1. Parado en la calle por la policía. ¿Ahora qué?

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Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

a. ¿La policía puede arrestarme por rehusarme a contestar sus preguntas?

No, no tienes la obligación de hablar con la policía. Tienes el derecho de permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Es importante resaltar que debes identificarte (brindando tu nombre y lo que estás haciendo) ante un oficial de policía si este te lo pide. Arriesgas ser arrestado si no te identificas en una situación en la que la policía pueda creer razonablemente que estás involucrado en actividad criminal, o si piensan que eres una amenaza a la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio, bajo la Quinta Enmienda. Ver, p. ej., Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Nev. Rev. Stat. § 171.123

b. ¿Qué ocurre si los oficiales no se identifican a sí mismos?

Los oficiales de policía de Las Vegas no tienen la obligación de identificarse a sí mismos si has sido parado o detenido. Sin embargo, tienes el derecho de permanecer en silencio, y puedes preguntarles si son oficiales de policía y pedir que te muestren sus identificaciones. Los uniformes oficiales de la patrulla de LVPD pueden venir en diversas formas. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

c. ¿Qué ocurre si un oficial simplemente comienza a hablarme, pero no me ordena que haga nada?

No tienes obligación de hablar con la policía. Si un oficial te habla, no estás obligado a responderle. Tienes el derecho de permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿Qué ocurre si el oficial no lleva puesto su uniforme o no se identificó como policía, pero yo sospecho que lo es?

Los oficiales de policía de Las Vegas no tienen la obligación de identificarse a sí mismos si has sido parado o detenido. Sin embargo, tienes el derecho de permanecer en silencio, y puedes preguntarles si son oficiales de policía y pedir que te muestren sus identificaciones. Los uniformes oficiales de la patrulla de LVPD pueden venir en diversas formas. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

En cualquier caso, si sospechas que estás hablando con un oficial de policía, ten cuidado con lo que dices. Cualquier cosa que digas podrá ser usado en tu contra, incluso si el policía está encubierto y no te leyó tus derechos. Ver, p. ej., Illinois v. Perkins, 496 U.S. 292 (1990)

e. ¿Puedo decirle a la policía que no quiero hablar sin un abogado presente?

Sí, tienes el derecho de contar con un abogado presente durante el interrogatorio y, si no puedes costearlo, pueden brindarte uno. Cualquier información que compartas con tu abogado deberá ser mantenida en secreto por el mismo. Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

Además, no estás obligado a hablar con la policía. Tienes el derecho de permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Si la policía comienza a interrogarte sin antes leerte tus derechos (conocidos como “Derechos Miranda”), entonces no pueden utilizar nada de lo que digas como evidencia en tu contra en la corte. Ver, p. ej., Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Nev. Rev. Stat. § 62C.013

f. Si me siento, ¿me estoy resistiendo?

Sí. No puedes sentarte para evitar ser arrestado o prevenir que el oficial haga su trabajo de ninguna forma. Puede que el oficial vea esto como evitar pasivamente el arresto y, por lo tanto, como una interferencia en operaciones gubernamentales. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

g. Si estoy en un grupo y me detienen, y algunos de los chicos corren, ¿puedo correr yo también?

No, no puedes correr de la policía si piensas que están a punto de arrestarte, incluso si otros en tu grupo corren. Incluso si no estás siendo arrestado, correr de las fuerzas de la ley es una mala idea. Hacerlo puede darle al oficial la idea de que has estado o estarás involucrado en actividad criminal. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.136; Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

h. ¿Puedo decirles a otras personas (por ejemplo, a mis hermanos) que corran?

No, no puedes decirle a alguien más que corra de la policía. Esto puede verse como una interferencia en el arresto. Además, hacerlo puede hacerle creer al oficial que has estado, estás, o estarás involucrado en una actividad criminal. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.136; Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

i. Si el idioma del oficial no es mi idioma materno, ¿puedo decírselo sin desestimar mis derechos?

Sí, puedes decirle al oficial que su lengua no es tu lengua materna. Esto no desestima tus derechos si le dices al oficial que deseas mantenerte en silencio inmediatamente después. Tienes derecho a contar con un intérprete para tus interacciones con la policía y la corte. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); Limited English Proficiency Policy, State of Nevada; Nev. R. Cri. P. 18

También tienes el derecho de contar con un abogado presente durante el interrogatorio y, si no puedes costearlo, pueden brindarte uno. Cualquier información que compartas con tu abogado deberá ser mantenida en secreto por el mismo. Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

j. ¿Pueden pararme si no he hecho nada?

Para que un oficial de policía pueda pararte, deben contar con una sospecha razonable de que has estado, estás, o estarás involucrado en actividad criminal. Si hay o no una “sospecha razonable” depende de la situación, por lo que puede ser difícil determinar si la policía tienen permitido hacerlo. Más allá de si tienen permitido pararte o no, resistirse es mala idea. Ver, p. ej., Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Nev. Rev. Stat. § 171.136; Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

2. ¿Cuándo puede la policía revisarte y tus alrededores?

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a.¿Qué pasa si un oficial quiere revisar mi teléfono?

Los oficiales tienen prohibido realizar revisiones y confiscaciones irracionales. “Irracional” puede referirse a cualquier acto que sea inapropiado, agresivo, excesivo, o dañino para ti o cualquier persona involucrada. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nevada State Constitution, Article I § 18

Cuando se trata de un arresto, la policía de Nevada debe obtener tu permiso, una orden de la corte, o contar con una circunstancia apremiante para una revisión antes de que un teléfono u otro dispositivo de mano pueda ser desbloqueado y revisado. Ver, p. ej., Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Nev. Rev. Stat. § 171.1232; Nev. Rev. Stat. § 179.065; Nev. Rev. Stat. § 179.035

b. ¿Qué ocurre si un oficial de policía me pide la contraseña de mi teléfono?

No tienes obligación de proveer tu contraseña (esto incluye tu huella digital o escaneo facial) a menos que la policía tenga una orden de la corte. Puedes rehusarte a entregar tu teléfono o brindar la contraseña, incluso si estás siendo arrestado, siempre y cuando la policía no tenga una orden judicial para la revisión de tu teléfono. Darles tu contraseña, huella digital, o escaneo facial es darles tu consentimiento. Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento durante la búsqueda. Ver, p. ej., Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Nev. Rev. Stat. § 179.065; Nev. Rev. Stat. § 179.035

Además, los oficiales tienen prohibido llevar a cabo revisiones y confiscaciones “irracionales”. Irracional puede referirse a cualquier acto que sea inapropiado, agresivo, excesivo, o dañino hacia tu persona o cualquier otro involucrado. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nevada State Constitution, Article I § 18

c. ¿Qué ocurre si me dicen que debo brindarles mi contraseña u otros accesos a mi teléfono?

Puedes rehusarte a brindar acceso a tu teléfono si te lo piden. Si no cuentan con tu permiso o el permiso de la corte (en forma de una orden de búsqueda), no pueden forzarte a que les brindes tu contraseña o cualquier otro acceso a tu teléfono. Ver, p. ej., Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Nev. Rev. Stat. § 179.065; Nev. Rev. Stat. § 179.035

Además, los oficiales tienen prohibido llevar a cabo búsquedas y confiscaciones “irracionales”. Irracional puede referirse a cualquier acto que sea inapropiado, agresivo, excesivo, o dañino a tu persona o cualquier otra persona involucrada. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nevada State Constitution, Article I § 18

No puedes ser forzado a darle a cualquier oficial de la ley o del gobierno un testimonio (evidencia) que pueda incriminarte en la corte. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

NOTA: Resoluciones hechas recientemente por tribunales federales suelen concordar en que tu contraseña y otras formas de accesos digitales están incluidas en las protecciones de la Quinta Enmienda. Sin embargo, al momento de escribir esta guía, esto aún no ha sido definido. Ver, p. ej., United States v. Apple MacPro Computer, 851 F.3d 238, 247 (3rd Cir. 2017); In re: Grand Jury Subpoena Duces Tecum Dated March 25, 2011 v. John Doe, 670 F.3d 1335, 1341 (11th Cir. 2012)

d. ¿Debo brindarles la contraseña de mi dispositivo si me la exigen, pero no he sido arrestado? ¿Qué pasa si simplemente me la piden?

Si no has sido arrestado, no estás obligado a darle a la policía tu contraseña. La policía no puede forzarte a que les des tu contraseña, huella digital, o escaneo facial para que puedan desbloquear tu teléfono. Puedes rehusarte a darles esta información. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, si les das tu teléfono o contraseña, ellos tienen el derecho de revisarlo. Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento. Ver, p. ej., Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Nev. Rev. Stat. § 179.065; Nev. Rev. Stat. § 179.035

Además, los oficiales tienen prohibido llevar a cabo revisiones y confiscaciones “irracionales” Irracional puede referirse a cualquier acto inapropiado, agresivo, excesivo, o dañino hacia tu persona o cualquier otra persona involucrada. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nevada State Constitution, Article I § 18

e. ¿Qué herramientas puede emplear la policía para revisarme? ¿Qué tecnología (reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsquedas de huellas dactilares, etc.) puede usar?

La policía puede usar cualquier herramienta que no se considere “irracional” para revisar si tienes evidencia en tu persona, ya que los oficiales tienen prohibido llevar a cabo revisiones y confiscaciones “irracionales”. Irracional puede referirse a cualquier acto inapropiado, agresivo, excesivo, o dañino para tu persona o cualquier otro involucrado. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nevada State Constitution, Article I § 18

La policía (con una orden judicial, sospecha razonable, o en el momento del arresto) puede tomar tus huellas digitales y chequearlas en una base de datos, siempre y cuando te encuentres en custodia por un delito mayor (felonía) o un delito menor violento. Ver, p. ej., Davis v. Mississippi, 394 U.S. 721, 727 (1969); Nev. Rev. Stat. § 62H.010

El Departamento de Policía de Las Vegas tiene permitido grabar todas las interacciones públicas con sus cámaras portátiles. La policía, además, puede utilizar cámaras de vigilancia ocultas en algunos lugares de los alrededores de las ciudades, en particular en las intersecciones de calles. Ver, p. ej., Body Worn Cameras, Las Vegas Police Department § 5/210.01

NOTA: Desde el mes de noviembre del 2022, la suprema corte de los EE. UU. aún no ha decidido si la Cuarta Enmienda prohíbe el uso de cámaras personales y de vigilancia. Sin embargo, cortes menores que han oído el caso han fallado a favor de que el gobierno federal las apoye. Ver, p. ej., United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

f. ¿Pueden revisar mi bolso o cualquier otra cosa que lleve conmigo?

La policía no puede revisar tu bolso o cualquier otra cosa que lleves contigo sin tu permiso o sin el permiso de la corte (conocido como “orden judicial”). Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento, pero la policía puede continuar la búsqueda hasta que lo hagas. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nev. Rev. Stat. § 179.065; Nev. Rev. Stat. § 179.035

La policía puede revisarte palpando tu ropa si pueden suponer de manera “razonable” que tienes un arma, y si el bienestar de alguien puede estar en peligro debido a dicha arma. Si eres menor de 18 años, es ilegal portar un arma en público o en cualquier sitio en el que no tengas permiso. Ver, p. ej., Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Nev. Rev. Stat. § 202.300; Nev. Rev. Stat. § 171.1232

Si eres arrestado, el oficial puede revisarte o tus pertenencias ya que cuentan con causa probable para hacerlo. Esto puede incluir tu bolso si se encuentra al alcance de tu mano, o si en ese momento lo llevas puesto. También puede incluir tu vehículo si se encuentra en tus cercanías o si lo estás conduciendo en el momento de la revisión. Ver, p. ej., United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Nev. Rev. Stat. § 179.065

g. ¿Pueden tomar mi foto o grabarme?

Sí. La policía puede tomarte fotos para sus registros. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 62H.010

Además, el Departamento de Policía de Las Vegas tiene permitido grabar todas las interacciones públicas con cámaras personales. La policía también puede usar cámaras de vigilancia ocultas en algunos lugares de la ciudad, en particular en las intersecciones de calles. Ver, p. ej., Body Worn Cameras, Las Vegas Police Department § 5/210.01

NOTA: Desde el mes de noviembre de 2022, la Corte Suprema de los EE. UU. aún no ha decidido si la Cuarta Enmienda prohíbe el uso de cámaras personales y de vigilancia. Sin embargo, cortes menores que han oído el caso han fallado a favor de que el gobierno federal las apoye. Ver, p. ej., United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

h. ¿Pueden preguntarme a dónde estoy yendo y por qué?

Sí. La policía puede preguntarte a dónde estás yendo y por qué. Si no estás siendo detenido, puedes ejercer tu derecho de mantener el silencio. Responder a estas preguntas significa que estás dando tu consentimiento a los pedidos del oficial. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Debemos mencionar que debes identificarte (dar tu nombre, dirección, fecha de nacimiento y lo que estás haciendo) ante un oficial de la ley si te lo pide. Arriesgas ser arrestado si no te identificas en una situación en donde la policía puede creer razonablemente que estás involucrado en actividad criminal, o si creen que eres una amenaza a la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que prefieres ejercer tu derecho de mantenerte en silencio bajo la Quinta Enmienda. Ver, p. ej., Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Nev. Rev. Stat. § 171.123

3. Razones por las que la policía podría detenerte o arrestarte

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  • La policía puede arrestarte o detenerte si sospechan que estás cometiendo o has cometido una violación de la ley, o si sospechan que actualmente posees evidencia de un crimen.
    Ver, p. ej., Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Nev. Rev. Stat. § 171.123; Nev. Rev. Stat. § 171.1231
  • A veces la policía puede tener una orden de la corte, que puede brindarles la habilidad de revisarte o arrestarte, dependiendo de para qué sea la orden.
  • Es buena idea revisar detalladamente cualquier orden judicial o documentación de la policía, para asegurarte de que entiendes exactamente qué es lo que cubre.
    Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.108
  • Si eres arrestado, pueden imputarte un crimen mayor por un delito más serio (con una posible pena de cárcel de un año o más), un crimen menor por un delito menos serio (con una pena de cárcel de menos de un año), o una infracción
  • Si la policía te arresta, también tienen el derecho de revisarte. Cualquier cosa que encuentren en esta búsqueda podrá usarse como evidencia en tu contra.
    See e.g., United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Nev. Rev. Stat. § 179.065

a. ¿Qué pasa si no hice nada ilegal? ¿Debo hablar con la policía y responder sus preguntar?

No. No tienes obligación de hablar con la policía. Tienes el derecho de permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes el derecho de contar con un abogado presente durante el interrogatorio y, si no puedes costearlo, pueden brindarte uno. Cualquier información que compartas con tu abogado deberá ser mantenida en secreto por el mismo. Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

Es importante mencionar que debes identificarte (dar tu nombre, dirección, fecha de nacimiento, y lo que estás haciendo en ese momento) si un oficial de la ley te lo pide. Arriesgas ser arrestado si no te identificas en una situación en la que la policía puede creer de manera razonable que estás involucrado en actividades criminales, o si creen que puedes ser una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho de mantenerte en silencio bajo la Quinta Enmienda. Ver, p. ej., Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Nev. Rev. Stat. § 171.123

b. ¿Qué ocurre si me dicen que están investigando algo que está mal? ¿Debo corregirles?

No, no tienes obligación de hablar con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Sin embargo, debes corregir al oficial si el mismo entiende erróneamente cualquier cosa que le hayas dicho, o si le dices algo equívoco al oficial. No corregirlo es ilegal y punible bajo la ley estatal. Ver, p. ej., 5th Amendment; Las Vegas Code of Ordinances § 10.10.010; Nev. Rev. Stat. § 171.136

También tienes el derecho de contar con un abogado presente durante el interrogatorio y, si no puedes costearlo, pueden brindarte uno. Cualquier información que compartas con tu abogado deberá ser mantenida en secreto por el mismo. Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

c. ¿Qué ocurre si un oficial simplemente comienza a hablarme, pero no me ordena a que haga nada?

No tienes obligación de hablar con la policía. Si un oficial comienza a hablar contigo, no tienes obligación de responder. Tienes derecho a permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con la policía si no me dicen que he sido arrestado y hablar con ellos después de que me informan que he sido arrestado?

En ambos contextos, no tienes la obligación de hablar con la policía, y tienes derecho a permanecer en silencio. Si la policía comienza a interrogarte sin informarte de tus derechos (conocidos como Derechos Miranda), entonces no pueden utilizar nada de lo que les digas como evidencia en tu contra en la corte. Ver, p. ej., Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Nev. Rev. Stat. § 62C.013

4. La diferencia entre la policía DICIÉNDOME QUÉ HACER y pidiéndome que haga algo.

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a. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía decida por su cuenta revisarme o mis pertenencias (teléfono, bolso) y que yo dé mi consentimiento a ser inspeccionado?

La policía no puede revisar tus pertenencias sin tu consentimiento o sin el permiso de la corte (conocido como orden judicial). Puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento, pero la policía podrá continuar con la revisión hasta que lo hagas. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nev. Rev. Stat. § 179.065; Nev. Rev. Stat. § 179.035

Además, los oficiales tienen prohibido llevar a cabo revisiones y confiscaciones “irracionales”. Irracional puede referirse a cualquier acto que sea inapropiado, agresivo, excesivo, o dañino hacia tu persona o cualquier otro involucrado. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nevada State Constitution, Article I § 18

No puedes ser forzado a darle a cualquier oficial de la ley o del gobierno tu testimonio (evidencia) si puede incriminarte en la corte. Ver, p. ej., 4th Amendment; Nevada State Constitution, Article I § 18

La policía puede palpar tu ropa si pueden suponer “razonablemente” que llevas un arma y que la seguridad de alguien pueda estar en peligro debido a esa arma. Si eres menor de 18 años, es ilegal portar un arma en público o en cualquier otro lugar en donde no tengas permiso. Ver, p. ej., Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Nev. Rev. Stat. § 202.300; Nev. Rev. Stat. § 171.1232

Si eres arrestado, el oficial puede revisarte o tus pertenencias, ya que tienen causa probable para hacerlo. Esto puede incluir tu bolso si se encuentra al alcance de tu mano, o si lo llevas puesto en el momento de la revisión. También puede incluir tu vehículo si se encuentra en tu cercanía o si estabas conduciéndolo en el momento de la revisión. Ver, p. ej., United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Nev. Rev. Stat. § 179.065

b. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía me exija que les dé información, o que me pidan que les dé información y que yo les dé respuestas voluntariamente?

En ambos contextos, no tienes obligación de hablar con la policía o darles información. Tienes derecho a permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes el derecho de contar con un abogado presente durante el interrogatorio y, si no puedes costearlo, pueden brindarte uno. Cualquier información que compartas con tu abogado deberá ser mantenida en secreto por el mismo. Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

Es importante mencionar que debes identificarte (brindando tu nombre, dirección, fecha de nacimiento, y lo que estás haciendo en ese momento) ante un oficial de la ley si te lo pide. Arriesgas ser arrestado si no te identificas en una situación en la que la policía puede creer de manera razonable que estás involucrado en actividad criminal o si creen que presentas una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho de permanecer en silencio bajo la Quinta Enmienda. Ver, p. ej., Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Nev. Rev. Stat. § 171.123

5. ¿La Policía necesita una orden judicial para arrestarte?

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  • No, los oficiales de policía pueden arrestarte legalmente sin una orden judicial en diversas circunstancias:
    • cuando el delito se comete frente a los oficiales de policía.
    • cuando el oficial tiene un motivo para creer que cometiste un delito mayor, independientemente de si el acto se realizó en frente de ellos.
      Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.136

a. Si no hice nada, ¿pueden pararme?

Para que un oficial de policía pueda pararte, debe tener una sospecha razonable de que has estado, estás o estarás involucrado en una actividad criminal. Si existe o no una sospecha razonable depende de la situación, por lo que puede ser difícil determinar si la policía puede hacerlo o no. Independientemente de si el oficial de policía puede o no pararte, es una mala idea resistirse. Ver, p. ej.,  Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Nev. Rev. Stat. § 171.123; Nev. Rev. Stat. § 171.1232; Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

b. ¿Puedo preguntar la razón por la cual me han parado?

Los oficiales de policía de Las Vegas no tienen la obligación de identificarse o justificarse si has sido parado o detenido. De todos modos, sigues teniendo el derecho a permanecer en silencio, y puedes preguntarles cuál es el motivo de tu detención y pedir que te muestren su identificación. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

c. ¿Puedo interceder por otra persona joven parada por la policía si fuimos parados juntos?

Interceder por otra persona joven parada por la policía es riesgoso, ya que puedes ser arrestado por interferir con un oficial de la ley de cualquier forma. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.136; Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

Sin embargo, tienes el derecho de observar y grabar lo que está ocurriendo, siempre y cuando no interfiera con los oficiales de la ley de ninguna manera. Ver, p. ej.,  Nev. Rev. Stat. § 171.1233

d. Si considero que la demora es injustificada, ¿qué puedo hacer?

Si consideras que tus derechos fueron violados durante tu interacción con los oficiales de la ley, puedes realizar una queja por escrito con las Quejas sobre el comportamiento de los oficiales y enviarla al Departamento de Policía de Las Vegas - Formulario de Quejas. Además, no estás obligado a hablar con la policía o responder cualquier pregunta que te puedan realizar. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, resistirse a la policía nunca es una buena idea, ya que puedes ser arrestado por interferir con los oficiales de la ley de cualquier forma. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.136; Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

Es importante mencionar que debes identificarte (brindando tu nombre, dirección, fecha de nacimiento, y lo que estás haciendo en ese momento) ante un oficial de la ley si te lo pide. Arriesgas ser arrestado si no te identificas en una situación en la que la policía puede creer de manera razonable que estás involucrado en actividad criminal o si creen que presentas una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho de permanecer en silencio bajo la Quinta Enmienda. Ver, p. ej., Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Nev. Rev. Stat. § 171.123

e. ¿Puedo obtener la información identificatoria del oficial para futuras quejas?

A pesar de que puedes ser parado, detenido, o arrestado, los oficiales de policía de Las Vegas no están obligados a identificarse o justificarse. Sin embargo, todavía tienes el derecho a permanecer en silencio, y puedes preguntarles el motivo y pedirles que te muestren su identificación. OLos uniformes oficiales de las patrullas de LVPD pueden tener distintas formas. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Si crees que tus derechos fueron violados durante tu interacción con los oficiales de la ley, puedes presentar una queja escrita ante el Salt Lake City Police Department, Police Complaint Form.

6. ¿Cómo puedes saber si estás bajo arresto?

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Es probable que estés bajo custodia policial si no te sientes libre de irte en presencia de un oficial, o si una persona en tu misma situación no se sintiera libre de irse.

  • Es probable que estés bajo custodia policial si no te sientes libre de irse en presencia de un oficial, o si una persona en tu misma situación razonablemente no se sintiera libre de irse.
  • Es probable que estés bajo arresto de acuerdo a la ley si sucede lo siguiente:
    • un oficial te advierte sobre tus derechos.
  • Un oficial sólo puede advertirte sobre tus derechos antes de interrogante. Esto significa que puede arrestarte antes de leerte tus derechos.
  • Un arresto sin la Advertencia Mirandasigue siendo válido; puede significar solamente que la evidencia recolectada en dicho arresto será inadmisible en un tribunal en el futuro.
    Ver, p. ej., Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Nev. Rev. Stat. § 62C.013

a. ¿Qué sucede si no sé si estoy bajo arresto?

Puedes preguntarle al oficial si estás siendo detenido, arrestado, o si eres libre de irte. Si te están deteniendo/arrestando y no puedes irte, no es una buena idea resistirte. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.136; Nev. Rev. Stat. § 199.280; Las Vegas Code of Ordinances § 10.06.010

En ambos casos, no tienes obligación de hablar con la policía o brindarles información. Tienes el derecho de permanecer en silencio. Ver, p. ej.,  5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

b. ¿Cuál es la diferencia entre detención y arresto?

Detención se refiere a cuando los oficiales de la ley te retienen bajo una sospecha razonable con el objetivo de interrogarte o de realizar una breve revisión de tu persona y tus pertenencias si creen que eres una amenaza a la seguridad pública. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.123

Arresto se refiere a cuando los oficiales de la ley te retienen bajo una causa probable, lo que significa que el oficial tiene evidencia de algo, o más que una creencia razonable de que has estado, estás o estarás involucrado en una actividad criminal. Ver, p. ej.,  Nev. Rev. Stat. § 171.124; Nev. Rev. Stat. § 171.136; Nev. Rev. Stat. § 171.1231

c. Si estoy esposado, ¿estoy bajo arresto?

No necesariamente. Un oficial puede utilizar fuerza no letal (que se presume incluye a las esposas) para parar y detener a una persona, incluyendo una breve detención. Además, un oficial de policía puede colocarte las esposas si considera que es necesario para resguardar su seguridad, inclusive si no te arrestan. Ver, p. ej., Use of Force Policy, Las Vegas Police Department § 3.110.2; Nev. Rev. Stat. § 171.123; Nev. Rev. Stat. § 171.1455

d. Si mi libertad se ve restringida, ¿estoy bajo arresto?

Si la restricción a la libertad es considerable, es probable que sí. Se te considera bajo custodia cuando te ves privado de tu libertad de acción de manera significativa. Ver, p. ej., Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Use of Force Policy, Las Vegas Police Department § 3.110.2

Sin embargo, tu libertad también puede verse restringida si eres detenido por la policía, no arrestado. Esta detención puede darse de varias maneras. Ver, p. ej., United States v. Hensley, 469 U.S. 221 (1985); Nev. Rev. Stat. § 171.123

Por ejemplo, el oficial puede preguntarte por tu identidad, por lo que deberás identificarte (tu nombre, domicilio, fecha de nacimiento y qué estás haciendo) ante un oficial de la ley si te lo pide. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas en una situación en la que la policía pueda creer razonablemente que estás implicado en actividad criminal, o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al agente que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio en virtud de la Quinta Enmienda. Ver, p. ej., Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Nev. Rev. Stat. § 171.123

La policía también puede palparte la ropa si cree "razonablemente" que llevas un arma y que la seguridad de alguien pueda estar en peligro debido a esa arma. Si eres menor de 18 años, es ilegal llevar un arma de fuego en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Ver, p. ej., Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Nev. Rev. Stat. § 202.300; Nev. Rev. Stat. § 171.1232

7. ¿Qué hacer luego de ser advertido sobre mis derechos?

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  • Puedes aplicar tu derecho a permanecer en silencio o cualquier otro de tus derechos (p. ej., el derecho a tener un abogado) simplemente diciendo que deseas aplicar ese derecho.
  • También puedes renunciar a tus derechos (es decir, no hacer uso de ellos). Esto no es una buena idea sin la presencia de un abogado.
  • Asegúrate de saber lo que haces si renuncias a tus derechos.
    Ver, p. ej., 5th Amendment; 6th Amendment; Nev. Rev. Stat. § 62C.013; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)

a. ¿Qué cambia si la policía me lee mis derechos?

Si la policía empieza a interrogarte pero no te ha leído tus Derechos Miranda (derecho a permanecer en silencio, derecho a un abogado, etc.), no puede utilizar nada de lo que digas como prueba directa en tu contra en un tribunal. Sólo después de que te hayan leído tus derechos pueden utilizar cualquier cosa que digas en tu contra ante un tribunal. Ver, p. ej., 5th Amendment; 6th Amendment; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Nev. Rev. Stat. § 62C.013

b. ¿Importa dónde me encuentre cuando la policía me lea mis derechos? (en la calle, en la estación de policía, en la patrulla, etc.)

No. Deben leerte tus derechos antes de interrogarte, sin importar dónde te arresten. Ver, p. ej., Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Nev. Rev. Stat. § 62C.013

8. La policía interrogándote.

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  • No estás obligado a declarar, ni a responder a las preguntas de la policía, ni participar en una investigación policial, y nunca tienes que ir a ningún sitio con la policía a menos que te hayan detenido.
    Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)
  • Si la policía te ha arrestado y eres menor de 18 años, está obligada a avisar inmediatamente a tus padres, cuidador o tutor legal.
    Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 62C.010

a. ¿Estoy obligado a declarar?

No, no estás obligado a declarar. Tienes el derecho a permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y pueden proporcionarte uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Ver, p. ej.,  6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

b. ¿La policía debe avisarle a mi tutor?

Si te tienen custodiado siendo menor de edad, los oficiales de la ley deben intentar notificar a tus padres o tutor lo antes posible. De lo contrario, aún puedes solicitar que lo hagan. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 62C.010

c. ¿Debo confesar?

No, no estás obligado a confesar ante la policía, ni la policía puede obligarte a hacerlo. Tienes derecho a permanecer en silencio. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si lo puedes pagar. Cualquier información que hables con tu abogado será mantenida en secreto por tu abogado. Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

d. ¿A qué adultos puedo pedirles que me acompañen?

Si te tienen custodiado siendo menor de edad, los oficiales de la ley deben intentar notificar a tus padres o tutor lo antes posible. De lo contrario, aún puedes solicitar que lo hagan. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 62C.010

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y pueden proporcionarte uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Ver, p. ej.,  6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

e. ¿A quién debe contactar la policía si legalmente soy menor de edad?

Si te tienen bajo custodia, los oficiales de la ley deben intentar notificar a tus padres o tutor lo antes posible. De lo contrario, aún puedes solicitar que lo hagan. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 62C.010

9. ¿Cuándo y cómo puedo contactar a un abogado?

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  • Siempre debes ponerte en contacto con un abogado antes de hacer declaraciones en un caso o investigación criminal. Esto se aplica incluso si te dicen que la policía sólo quiere interrogarte y/o que eres solo un testigo.
  • Aunque sí tienes que esperar a comparecer ante el tribunal para que te asignen un abogado si no puedes pagarlo, aun así puedes solicitar un abogado tan pronto seas interrogado o arrestado por la policía. Si te arrestan, tienes derecho a permanecer en silencio y a no hablar hasta que tu abogado esté presente.
    Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

a. ¿Qué sucede si sólo soy testigo?

Incluso si sólo eres un testigo, aun así puede que la policía te interrogue. Para detenerte como testigo, la policía debe identificarse. A partir de ahí, la policía puede exigirte que te identifiques, por lo que deberás identificarte (tu nombre, domicilio, fecha de nacimiento y lo que estás haciendo) ante un oficial de la ley si te lo pide. Te arriesgas a ser arrestado si no te identificas en una situación en la que la policía crea razonablemente que estás implicado en actividad criminal o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio en virtud de la Quinta Enmienda. Ver, p. ej., Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Nev. Rev. Stat. § 171.123

Sin embargo, sí tienes derecho a permanecer en silencio, por lo que deberías decirle al agente que estás ejerciendo este derecho si deseas hacerlo. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a tener presente un abogado durante el interrogatorio, y pueden proporcionarte uno si no puedes pagarlo. Cualquier información que hables con tu abogado será mantenida en privado por él.  Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

Además, si eres testigo de un delito, es posible que se te ordene comparecer ante el tribunal para testificar. Se te pedirá que prometas bajo juramento que lo que dices es cierto. Hacer una declaración jurada falsa que no creas que sea cierta se conoce como perjurio, que también es un delito. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 199.145; Nev. Rev. Stat. § 50.035; Nev. Rev. Stat. § 50.145; Nev. Rev. Stat. § 50.165

10. ¿La policía debe decir siempre la verdad?

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  • No. La policía puede mentirte durante la investigación. Esto incluye mentir sobre la solidez del caso que tienen contra ti y sobre la evidencia en tu contra que tienen en su poder.
  • A veces la policía te miente para intentar hacerte hablar más
    Ver, p. ej., United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

a. ¿Puede mentirme la policía?

Sí, la policía puede mentirte. La policía no puede herirte físicamente, amenazarte o utilizar drogas para intentar que confieses algo o para obtener información de ti. Ver, p. ej.,  United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

b. ¿Tengo que decirle la verdad a la policía?

Sí, mentirle a la policía puede dar lugar a que te acusen de un delito. Corres el riesgo de ser detenido si proporcionas información falsa a la policía. Ver, p. ej., Las Vegas Code of Ordinances § 10.10.010; Nev. Rev. Stat. § 171.136

Sin embargo, sí tienes derecho a permanecer en silencio, por lo que deberías decirle al agente que estás ejerciendo este derecho si deseas hacerlo. Ver, p. ej.,  5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y pueden proporcionarte uno si no puedes pagarlo. Cualquier información que hables con tu abogado será mantenida en privado por el mismo. Ver, p. ej., 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

11. ¿Cómo presento una queja si tengo dudas o creo que mis derechos han sido violados?

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SOLUCIONES:

Las quejas sobre el comportamiento de los oficiales pueden enviarse a  Formulario de Quejas del Departamento de Policía de Las Vegas. También puedes dirigirte a la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o al Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Ver, p. ej.,  Contact the Nevada Attorney General

12. ¿Qué pasa si siento que fui víctima de discriminación o racismo?

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SOLUCIONES:

Si crees que has sido víctima de discriminación o racismo, puedes presentar una queja sobre el comportamiento de los oficiales completando el Formulario de Quejas del Departamento de Policía de Las Vegas. También puedes considerar la posibilidad de acudir a la Oficina Federal de Investigación (FBI) o al Departamento de Justicia de EE.UU. Además, organizaciones como la ACLU se especializan en ayudar en reclamos por discriminación. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte con el proceso. Ver, p. ej., Contact the Nevada Attorney General

13. ¿Cómo puedo responder a circunstancias que impliquen discriminación?

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SOLUCIONES:

Las quejas sobre un oficial que creas que ha dado muestras de discriminación o racismo pueden realizarse usando el Formulario de Quejas del Departamento de Policía de Las Vegas. También puedes ponerte en contacto con la Oficina Federal de Investigación ("FBI") o con el Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Ver, p. ej., Contact the Nevada Attorney General

Además, organizaciones como la ACLU se especializan en ayudar con reclamos por discriminación.

En el momento de sufrir una posible discriminación, es importante recordar los otros consejos que figuran en esta guía. Intenta mantener la calma en tu interacción con la policía, incluso si se ponen difíciles.

14. ¿Qué puedo hacer si la policía realiza un registro indebido o si me han detenido indebidamente?

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SOLUCIONES:

Si crees que un oficial te detuvo o registró indebidamente, puedes presentar una queja completando el Formulario de Quejas del Departamento de Policía de Las Vegas. También puedes ponerte en contacto con la Oficina Federal de Investigación ("FBI") o con el Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Ver, p. ej., Contact the Nevada Attorney General

15. What can I do as a minor without my parent(s) or legal guardian(s)?

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RESPUESTA:

Los menores tienen los mismos derechos bajo la ley que los adultos durante las detenciones criminales, arrestos e investigaciones. Por lo tanto, como menor de edad, tienes derecho a permanecer en silencio y a tener un abogado. Ver, p. ej., 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Nev. Rev. Stat. § 178.397

La posibilidad de que asumas el costo de un abogado privado depende de la situación financiera de tus padres o tutor legal. Si ellos no pueden pagar un abogado, o si no se encuentran disponibles para ti, el gobierno debe proveerte de uno. Además, si estás pasando por cualquier tipo de abandono o no si no tienes una figura adulta (padres/tutor) en tu vida, tienes derecho a que el tribunal te designe un abogado tutor ad litem, un abogado que ofrecerá contexto al tribunal acerca de tu situación. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 432B.500

SOLUCIONES:

Si consideras que tus derechos fueron violados de alguna forma por los oficiales de la ley, independientemente de si eres o no menor de edad, puedes presentar una queja sobre el comportamiento del oficial completando el Formulario de Quejas del Departamento de Policía de Las Vegas. También puedes ponerte en contacto con la Oficina Federal de Investigación ("FBI") o con el Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Además, organizaciones como la ACLU se especializan en ayudar en reclamos por discriminación. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Ver, p. ej., Contact the Nevada Attorney General

Glossary

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  1. Revisión: Una investigación o evaluación de una persona, objeto, espacio o vehículo cuyo objetivo es encontrar evidencia de una actividad criminal. Ver, p. ej., Cornell Law School
  2. Consentimiento: Permiso. Ver, p. ej., Cornell Law School
  3. Orden Judicial (para revisar): Un documento oficial del tribunal que permite que la policía te revise o tus pertenencias sin tu consentimiento. Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 179.035
  4. Parar y revisar: Un tipo de registro rápido de tu persona y tus alrededores con la creencia de que estás involucrado en una actividad criminal o eres una amenaza para la seguridad pública. Ver, p. ej.,Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Nev. Rev. Stat. § 171.1232
  5. Razonable: Racional o lógico en el contexto de lo que se conoce en una situación determinada. Ver, p. ej., Cornell Law School
  6. No razonable: Cualquier acto que sea inapropiado, agresivo, excesivo o dañino para ti o para cualquier persona involucrada.Ver, p. ej., 4th Amendment; Cornell Law School
  7. Circunstancias Apremiantes: Una situación en la cual el oficial cree razonablemente que su intervención contra la persona es necesaria para salvaguardar la seguridad pública. Ver, p. ej., Cornell Law School
  8. Testimonio: Evidencia que puede ser utilizada en los tribunales. Ver, p. ej., Cornell Law School
  9. Derecho: Poder o capacidad que se tiene como persona porque está establecido en una constitución, ley o regulación. Ver, p. ej., Cornell Law School
  10. Ejercer: Usar o utilizar. Ver, p. ej., FindLaw
  11. Detener: Mantener bajo custodia de los oficiales de la ley bajo sospecha razonable. Ver, p. ej., Cornell Law School
  12. Identificarse (ante la Policía): (En Nevada) Dar tu nombre y una explicación de tus acciones o planes ante los oficiales de la ley.Ver, p. ej., Nev. Rev. Stat. § 171.123
  13. Advertencia Miranda: Un conjunto de derechos que tienes bajo la constitución de los Estados Unidos que los oficiales de la ley deben informarte cuando estás bajo arresto. Ver, p. ej., Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Cornell Law School
  14. Causa Probable: Tener la sospecha razonable de que has estado, estuviste, o estarás directamente involucrado en una actividad criminal. Ver, p. ej., Cornell Law School; Nev. Rev. Stat. § 171.1231
  15. Abogado: defensor, letrado. Ver, p. ej., Cornell Law School