres arrestado, tienes el derecho a permanecer en silencio y no hablar hasta que tu abogado esté presente.
    Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

a. ¿Y si solo soy un testigo?

RESPUESTA:

Si solo eres un testigo, la policía puede cuestinoarte. Para detenerte como testigo, la policía debe identificarse y proporcionar un motivo para la detención. A partir de ahí, pueden solicitarte una identificación. Debido a la posibilidad de resistirte al arresto, puedes ser arrestado si no te identificas (nombre, domicilio, tu actividad) en una situación en la que la policía considera razonablemente que estás involucrado en una actividad criminal o si cree que puedes representar una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio, bajo la Quinta Enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code § 43-21-305

Sin embargo, tienes el derecho a permanecer en silencio, por lo cual debes decirle a los policías que deseas ejercer este derecho. Ver  5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes el derecho a tener un abogado presente durante los cuestionamientos, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Cualquier información que platiques con él será mantenida confidencial. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

Adicionalmente, si eres testigo de un crimen, entonces puedes ser ordenado a comparecer en una corte para testificar. Se te puede requerir a prestar juramente de que lo que dices es cierto. Realizar una manifestación falsa, habiendo prestado juramento, se conocer como perjurio, lo cual también es un crimen. Ver Miss. Code § 99-9-11; Miss. Code § 99-17-33

10. ¿Los policías siempre deben decir la verdad?

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  • No. La policía puede mentir durante la investigación. Esto incluye el mentir sobre la fuerza del caso que tienen contra ti y la evidencia en su posesión.
  • A veces, la policía mentirá para tratar de que hables más.
    Ver United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

a. ¿La policía puede mentirme?

RESPUESTA:

Sí. La policía puede mentirte. No te pueden lastimar físicamente, amenazarte o usar drogas para intentar que confeses algo u obtener información de ti. Ver United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

b. ¿Le tengo que decir la verdad a la policía?

RESPUESTA:

Sí, mentirle a la policía puede resultar en que te arresten por crimen. Te arriesgas a ser arrestado si proporcionas falsa información a las autoridades. Ver Miss. Code § 97-9-79; Miss. Code § 97-9-103; Miss. Code 97-35-7

Sin embargo, tienes el derecho a permanecer en silencio, para lo cual debes decirle al policía que estás utilizando ese derecho. Ver  5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes el derecho a tener un abogado presente durante los cuestionamientos, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Cualquier información que platiques con él será mantenida confidencial. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

11. ¿Cómo levanto una queja si tengo preguntas o siento que mis derechos han sido vulnerados?

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SOLUCIONES:

Quejas sobre comportamiento policial pueden ser presentadas a la Jackson County Sheriff's Department: Personnel Official Complaint Procedure Form. También puede considerar comunicarse con la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o el Departamento de Justicia de EE. UU. Por último, puede considerar comunicarse con un abogado local, quien podría ayudarlo con el proceso. Ver Contact, Attorney General Lynn Fitch

12. ¿Qué pasa si siento que fui víctima de discriminación o racismo?

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SOLUCIÓN:

Si crees que has sido víctima de discriminación o racismo, puedes presentar una queja ante el Jackson County Sheriff's Department: Personnel Official Complaint Procedure Form. También puedes considerar comunicarte con la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o el Departamento de Justicia de EE. UU. Además, organizaciones como la ACLU se especializan en ayudar con reclamos por discriminación. Por último, puedes considerar comunicarte con un abogado local, quien podría ayudarte con el proceso. Ver Contact, Attorney General Lynn Fitch

13. ¿Cómo puedo responder a circunstancias que involucran discrminiación?

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RESPUESTA:

Las quejas en contra de un oficial que creas que ha demostrado conductas discriminatorias o racistas, pueden ser presentadas ante el Jackson County Sheriff's Department: Personnel Official Complaint Procedure Form. También puedes considerar hacer reclamos ante el Federal Bureau of Investigation (FBI) o ante el Departamento de Justicia de EStados Unidos. Adicionalmente, organizaciones como la ACLU se especializan en dar asistencia en quejas por discriminación. Finalmente, también puedes considerar buscra un abogado local que pueda asistirte en el proceso. Ver Contact, Attorney General Lynn Fitch.

En el momento en que estás experimentando discriminación potencial, es importante recordar el resto de los consejos de esta guía. Trata de guardar la calma en tu interacción con la policía, incluso cuando puedan ponerse difíciles.

14. ¿Qué puedo hacer si la policía realiza una búsqueda indebida? ¿O si fui indebidamente detenido?

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Si crees que un oficial te detuvo indebidamente o realizó una búsqueda sobre ti, puedes presentar una denuncia ante el Jackson County Sheriff's Department: Personnel Official Complaint Procedure Form. También puedes considerar buscar al Federal Bureau of Investigation (FBI) o al Departamento de Justicia de Estados UNidos. Finalmente, puedes considerar buscar un abogado local que pueda asistirte en el proceso. Ver Contact, Attorney General Lynn Fitch.

15. ¿Qué puedo hacer siendo menor de edad sin mi(s) padre(s) o guardian(es)?

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RESPUESTA:

Los menores de edad tienen los mismos derechos bajo la ley que los adultos durante los arrestos, detenciones e investigaciones penales. Como resultado, como menor de edad, tienes el derecho a permanecer en silencio y el derecho a un abogado. Ver, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

Tu posibilidad para tener un abogado privado se basa en la situación financiera de tus padres o guardián. Si no pueden pagar uno, o si no están disponibles para ti, el gobierno debe proporcionarte un abogado. Además, si enfrentas negligencia de cualquier manera o no tienes una figura adulta (padre/tutor) en tu vida, tienes derecho a un tutor ad litem designado por el tribunal, un defensor que servirá para brindar contexto al tribunal sobre tu situación. Ver Miss. R. Youth Ct. Prac. 13

SOLUCIONES:

Si crees que tus derechos fueron violados de alguna manera por autoridades, independientemente de que seas menor o no, puedes presentar una queja sobre comportamiento policial ante el Jackson County Sheriff's Department: Personnel Official Complaint Procedure Form. También puedes comunicarte con el Federal Bureau of Investigation (FBI) o el Departamento de Justicia de E.E.U.U. Adicionalmente, organizaciones como el ACLU se especializan en asistir con quejas discriminatorias. Finalmente, puedes considerar buscar un abogado local que pueda asistirte en el proceso. Ver, por ejemplo, Contact, Attorney General Lynn Fitch

Glossary

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  1. Búsqueda: Una investigación o evaluación de una persona, objeto, espacio o vehículo, destinada a encontrar evidencia de actividad criminal. Ver Cornell Law School
  2. Consentimiento:Permiso. Ver, por ejemplo, Cornell Law School
  3. Orden de registro: Documento oficial emitido por un tribunal que permite a los policías realizar búsquedas sobre una persona o pertenencias, sin su consentimiento. Ver, p.ej. Miss. R. Crim. P. 4.2
  4. Parar y registrar: Una especie de búsqueda breve sobre ti y tus alrededores bajo la creencia de que una persona está involucrada en actividades criminales o puede representar una amenaza a la seguridad pública. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968)
  5. Razonable: Racional o lógico en el contexto de lo que se conoce en una situación. Ver Cornell Law School
  6. Irrazonable: Cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, excesiva o perjudicial a ti o a cualquier persona involucrada. Ver, p. ej. 4th Amendment; Cornell Law School
  7. Circunstancia exigente: Una situación en la que un oficial cree razonablemente que su intervención en contra de una persona es necesaria para proteger la seguridad pública. Ver Cornell Law School
  8. Testimonio: Evidencia que puede ser utilizada en una corte. Ver Cornell Law School
  9. Derecho: El poder o habilidad que tienes como persona porque está señalado en una constitución, ley o reglamento. Ver Cornell Law School
  10. Ejercer: Usar o utilizar. Ver FindLaw
  11. Detener: Mantener en custodia a alguien por parte de una autoridad, bajo sospechas razonables. Ver Miss. Code § 43-21-305, Cornell Law School
  12. Aviso Miranda: Una serie de derechos que tienes bajo la Constitución de E.E.U.U. que las autoridades deben decirte en el momento de un arresot. Ver Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Cornell Law School
  13. Causa Probable: Tener una sospecha razonable de que estás, has estado o estarás directamente involucrado en una actividad criminal. Ver Cornell Law School; Miss. Code § 99-3-7; Miss. R. Crim. P. 5.1
  14. Asesor: Un abogado. Ver Cornell Law School