1. Me detuvo la policía en la calle, ¿ahora qué?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- Mantén la calma. No es buena idea correr. Habla con cuidado y claridad. Todo lo que digas puede ser utilizado en tu contra en un tribunal.
- No es buena idea tocar a los policías. Mantén las manos donde la policía pueda verlas
- No es buena idea resistirse, incluso si eres inocente o si crees que la policía está actuando de forma injusta o ilegal.
a. ¿Puede la policía detenerte por negarte a responder a las preguntas?
En general, tienes el derecho constitucional a guardar silencio y no tienes que responder a las preguntas que te hagan los agentes de policía. Sin embargo, debes dar tu nombre a los oficiales si tienen una sospecha razonable de que estás implicado en un delito. Si estás conduciendo y te paran, los agentes de policía también pueden pedirte que muestres tu licencia de conducir, el registro y una prueba de que tienes seguro.
Fuentes:
b. ¿Qué pasa si los agentes no se identifican?
Los agentes de policía que no lleven uniforme deben identificarse al ponerse en contacto contigo mostrando su placa de policía o su identificación oficial. Si no estás seguro de que alguien sea policía, debes pedirle sus identificaciones.
Fuente:
MPD Departmental Order 11 § 1.7.
c. ¿Qué pasa si un agente empieza a hablarme pero no me ordena hacer nada?
Tiene derecho a permanecer en silencio. Si un agente de policía entabla conversación contigo, puedes decidir si participar o no en la conversación. Sin embargo, debes mantener la calma y no huir. Si un agente de policía sospecha que estás implicado en un delito, debes identificarte.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Fla. Stat. § 901.151 (2022); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
d. ¿Qué pasa si el policía no lleva uniforme ni se identifica como tal pero yo creo que lo es?
Los agentes de policía no uniformados deben identificarse al establecer contacto contigo mostrando su placa de policía o identificación oficial. Si no estás seguro de que alguien sea policía, pídele sus identificaciones.
Fuente:
MPD Departmental Order 11 § 1.7
e. ¿Puedo decirle a la policía que no quiero hablar sin un abogado?
Sí. Puedes decirle a un policía que no quieres hablar de acuerdo con la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, y que de acuerdo con la Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, te gustaría hablar con un abogado. Sin embargo, si te detienen por sospecha de un delito y te piden que te identifiques, debes hacerlo. Si te detienen durante un semáforo, los agentes de policía también pueden pedirte tu licencia, comprobante de seguro y registro.
Si no quieres hablar sin abogado, debes decir a los agentes de policía que quieres guardar silencio y que te gustaría hablar con un abogado inmediatamente. No tienes que dar más explicaciones. Si no puedes pagar un abogado y has sido detenido como sospechoso de un delito, se te proporcionará uno. Si has sido detenido por un procedimiento de inmigración o deportación, no se te proporcionará un abogado gratuitamente. Sin embargo, tienes derecho a contratar a un abogado. Si no puedes pagar un abogado, pide una lista de proveedores de servicios legales gratuitos.
Fuentes:
Fla. Stat. § 27.40 (2022); Fla. Stat. § 901.151 (2022); Fla. Stat. § 322.15 (2022); Fla. Stat. § 320.02 (2022); Fla. Stat. § 316.646 (2022); Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org); What to Do When Stopped by Law Enforcement.
f. Si me siento, ¿me estoy resistiendo?
Sentarse puede considerarse resistirse a un agente de policía, lo cual es un delito en Florida. Si quieres sentarte, debes preguntar al agente de policía si puedes hacerlo, y si te dice que no, no lo hagas. Es importante que los agentes de policía no perciban sus acciones como resistencia u obstrucción a sus funciones policiales.
Fuentes:
Fla. Stat. § 843.01 (2022); Fla. Stat. § 843.02 (2022); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
g. Si me detienen con un grupo y algunos chicos corren, ¿puedo correr yo también?
Si un agente de policía te pide que te detengas, no debes huir. Aunque tienes derecho a permanecer en silencio, no discutas, ni te resistas u obstruyas al policía. Si quieres huir, pregunta al agente si eres libre de irte para que tu huida no se perciba como una huida de una posible escena del crimen. Si huyes después de que un oficial de policía te haya pedido que te detengas, eso podría ser un delito grave de tercer grado por huir o evitar a un oficial de policía.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Fla. Stat. § 843.01 (2022); Fla. Stat. § 843.02 (2022); C.E.L. v. State, 24 So. 3d 1181 (Fla. 2009).
h. ¿Puedo decirles a otros (a mis hermanos, por ejemplo) que corran?
No, no debes decirle a otros que corran. La ley de Florida prohíbe a cualquier persona resistirse a un agente de la policía. Decirle a otros que corran cuando un oficial ha hecho una petición en sentido contrario podría considerarse resistirse a las órdenes de un oficial y ser castigado bajo la ley de Florida.
Fuentes:
Fla. Stat. § 843.01 (2022); Fla. Stat. § 843.02 (2022); C.E.L. v. State, 24 So. 3d 1181 (Fla. 2009).
i. Si el idioma del policía no es mi lengua materna, ¿puedo decírselo sin renunciar a mis derechos?
Sí. Puedes informarle al policía que el idioma del policía no es tu lengua materna sin renunciar a tus derechos. Si tu intención es permanecer en silencio, no es necesario que mantengas ninguna otra comunicación con el policía.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966).
j. Si no he hecho nada, ¿pueden detenerme?
Sí. Un agente de policía puede detener a una persona cuando las circunstancias indiquen razonablemente que esa persona ha cometido, está cometiendo o va a cometer un delito. Sin embargo, hay otras razones por las que un policía puede pararte: el policía puede querer advertirte de una situación potencialmente peligrosa; el policía puede pensar que estás en problemas y necesitas ayuda; o puede que hayas sido testigo de un delito.
Fuentes:
Fla. Stat. § 901.151 (2022); What to Do When Stopped by Law Enforcement | South Miami, FL - Official Website (southmiamifl.gov).
2. ¿Cuándo puede la policía catearte a ti y a tu entorno?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- Tienes derecho a negarte a que te inspeccionen.
- Tienes derecho a negarte a que inspeccionen tu coche, tu casa o tu entorno.
- No puedes ser detenido por negarte a acceder a una inspección sin una orden judicial.
- Una orden es una orden judicial, por lo que no tienes otra alternativa que dar tu consentimiento.
a. ¿Qué pasa si un policía quiere inspeccionar mi teléfono?
Los policías pueden quitarte el teléfono durante un arresto, pero no pueden inspeccionar el contenido de tu teléfono sin la autorización de un juez, lo que se conoce como orden judicial. Si los agentes de policía no tienen una orden judicial, también puedes darles tu consentimiento para inspeccionar el contenido de tu teléfono.
Normalmente, el policía le preguntará si puede inspeccionar su teléfono. Puedes dar tu consentimiento o, si no quieres que el policía inspeccione tu teléfono, puedes decirle educadamente que no le autorizas a hacerlo. Si el agente quiere retener su teléfono, no te opongas, pero di con calma que no quieres que inspeccionen el contenido de tu teléfono y que te gustaría hablar con un abogado.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. IV; Riley v. California, 134 U.S. 373 (2014).
b. ¿Qué pasa si un policía me pide la contraseña de mi teléfono?
No tienes que dar a los agentes de policía la contraseña de tu teléfono, a menos que tengan una orden judicial. Los policías necesitan una orden para inspeccionar el contenido de tu teléfono. Sin una orden judicial, no tienes obligación de permitir que los policías inspeccionen el contenido de tu teléfono. Sin embargo, los policías pueden quedarse con tu teléfono hasta que obtengan una orden judicial. Si la policía obtiene una orden, puede obligarte a desbloquear el teléfono. No debes dar a los policías la contraseña de tu teléfono hasta que confirmes que tienen una orden judicial.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. IV; Riley v. California, 134 U.S. 373 (2014).
c. ¿Qué pasa si me piden que les dé mi contraseña u otro tipo de acceso a mi teléfono?
Los agentes de policía pueden llevarse tu teléfono y retenerlo si tienen una causa justificada, es decir, más que una sospecha razonable, de que estás implicado en una actividad delictiva. No debes resistirte a que un policía te quite físicamente el teléfono, pero no tienes por qué darle permiso para que inspeccione su contenido. Dile al policía con calma que no le das permiso para inspeccionar tu teléfono y que no le darás tu contraseña sin una orden judicial.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. IV; Riley v. California, 134 U.S. 373 (2014)
d. ¿Tengo que darles la contraseña de mi dispositivo si me la exigen si no estoy detenido? ¿Qué pasa si sólo me la piden?
No. No tienes que dar a los policías la contraseña del dispositivo, a menos que tengan una orden que te obligue a dársela. Aunque estés detenido, no tienes que dar a los policías la contraseña de tu teléfono. Si te piden la contraseña sin una orden judicial, puedes negarte amablemente y decir que no les das permiso para que revisen tu teléfono.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. IV; Riley v. California, 134 U.S. 373 (2014)
e. ¿Qué herramientas puede utilizar la policía para investigarme? ¿Con qué tecnología? (Reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsqueda de huellas dactilares, etc.)
Los agentes de policía pueden grabarte con cámaras portátiles durante las actividades policiales. Sin embargo, las cámaras no pueden utilizarse en lugares en los que tengas una expectativa razonable de intimidad, como vestuarios o baños. Los agentes de policía no están obligados a informarte que estás siendo grabado con estos dispositivos.
Los policías también pueden tomarte las huellas dactilares y una fotografía si te han acusado de un delito o si tienen motivos fundados para pensar que estás implicado en un delito.
Fuentes:
Fla. Stat. § 985.11 (2022); MPD Departmental Order 11 § 26.
f. ¿Pueden revisar mi mochila u otro objeto que lleve?
Sí. Si un agente de policía tiene motivos para creer que vas armado o que supones un peligro para ti mismo o para los demás, puede revisar tu mochila u otros objetos que lleves contigo sin necesidad de una orden judicial. Si un agente te pide que revisar tu mochila, puedes decirle educadamente y con calma que no consientes la revisión. Sin embargo, no te resistas a la petición del policía; simplemente dile que no estás de acuerdo con la inspección. Los delincuentes juveniles, una vez bajo custodia policial, deben ser registrados por agentes de su mismo sexo.
Fuente:
Fla. Stat. § 901.151 (2022); MPD Departmental Order 11 § 25.5.12.
g. ¿Pueden tomarme fotos o grabarme?
Los agentes de policía pueden tomarte fotos y vídeos en público. Sin embargo, no pueden hacerlo en un lugar privado, como tu domicilio. Los agentes de policía también necesitarán tu consentimiento para grabar una conversación telefónica contigo en un lugar privado, a menos que tengan una orden judicial.
Fuentes:
Fla. Stat. § 934.03 (2022); MPD Departmental Order 11 § 26.
h. ¿Pueden preguntarme adónde voy y por qué?
Tienes derecho a permanecer en silencio. Si quieres guardar silencio, díselo a los agentes de policía con claridad y tranquilidad. Los policías pueden preguntarte adónde vas y por qué, pero no tienes por qué contestar. Sin embargo, debes identificarte si te detienen por sospecha de delito o infracción de tráfico.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org); Know Your Rights | Stopped by Police (aclu.org).
3. Motivos por los que la policía puede detenerte o arrestarte

Informacion Sugerida
- La policía puede detenerte porque sospecha que estás cometiendo (o has cometido) una infracción de la ley, o si sospecha que en ese momento tienes pruebas de un delito.
- A veces la policía tiene una orden de detención. Debes tener claro qué tipo de orden te están presentando si ese es el caso.
- Es una buena idea revisar cuidadosamente cualquier documento de la policía o la orden judicial, para asegurarse de que comprendes qué abarca exactamente.
- Si te detienen, es posible que te acusen de un delito grave (con una posible pena de cárcel de un año o más), de un delito leve (con una pena de cárcel inferior a un año) o de una infracción.
- Si la policía te detiene, también tiene derecho a inspeccionarte. Todo lo que encuentre durante este registro puede utilizarse como prueba contra ti.
a. ¿Qué pasa si no he hecho nada ilegal, debo hablar con la policía y responder a las preguntas?
Tienes derecho a permanecer en silencio y no tienes que responder a las preguntas. Sólo tienes que identificarte cuando te detengan por sospecha de delito o infracción de tráfico. No tienes que responder a ninguna otra pregunta y puedes, con calma y educación, informar a los agentes de policía de que no deseas responder a preguntas.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Fla. Stat. § 901.151 (2022); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
b. ¿Qué pasa si me dicen algo incorrecto sobre algo que están investigando? ¿Debo corregirlos?
No tienes que corregir a los agentes de policía si te dicen algo incorrecto sobre lo que estan investigando. Como tienes derecho a guardar silencio, tú decides si quieres decirles algo. Además, es mejor ser consciente de que los agentes de policía pueden mentirte (ver respuesta a 10(a)).
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
c. ¿Qué pasa si un agente empieza a hablarme pero no me ordena hacer nada?
Puedes hablar con el policía o permanecer en silencio. Tú eliges. Sin embargo, debes mantener la calma y no correr. Si deseas permanecer en silencio, informa educadamente al policía de que deseas permanecer en silencio.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con ellos si no me dicen que estoy detenido, y después de que me informen de que estoy detenido?
Si estás a punto de ser detenido, los policías deben leerte tus derechos Miranda. Los derechos Miranda incluyen el derecho a permanecer en silencio y el derecho a un abogado. Todo lo que le digas a la policía antes, durante o después de un arresto puede ser usado en tu contra en un juicio.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966).
4. La diferencia entre que la policía me ORDENE lo que tengo que hacer y me pida que haga algo.

a. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía decida revisarme a mí o mis pertenencias (teléfono, persona, mochila) y que yo esté de acuerdo con la revisión?
La policía decide catearte:
Los agentes de policía no pueden decidir catearte por capricho. Si los policías tienen sospechas razonables de que has cometido o estás a punto de cometer un delito, pueden detenerte y hacerte preguntas. Los agentes también pueden revisarte, incluyendo tu mochila o los bolsillos de tu ropa, si creen que tienes un arma peligrosa. En otras palabras, si los agentes no tienen una sospecha razonable de que has cometido un delito o estás en el proceso de cometer un delito, entonces los agentes no pueden catearte. Esto se conoce comúnmente como "parar y catear".
Fuente:
La policía también puede inspeccinarte en cualquier momento si tiene una causa probable (es decir, razones justificadas basadas en hechos) para creer que encontrará pruebas de un delito en tu persona o en los objetos que tengas en tu posesión. Los agentes pueden inspeccionarte a ti, incluyendo tu mochila, no sólo en busca de armas, sino también de cualquier indicio de delito. Esto se conoce comúnmente como "inspección incidental a una detención legal".
Fuente:
Tienes más protección contra la inspección policial del contenido de dispositivos electrónicos como tu teléfono. Los agentes de policía pueden pedirte revisar tu teléfono durante un alto o quitártelo durante una detención, pero, con limitadas excepciones, pueden revisar el contenido de tu teléfono sin la aprobación de un juez, lo que se conoce como orden judicial. Esto se debe a que la Constitución de Estados Unidos tiene protecciones contra "inspecciones e incautaciones irrazonables". En otras palabras, la policía debe tener una buena razón para revisar tu teléfono, y por lo general debe obtener una orden judicial, para hacerlo.
Lo importante es que, si la policía no tiene una orden para revisar tu teléfono, no autorices a los policías a revisar el contenido de tu teléfono (y no les des tu contraseña para acceder a tu teléfono). Normalmente, el agente de policía te preguntará si puede revisar tu teléfono y, si no quieres que lo haga, dile educadamente que no les das permiso para hacerlo. Después, di educadamente que quieres hablar con un abogado.
Si los policías quieren retener tu teléfono, no te resistas, pero di con calma que no deseas que revisen tu teléfono y que te gustaría hablar con un abogado.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. IV; MDPD Handbook - Legal Guidelines - Search and Seizure; Riley v. California 134 U.S. 373 (2014).
Aceptas la inspección:
Puedes renunciar a tu derecho constitucional bajo la Cuarta Enmienda contra inspecciones e incautaciones ilegales aceptando una inspección. El policía no tiene que tener sospechas razonables, una causa probable o una orden judicial para pedirte tu consentimiento (aceptar ser cateado).
Tu consentimiento debe ser siempre libre y voluntario. Si hay indicios de coacción (es decir, si el policía te amenaza física o indebidamente), la inspección no es legal.
Lo importante es que puedes decir educadamente "no" a un agente de policía cuando te pregunte si puede revisarte, y que no tiene base legal para hacerlo (base legal significa sospecha razonable de que estuviste implicado en un delito, causa probable de que cometiste un delito o que el policía tenga una orden de detención contra ti).
Fuentes:
U.S. Const. Amend. IV; MDPD Handbook - Legal Guidelines - Search and Seizure.
b. ¿Cuál es la diferencia entre que me ordenen que les dé información y que ellos me la pidan y yo responda voluntariamente?
Tienes derecho a permanecer en silencio y no puedes ser castigado por negarte a responder a las preguntas. Si deseas permanecer en silencio, díselo a los policías en voz alta. Sin embargo, se espera que te identifiques ante los policías de Florida cuando te detengan como sospechoso de un delito o de una infracción de tráfico.
Si te detienen, no te resistas a la detención. Dile a los agentes que quieres permanecer en silencio y pide un abogado inmediatamente. No des ninguna explicación ni pretexto. Si no puedes pagar un abogado y te han detenido como sospechoso de un delito, te proporcionarán uno. Si has sido detenido por un procedimiento de inmigración o deportación, no se te proporcionará un abogado. Sin embargo, tienes derecho a contratar a un abogado. Si no puedes pagarlo, pide una lista de proveedores de servicios legales gratuitos. No digas nada, no firmes nada ni tomes ninguna decisión sin un abogado.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
5. ¿Necesita la policía una orden judicial para detenerte?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- No. Los agentes de policía pueden detenerte legalmente sin orden judicial en varias circunstancias:
- Cuando el delito se comete delante de los agentes de policía; o
- Cuando el policía tiene una sospecha fundada (motivo para sospechar) de que el sospechoso ha cometido un delito, independientemente de que lo haya hecho delante de él o no.
a. Si no he hecho nada, ¿pueden detenerme?
Sí. Un agente de policía puede parar y arrestar a una persona en circunstancias que indiquen razonablemente que esa persona ha cometido, está cometiendo o va a cometer un delito. Sin embargo, hay otras razones por las que puede pararte un agente de policía: el agente puede querer advertirte de una situación potencialmente peligrosa; el agente puede pensar que estás en problemas y necesitas ayuda; o puede que hayas sido testigo de un delito.
Fuentes:
Fla. Stat. § 901.151 (2022); What to Do When Stopped by Law Enforcement | South Miami, FL - Official Website (southmiamifl.gov).
b. ¿Puedo preguntar la razón por la que me detuvieron?
Puedes preguntar educadamente la razón por la que te han parado, pero el policía no está obligado a dártela en ese momento. Sin embargo, si te arrestan, el agente debe informarte de la causa del arresto, a menos que (i) huyas o te resistas por la fuerza antes de que el policía tenga la oportunidad de informarte; o (ii) darte la información ponga en peligro el arresto.
Fuentes:
Fla. Stat. § 901.17 (2022); What to Do When Stopped by Law Enforcement | South Miami, FL - Official Website (southmiamifl.gov).
c. ¿Puedo defender a otro joven detenido por la policía si nos paran juntos?
Lo mejor es permanecer callado, cooperar con las instrucciones y evitar entrar en discusiones. Si la otra persona impugna la infracción, tendrá la oportunidad de abordar el asunto ante el tribunal.
También tienes derecho a permanecer en silencio y no puedes ser castigado por negarte a contestar preguntas. Sin embargo, se espera que te identifiques ante los policías de Florida cuando te paren como sospechoso de un delito o de una infracción de tráfico. También puedes preguntar al agente de policía si eres libre de marcharte. Si el agente dice que sí, permanece en silencio o márchate tranquilamente. Si el agente dice que no, sigues teniendo derecho a permanecer en silencio.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org); What to Do When Stopped by Law Enforcement | South Miami, FL - Official Website (southmiamifl.gov).
d. ¿Qué puedo hacer si creo que la detención es injustificada?
Según la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, tienes derecho a no ser cateado ni incautado sin motivo. Para que los agentes de policía puedan detenerte, deben tener una causa probable o una buena base para sospechar que has cometido, estás cometiendo o estás a punto de cometer un delito.
Si crees que la detención es injustificada, puedes (1) presentar una queja contra el policía, (2) demandar al policía, a la autoridad o a la comunidad que emplea al policía, o (3) ponerte en contacto con el Fiscal General de Florida para emprender acciones legales contra el policía.
(1) Presentar una queja
Todas las fuerzas y cuerpos de seguridad y los centros penitenciarios deben establecer y poner en marcha un sistema de recepción, investigación y tramitación de quejas. El proceso será específico para cada departamento que emplee al funcionario. En un plazo de 5 días laborables, la oficina debe remitir la queja al organismo que emplea al policía objeto de la queja para que la revise o investigue.
Fuentes:
Fla. Stat. § 112.533(1)(b)(1) (2022); Fla. Stat. § 112.533(1)(a) (2022).
(2) Demandar al policía, a la autoridad o a la comunidad
Puedes demandar a un agente de policía si éste ha cometido una falta que vulnera tus derechos constitucionales. Entre los ejemplos de conducta policial que podrían clasificarse como mala conducta se incluyen la brutalidad policial, la elaboración de perfiles raciales, la detención ilegal, la coacción, el encarcelamiento, el abuso de autoridad y la agresión sexual o física.
El acoso es un tipo común de denuncia por mala conducta. El acoso incluye una serie de comportamientos por parte de los policías o de todo el departamento, como vigilarte o espiarte ilegalmente, hacer comentarios racistas, homófobos o sexistas o utilizar perfiles raciales.
Un segundo tipo común de violación policial es la violación de la Cuarta Enmienda. Tus derechos de la Cuarta Enmienda incluyen la protección contra inspecciones o confiscaciones injustificadas. Los policías son clasificados como agentes del gobierno y por lo tanto, deben adherirse a todo lo enumerado en la Cuarta Enmienda. Cuando un oficial viola tus derechos de la Cuarta Enmienda, tales como arrestarte sin causa probable o registrar tu casa sin una orden valida, esto puede impactar el resto de cualquier caso criminal en tu contra y puede ser sujeto de su propia demanda.
Otro tipo común de caso de mala conducta policial es la discriminación. La discriminación es similar al acoso, pero la conducta indebida se basará en el sexo, el género, la etnia, la raza o la orientación sexual, lo que indica que este comportamiento forma parte de una patrón de conducta.
La mayoría de los casos de uso excesivo de la fuerza por parte de la policía se presentan ante un tribunal federal en virtud de la ley federal 42 U.S.C. § 1983. En algunas jurisdicciones, puedes presentar una demanda contra el supervisor del agente de policía por el uso excesivo de la fuerza por parte de su subordinado. Esto se llama "responsabilidad del supervisor". Aunque el Tribunal Supremo ha sugerido que la responsabilidad de supervisión puede no existir en virtud del artículo 1983, la mayoría de los tribunales inferiores siguen reconociendo al menos alguna forma limitada de la teoría. Pero sus opiniones difieren ampliamente (y, en algunos estados, jueces del mismo tribunal discrepan entre sí).
Es posible que puedas reclamar a la administración local -por lo general, un ayuntamiento- que contrató al agente de policía. Estas demandas se denominan demandas Monell. Para presentar una demanda Monell, debes demostrar que una política o costumbre municipal es la "fuerza motriz" del uso excesivo de la fuerza.
Fuentes:
Fla. Stat. § 768.28 (2022); Fla. Stat. § 760.01, et seq. (2022); Fla. Stat. § 760.51 (2022).
(3) Contacta al Fiscal General de Florida
El Fiscal General puede iniciar una acción civil o administrativa por daños y perjuicios, medidas cautelares u otras medidas apropiadas en caso de infracción. Las acciones civiles se interpondrán en nombre del Estado y podrán interponerse en nombre de la persona perjudicada. Toda indemnización por daños y perjuicios corresponderá a la persona perjudicada.
Fuente:
e. ¿Puedo obtener los datos de identificación del policía para una futura denuncia?
Puede pedir las identificaciones de un policía, ya que es procedimiento del departamento que los agentes se identifiquen al iniciar cualquier contacto contigo. Sin embargo, no está claro si puedes solicitar cualquier otra información de identificación o si el departamento de policía puede mantener la identidad de los policías de forma confidencial.
La Ley Marsy es una reforma constitucional aprobada por los votantes de Florida en 2018. La ley otorga a las víctimas de delitos y a sus familias el derecho a ocultar sus nombres e información al público. Actualmente, el Tribunal Supremo de Florida está evaluando si la Ley de Marsy puede aplicarse para mantener confidencial la identidad de los policías. Antes de que se aprobara la Ley Marsy, si se producía un incidente en el que estaba implicado un agente de policía, cualquiera podía solicitar una copia del informe policial con el nombre del agente. A partir de ahí, se podía encontrar el historial disciplinario de ese policía, quejas de civiles, si había disparado a alguien en el pasado y otra información de identificación. Sin embargo, ahora se ocultan los nombres de los agentes y otros detalles correspondientes.
Fuente:
Fla. Const. Art. 1 § 16(b); Petitioner News Media Coalition's Reply Brief on the Merits; Victim Rights & Marsy's Law; MPD Departmental Order 11 § 1.7.
6. ¿Cómo saber si estás bajo arresto?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- Estás bajo custodia policial si no te sientes libre de abandonar la presencia de un agente, o si una persona cualquiera en tu lugar no se sentiría libre de abandonarla.
- Si ocurre lo siguiente, es probable que estés bajo arresto según la ley:
- un policía te espose;
- un policía te inmoviliza por la fuerza;
- un policía te sube al asiento trasero de un coche de policía; o
- un agente te informa sobre tus derechos.
- Un policía sólo tiene que informarte de tus derechos antes de interrogarte. Esto significa que un policía puede detenerte antes de informarte de tus derechos.
- Un arresto sin notificación de derechos sigue siendo un arresto válido; sólo puede significar que las pruebas obtenidas no sean admisibles posteriormente ante un tribunal.
a. ¿Qué pasa si no sé si estoy detenido?
Si te detienen y no sabes si estás detenido, tienes derecho a permanecer en silencio. Sin embargo, es posible que tengas que dar tu nombre si un agente cree que estás implicado en una actividad delictiva.
Un policía que realiza una detención debe informarle de que tiene autoridad para detenerle o de que se ha emitido una orden de detención contra usted. El policía también debe informarte de la causa del arresto; sin embargo, el policía no necesita informarte de la causa del arresto si huyes, te resistes por la fuerza o si darte la información pudiera poner en peligro el arresto. Si te detienen en virtud de una orden judicial, no es necesario que el policía tenga la orden en su poder en el momento de la detención, pero debe mostrartela tan pronto como sea posible si se la pides.
Tu derecho a permanecer en silencio es muy importante. Las declaraciones que las personas hacen a los policías antes de un arresto se utilizan a menudo contra los acusados en los tribunales. Optar voluntariamente por no hablar con la policía sobre un asunto penal no es un delito, por mucha presión que pueda sentir.
Incluso si eres inocente, es aconsejable permanecer en silencio hasta que hables con un abogado. Esto es particularmente cierto en cualquier situación en la que tengas alguna razón para creer que podrías ser un sospechoso potencial.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Fla. Stat. § 901.151 (2022); Fla. Stat. § 901.151 (2022); Fla. Stat. § 901.17 (2022); Fla. Stat. § 901.21 (2022); Fla. Stat. § 901.24 (2022).
b. ¿Cuál es la diferencia entre detención y arresto?
Detención
Con una detención, no estás bajo arresto, pero no eres libre de irte o consideras que no eres libre de irte. Un agente de policía puede detenerte temporalmente si cree razonablemente que has cometido, estás cometiendo o vas a cometer un delito. Pueden preguntarte tu nombre y hacer que permanezcas en el lugar, posiblemente en un coche de policía. Sin embargo, el policía sólo puede detenerte el tiempo que sea razonablemente necesario para investigar las circunstancias que le han llevado a creer eso.
Si el policía cree razonablemente que estás armado con un arma peligrosa, puede catearte, pero sólo en la medida necesaria para determinar si estás armado. El policía puede confiscar cualquier arma que encuentre durante el cateo. Si representas un riesgo para tu seguridad o la de los demás, puedes ser esposado. Esto no significa que hayas sido arrestado.
El agente de policía no puede sacarte de la zona a menos que tenga motivos fundados para detenerte o que aceptes marcharte voluntariamente. No estás obligado a irte con el policía si no has sido detenido. Después de la investigación, si hay causa probable para el arresto, el policía puede arrestarle. Si no hay causa probable para una detención, serás puesto en libertad.
Arresto
En un arresto, un agente de policía te pondrá bajo custodia. El policía debe informarte claramente de su autoridad para detenerte y comunicarte claramente que has sido detenido, a menos que huyas o te resistas por la fuerza a la detención antes de que puedan hacerlo.
En el momento de un arresto, el oficial de policía está obligado a leerte tus derechos Miranda. Los derechos Miranda incluyen el derecho a permanecer en silencio, el derecho a un abogado y el aviso de que cualquier cosa que digas podrá ser utilizada en tu contra ante un tribunal. También tienes derecho a conocer el delito o los cargos que se te imputan. Después de un arresto, el oficial de policía puede sacarte del lugar.
Si ha sido arrestado legalmente, el agente de policía puede catearte a ti y a la zona que te rodea inmediatamente para protegerse de un ataque, evitar que escapes y buscar pruebas de un delito. Los policías pueden confiscar todo lo que descubran durante esta inspección.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Fla. Stat. § 901.151 (2022); Fla. Stat. § 901.17 (2022); Fla. Stat. § 901.21 (2022); Fla. Stat. § 901.24 (2022).
c. ¿Si me esposan, significa que estoy arrestado?
No necesariamente. Un policía puede esposarte si cree que eres una amenaza inmediata para tu seguridad o la de los que te rodean.
El policía que realice un arresto debe informarte de su autoridad para arrestarte o de que se ha emitido una orden de arresto en tu contra. El policía también debe informarte de la causa de la detención, a menos que (i) huyas o te resistas por la fuerza antes de que el policía tenga la oportunidad de informarte; o (ii) darte la información ponga en peligro la detención. Si te detienen en virtud de una orden judicial, no es necesario que el policía tenga la orden en su poder en el momento de la detención, pero debe mostrártela tan pronto como sea posible si se la pides.
Fuentes:
Fla. Stat. § 901.151 (2022); Fla. Stat. § 901.17 (2022); Fla. Stat. § 901.21 (2022); Fla. Stat. § 901.24 (2022).
d. ¿Si mi libertad está restringida, significa que estoy bajo arresto?
No necesariamente. Un agente de policía puede detenerte temporalmente si cree razonablemente que has cometido, estás cometiendo o vas a cometer un delito. Pueden preguntarte tu nombre y hacer que permanezcas en el lugar, pero sólo durante el tiempo razonablemente necesario para investigar las circunstancias que les han llevado a esa creencia. Tras la investigación, el agente de policía debe arrestarte o ponerte en libertad. El policía no puede sacarte del lugar de los hechos a menos que hayas sido arrestado.
Un agente de policía que realice un arresto debe informarte de su autoridad para arrestarte o que se ha emitido una orden de arresto en tu contra. El policía también debe informarte de la causa de la detención, a menos que (i) huyas o te resistas por la fuerza antes de que el policía tenga la oportunidad de informarte; o (ii) darte la información ponga en peligro la detención. Si te detienen en virtud de una orden judicial, no es necesario que el policía tenga la orden en su poder en el momento de la detención, pero debe mostrártela tan pronto como sea posible si se lo pides.
Fuentes:
Fla. Stat. § 901.151 (2022); Fla. Stat. § 901.17 (2022); Fla. Stat. § 901.21 (2022); Fla. Stat. § 901.24 (2022).
7. Qué hacer tras ser advertido de tus derechos

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- Puedes hacer uso de tu derecho de guardar silencio o de cualquiera de tus otros derechos (por ejemplo, el derecho a un abogado) diciendo que quieres hacer uso de ese derecho.
- También puedes renunciar a tus derechos (es decir, no utilizarlos) diciendo, por ejemplo: "Sí, entiendo mis derechos pero estoy dispuesto a hablar contigo". No es buena idea hacerlo sin la presencia de un abogado.
- Asegúrate de que sabes lo que haces al renunciar a tus derechos.
a. ¿Cómo cambiarían las cosas si la policía me lee mis derechos?
Si te han detenido, tienes tus derechos Miranda, se te hayan leído o no. Estos incluyen el derecho a permanecer en silencio y el derecho a un abogado. Debes declarar afirmativamente que estás invocando tu derecho a permanecer en silencio y debes pedir un abogado. Si le leen sus derechos Miranda y decide hablar con la policía, cualquier declaración que haga puede ser utilizada como prueba en su contra.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966).
b. ¿Importa dónde me encuentre cuando la policía me lea mis derechos? (calle, estación, coche de policía, etc.)
No. Sin embargo, si te detienen y no te leen tus derechos, cualquier declaración que hagas entre el momento de la detención y cuando te lean tus derechos puede no ser admisible en el tribunal.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. IV; U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); MDPD Handbook - Legal Guidelines - Search and Seizure.
8. Interrogatorio policial

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- No estás obligado a declarar, responder a las preguntas de la policía ni participar en una investigación policial, y nunca tienes que ir a ningún sitio con la policía a menos que te hayan arrestado.
- Si la policía te ha arrestado y eres menor de 18 años, la policía está obligada a avisar inmediatamente a tus padres, cuidador o tutor legal.
a. ¿Estoy obligado a declarar?
No. Si los agentes de policía creen razonablemente que has cometido, estás cometiendo o vas a cometer un delito, debes identificarte. De lo contrario, puede permanecer en silencio.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Fla. Stat. § 901.151 (2022).
b. ¿La policía debe avisar a mi tutor?
En general, se recomienda notificar y obtener el consentimiento de los padres o tutores del menor. Sin embargo, la policía puede interrogar a un menor sin obtener el consentimiento de sus padres o tutores si el menor es capaz de comprender sus derechos. El interrogatorio bajo custodia de un menor también puede tener una norma diferente en lo que se refiere a proporcionar las advertencias Miranda al menor bajo custodia.
Fuentes:
J.D.B. v. North Carolina, 131 S.Ct. 2394 (2011); MDPD Handbook - Legal Guidelines - Juveniles.
c. ¿Debo confesar?
No. Tienes derecho a permanecer en silencio y no puedes ser castigado por negarte a contestar preguntas. Sin embargo, se espera de ti que te identifiques ante los policías de Florida cuando te detengan como sospechoso de un delito o de una infracción de tráfico. Si deseas permanecer en silencio, díselo al agente en voz alta.
Si decides dar información a un agente de policía relacionada con cualquier delito, no puedes mentir. Dar información falsa intencionadamente en relación con la presunta comisión de cualquier delito es un delito menor. Si decides dar información a un agente de policía que está investigando un caso de personas desaparecidas o un delito grave, dar información falsa intencionadamente con la intención de engañar al agente o impedir la investigación es un delito menor de primer grado.
Si proporcionas información falsa, puedes ser acusado de falso testimonio y ser objeto de multas y/o penas de prisión. Las multas y/o el tiempo de encarcelamiento dependen del tipo de delito que se esté investigando. La retractación es una defensa sólo si ocurre durante el mismo procedimiento continuo y la declaración falsa no ha afectado sustancialmente el procedimiento o se hace antes de que sea evidente que la declaración falsa ha sido o será expuesta.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Fla. Stat. § 837.05 (2022); Fla. Stat. § 837.055 (2022); Fla. Stat. § 837.07 (2022); Fla. Stat. § 901.36 (2022); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
d. ¿A qué adultos puedo pedir que me acompañen?
Puedes pedir que estén presentes tu tutor legal y tu abogado. Si te detienen, tu tutor legal y tu abogado deben participar en cada paso del proceso, si es posible.
Fuente:
MDPD Handbook - Legal Guidelines - Juveniles.
e. ¿Con quién tiene que ponerse en contacto la policía si soy menor de edad?
Cuando un menor es puesto bajo custodia, la persona que lo custodia debe intentar notificar al padre o tutor del menor. La persona que tenga al menor bajo custodia deberá continuar con dicho intento hasta que se notifique al padre o tutor del menor o hasta que el menor sea entregado al departamento en virtud de Fla. Stat. §§ 985.14 y 985.145, lo que ocurra primero. Si el niño es entregado al departamento antes de que el padre o tutor sea notificado, el departamento continuará el intento de notificar hasta que el padre, tutor o custodio legal del niño sea notificado. Tras la notificación, el padre, la madre o el tutor legal deberá proporcionar los datos de identificación, incluidos el nombre, la dirección, la fecha de nacimiento, el número de la seguridad social y el número del permiso de conducir o de la tarjeta de identificación del padre, la madre o el tutor legal a la persona que se haga cargo de la custodia del menor o al departamento.
Fuente:
9. ¿Cómo y cuándo debo ponerme en contacto con un abogado?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- Siempre debes ponerte en contacto con un abogado antes de hacer cualquier declaración a alguien en un caso o investigación penal.
- Esto es aplicable incluso si te dicen que (i) los agentes de policía solo quieren interrogarte y/o (ii) solo eres un testigo.
- Aunque tienes que esperar a comparecer ante el tribunal para que te designen un abogado si no puedes pagarte uno, debes pedir un abogado en cuanto te interrogue o te arreste la policía. Si te arrestan, tienes derecho a permanecer en silencio y a no hablar hasta que tu abogado esté presente.
a. ¿Qué pasa si sólo soy un testigo?
Normalmente se permite a los testigos reunirse y comunicarse con los abogados antes y después de testificar. Además, aunque no existe ninguna ley en Florida que prohíba a los testigos comunicarse con un abogado durante su testimonio, hay opiniones encontradas al respecto. Algunos consideran que no es ético, alegando que el abogado está entrenando al testigo. Por lo tanto, comunicarse con un abogado durante el testimonio debe tomarse caso por caso, dependiendo de la razón por la que el testigo necesita comunicarse.
Fuente:
10. ¿Tiene la policía que decir siempre la verdad?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
- No. La policía puede mentirte en el curso de una investigación, incluso sobre la solidez del caso que tienen contra ti y las pruebas concretas que tienen en su poder.
- A veces la policía miente para intentar que hables más.
a. ¿Puede mentirme la policía?
Sí. Los agentes de policía pueden mentirte, hasta cierto punto. Pueden mentirte sobre los hechos de una situación, pero no pueden crear pruebas físicas falsas en apoyo de una mentira.
Para ayudar a explicarlo, los agentes de policía pueden mentirte sobre (i) si alguien detenido contigo confesó; (ii) si han hablado con tus amigos o familiares; (iii) si pueden facilitarte las cosas; y (iv) la existencia de pruebas.
Los agentes de policía no pueden crear pruebas falsas y presentártelas. Por ejemplo, un agente de policía puede decirte que encontraron tus huellas en el lugar de los hechos, pero no puede enseñarte una tarjeta de huellas dactilares y decirte que esas son tus huellas del lugar de los hechos.
Fuente:
Frazier v. Cupp, 394 U.S. 731 (1969); State v. Cayward, 552 So. 2d 971 (Fla. Dist. Ct. App. 1989).
b. ¿Tengo que decir la verdad a la policía?
Sí. Si decides dar información a un agente de policía relacionada con cualquier delito, no puedes mentir.
Tienes siempre derecho a permanecer en silencio y no puedes ser castigado por negarte a contestar preguntas. Sin embargo, se espera de ti que te identifiques ante los policías de Florida cuando te detengan como sospechoso de un delito o de una infracción de tráfico. Si quieres permanecer en silencio, díselo al agente en voz alta.
Si decides dar información a un agente de policía relacionada con cualquier delito, no puedes mentir. Dar información falsa conscientemente sobre la presunta comisión de cualquier delito es un delito menor. Si decides dar información a un agente de policía que está investigando un caso de personas desaparecidas o un delito grave, dar información falsa a sabiendas con la intención de engañar al policía o impedir la investigación es un delito menor de primer grado.
Si proporcionas información falsa, puedes ser acusado de perjurio y ser objeto de multas y/o penas de prisión. Las multas y/o el tiempo de prisión dependerán del tipo de delito que se investigue. La retractación es una defensa sólo si se produce durante el mismo procedimiento continuo y la declaración falsa no ha afectado sustancialmente al procedimiento o se hace antes de que quede claro que la declaración falsa ha sido o será expuesta.
Fuentes:
U.S. Const. Amend. V; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Fla. Stat. § 837.05 (2022); Fla. Stat. § 837.055 (2022); Fla. Stat. § 837.07 (2022); Fla. Stat. § 901.36 (2022); Know Your Rights: If You Are Approached or Arrested by Law Enforcement (Police, Immigration Agents, or FBI) | ACLU of Florida (aclufl.org).
11. ¿Cómo presento una queja si tengo dudas o creo que se han vulnerado mis derechos?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
Puedes presentar una queja sobre la Policía de Miami visitando o llamando a cualquier estación de policía de Miami Dade. También puedes enviar un correo electrónico al Departamento a pcbinfo@mdpd.com o enviar una queja por correo postal a:
Departamento de Policía de Miami Dade
Miami Dade Police Department
Oficina de Cumplimiento Profesional
18805 NW 27th Avenue
Miami Gardens, FL 33056-3154.
Todas las quejas pueden presentarse de forma anónima.
Fuente:
Miami-Dade Police Department Professional Compliance Bureau Brochure.
12. ¿Qué pasa si creo que he sido víctima de discriminación o racismo?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
Consulta las respuestas a los números 11 y 13.
13. ¿Cómo puedo responder a circunstancias que impliquen discriminación?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
Los agentes de policía no pueden discriminarte por motivos de raza, sexo u orientación sexual. Si crees que has sido objeto, por ejemplo, de detenciones o controles de tráfico (aunque no acaben en arresto) a causa de tu raza, sexo, orientación sexual u otras características que te identifiquen, puedes tener derecho a demandar al departamento de policía.
Si crees que la detención es injustificada, puedes (1) presentar una queja contra el policía; (2) demandar al policía, a la agencia o a la comunidad que emplea al policía; o (3) ponerte en contacto con el Fiscal General de Florida para emprender una acción contra el policía.
(1) Presentación de una denuncia
Todas las autoridades policiales y penitenciarias están obligadas a establecer y poner en marcha un sistema para recibir, investigar y tramitar las quejas. El proceso será específico para cada departamento que emplee al funcionario. La oficina deberá, en un plazo de 5 días laborables, remitir la queja al organismo empleador del funcionario objeto de la queja para su revisión o investigación.
Fuentes:
Fla. Stat. § 112.533(1)(a) (2022); Fla. Stat. § 112.533(1)(b)(1) (2022).
(2) Demandar al policía, a la autoridad o a la comunidad
Puedes demandar a un agente de policía si éste ha cometido una falta que vulnera tus derechos constitucionales. Entre los ejemplos de conducta policial que podrían clasificarse como mala conducta se incluyen la brutalidad policial, la elaboración de perfiles raciales, la detención ilegal, la coacción, el encarcelamiento, el abuso de autoridad y la agresión sexual o física.
El acoso es un tipo común de reclamación por mala conducta. El acoso incluye un patrón de comportamiento por parte de los policías o de todo el departamento, como (i) vigilarte o espiarte ilegalmente; (ii) hacer comentarios racistas, homófobos o sexistas; (iii) o utilizar perfiles raciales.
Un segundo tipo común de violación policial es la violación de la Cuarta Enmienda. Tus derechos de la Cuarta Enmienda incluyen la protección contra inspecciones o confiscaciones injustificadas. Los oficiales de policía son clasificados como agentes del gobierno y por lo tanto, deben adherirse a todo lo enumerado en la Cuarta Enmienda. Cuando un policía viola tus derechos de la Cuarta Enmienda, como arrestarte sin causa justificada o inspeccionar tu casa sin una orden válida, puede afectar el resto de cualquier caso penal en tu contra y puede ser objeto de su propia demanda.
La discriminación es otro tipo común de mala conducta policial. La discriminación es similar al acoso, pero la conducta inapropiada estará basada en el sexo, el género, la etnia, la raza o la orientación sexual, lo que indica que este comportamiento forma parte de una pauta general.
La mayoría de los casos de uso excesivo de la fuerza por parte de la policía se presentan ante un tribunal federal en virtud de la ley federal 42 U.S.C. § 1983. En algunas jurisdicciones, puedes presentar una demanda contra el agente de policía supervisor por el uso excesivo de la fuerza por parte de su subordinado. Esto se llama "responsabilidad del supervisor". Aunque el Tribunal Supremo ha sugerido que la responsabilidad de supervisión puede no existir en virtud del artículo 1983, la mayoría de los tribunales inferiores siguen reconociendo al menos alguna forma limitada de la teoría. Pero difieren mucho en sus puntos de vista.
Es posible que puedas reclamar a la autoridad local -por lo general, un municipio- que contrató al agente de policía. Son las llamadas demandas Monell. Para presentar una demanda Monell, debes poder demostrar que una política o costumbre municipal es la "fuerza determinante" del uso excesivo de la fuerza.
Fuentes:
Fla. Stat. § 768.28 (2022); Fla. Stat. § 760.01, et seq. (2022); Fla. Stat. § 760.51 (2022).
(3) Contacta al Fiscal General de Florida
El Fiscal General puede emprender acciones civiles o administrativas por daños y perjuicios, medidas cautelares u otras medidas apropiadas en caso de infracción. Toda acción civil se interpondrá en nombre del Estado y podrá interponerse también en nombre de la persona perjudicada. Cualquier indemnización por daños y perjuicios obtenida en virtud de este artículo corresponderá a la persona perjudicada.
Fuente:
14. ¿Qué puedes hacer si la policía realiza una inspección indebida? ¿O si me han detenido indebidamente?

Informacion Sugerida
Es importante seguir estos consejos:
Los agentes de policía no pueden catearte sin una razón válida, por ejemplo (i) sospecha razonable de que posees un arma peligrosa, (ii) causa probable de que has cometido un delito, (iii) los agentes de policía tienen una orden de arresto contra ti, o (iv) das tu consentimiento para el registro.
Los agentes de policía tampoco pueden someterte a un cateo personal al desnudo, a menos que tengan motivos fundados para creer que ocultas un arma, una sustancia controlada o bienes robados. Los cateos al desnudo también deben ser realizados por una persona del mismo sexo que la persona detenida y en un lugar donde el cateo no pueda ser observado por personas que no estén realizando el cateo ni observando el cateo. Los observadores también deben ser del mismo sexo que la persona detenida. Los registros de las cavidades corporales deben realizarse en condiciones higiénicas.
Si crees que has sido objeto de un cateo indebido, puedes contratar a un abogado para que te ayude a determinar si el cateo fue indebido. Si has sido detenido como consecuencia del cateo, tienes derecho a un abogado. Si tú y tus padres o tutor no pueden pagar un abogado, se te asignará uno.
Puedes presentar una queja contra la Policía de Miami visitando o llamando a cualquier comisaría de Miami Dade. También puedes enviar un correo electrónico al Departamento a pcbinfo@mdpd.com o enviar una queja por correo postal a:
Miami Dade Police Department
Professional Compliance Bureau
18805 NW 27th Avenue
Miami Gardens, FL 33056-3154.
All complaints may be submitted anonymously.
Fuentes:
Fla. Stat. § 901.211 (2022); Fla. Stat. § 901.24 (2022).