1. Me detuvo la policía en la calle, ¿y ahora qué?

Información propuesta
Es importante seguir este consejo:
- Mantén la calma. No es buena idea correr. Habla con cuidado y claridad. Todo lo que tú digas puede usarse en tu contra en la corte.
- No es buena idea tocar a los oficiales. Mantén tus manos donde la policía pueda verlas.
- No es buena idea resistirse, aunque seas inocente o pienses que la policía está actuando de manera injusta o ilegal.
a. ¿Puede la policía arrestarte por negarte a responder sus preguntas?
No. Tú tienes el derecho de permanecer callado y no estás obligado a responder a las preguntas hechas por el oficial policial. Cooperar con la policía puede ayudar a la situación contestando preguntas básicas (como tu nombre y la información donde podemos contactar a tus padres), pero no estás obligado a hablarle a la policía.
People v. Dunbar, 22 N.Y.3d 1100 (2014)
Florida v. Royer, 460 U.S. 491, 497 (1983)
Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)
b. ¿Qué si los oficiales no se identifican?
En la ciudad de Nueva York, un oficial debe identificarse. Si no es así, puedes pedir más información. Los oficiales también deben explicar por qué están hablando contigo. Cuando el oficial de policía termine de hablar contigo, debe darte una tarjeta de presentación.
https://www1.nyc.gov/site/ccrb/complaints/right-to-know-act.page
c. ¿Qué pasa si un oficial comienza a hablarme, pero no me ordena que haga nada?
Tienes el derecho constitucional a guardar silencio. Incluso si no te sientes libre de alejarte del oficial, no es necesario que hables con él. No te puede castigar por negarte a responder una pregunta. Puedes preguntarle al oficial si estás bajo arresto o detenido. Si el oficial dice que no, tienes derecho a retirarte y a no responder más preguntas.
Recuerda: no hables mal de un oficial de policía ni huyas, incluso si crees que lo que está sucediendo no es razonable. Eso podría conducir a tu arresto. Mantén la calma, mantén las manos visibles (no en los bolsillos) y trata de mantener la situación en calma.
Florida v. Royer, 460 U.S. 491, 497 (1983)
https://www1.nyc.gov/site/ccrb/investigations/nypd-patrol-guide.page
https://www1.nyc.gov/assets/ccrb/downloads/pdf/investigations_pdf/pg212-11-stop-frisk.pdf
d. ¿Qué pasa si el oficial no está uniformado ni identificado como oficial pero creo que lo es?
Puedes pedirle al oficial que te muestre su placa y se identifique primero. Si no tienen su placa y no puede identificarse, puedes permanecer en silencio y no compartir ninguna información que pueda causarte problemas.
Según la Ley de Derecho a Saber, si el oficial cree razonablemente que hay una actividad delictiva, los agentes deben identificarse y ofrecer una tarjeta de presentación con su nombre y número de placa.
Puedes encontrar más información en el siguiente enlace:
https://legistar.council.nyc.gov/LegislationDetail.aspx?ID=1681129&GUID=F650527A-AA60-49DB-8A02-97E9C4A0CBDE; https://www1.nyc.gov/site/ccrb/complaints/right-to-know-act.page
e. ¿Puedo decirle a la policía que no quiero hablar sin un abogado?
Sí. Tienes el derecho constitucional a permanecer en silencio. También tienes derecho a tener un abogado presente cuando la policía te interrogue y puedes decírselo a la policía. Si no tienes dinero para pagar a un abogado, el gobierno debe buscarte uno. La policía debe cumplir con tu solicitud de esperar a un abogado y dejar de interrogarte, si lo pides.
Miranda v Arizona, 384 US 436, 467 (1966)
People v. Dunbar, 22 N.Y.3d 1100 (2014)
In re Gault, 387 U.S. 1 (1967)
f. ¿Estoy resistiendo si me siento?
El sentarse o quedarse inerte, sin ninguna otra acción, no es considerado resistencia al arresto. Asegúrate de que tus manos estén visibles y vacías, y no hagas ninguna acción que pueda considerarse como un maltrato o un intento de maltratar a un oficial.
Es contra la ley impedir o intentar impedir que un oficial de policía te arreste, incluso si crees que eres inocente. Resistirse activamente al arresto puede resultar en otros cargos penales en tu contra. Algunos ejemplos de resistencia activa al arresto incluyen:
- Alejarse de los agentes policiacos
- Escupir
- Pelear, empujar
People v. McDaniel, 154 Misc. 2d 89 (N.Y. App. Term 1992) (Los acusados que se sentaron y se quedaron quietos después de ser arrestados por participar en una manifestación antiaborto, requiriendo que la policía se los llevara cargando, no podían ser condenados por resistirse al arresto u obstrucción de la administración gubernamental en segundo grado ya que su conducta no impidió que la policía llevara a cabo el arresto autorizado).
g. Si estoy en un grupo y me detienen, y algunos chicos corren, ¿puedo correr?
No recomendamos huir, incluso si tus amigos huyen. Mantén la calma y pregúntale a la policía si puedes irte. Huir de la policía podría empeorar la situación o darle a la policía una razón para usar la fuerza.
Tennessee v. Garner, 471 U.S. 1 (1985)
NY Penal Law § 270.25 (Intentar huir en un vehículo motorizado puede ser ilegal).
h. ¿Puedo decirles a otros (a mis hermanos, por ejemplo) que corran?
Si le dices a otra persona que corra, te pueden acusar de resistencia al arresto.
i. Si el idioma del agente de policía no es mi primer idioma, ¿puedo decírselo sin renunciar a mis derechos?
En Nueva York, para renunciar a tus derechos, tus palabras o acciones deben demostrar que renunciaste a tus derechos Miranda de manera consciente, inteligente y voluntaria. Decirle al oficial que no lo entiendes no significa que renuncias a tus derechos.
Ejemplo: si le dices al agente de policía que no lo entiendes porque el inglés no es tu primer idioma y simplemente te detienes en eso, no estás renunciando a tus derechos Miranda.
https://www1.nyc.gov/site/ccrb/complaints/right-to-know-act.page#:~:text=Right%20to%20Know%20Act%20overview&text=The%20first%20outlines%20New%20York,the%20beginning%20of%20certain%20interactions ("Como se requiere en todos los casos, incluso cuando buscan el consentimiento para registrarte, los agentes reciben instrucciones de utilizar servicios de interpretación de idiomas de conformidad con el plan de acceso lingüístico del Departamento de Policía de Nueva York antes del registro. Esto puede incluir el uso de agentes bilingües e interpretación telefónica").
People v Tan Lin Jhu, 2018 NY Slip Op 50752
j. Si no hice nada, ¿pueden detenerme?
Sí. La policía puede pararte y detenerte brevemente solo si existe una sospecha razonable de que cometiste, estás cometiendo o estás a punto de cometer un delito. Si no hiciste nada, la policía puede detenerte incluso si sólo tienen una sospecha razonable de que puedes estar involucrado en un delito. Debes preguntar si estás bajo arresto o eres libre de irte.
2. ¿Cuándo puede la policía registrarme a mí y a mis alrededores?

Información Propuesta
Es importante seguir los siguientes consejos:
- Tienes el derecho a negarte a que te registren
- Tienes el derecho a negarte a que registren tu carro, casa o tus alrededores.
- No te pueden arrestar por rehusarte a que te registren sin una orden judicial.
- Una orden judicial es una orden de la corte, por lo que no tienes más opción que dar tu consentimiento
a. ¿Qué pasa si un agente de policía quiere registrar mi teléfono?
La policía no puede registrar tu teléfono sin una orden judicial o sin tu consentimiento permitiéndoles a registrar tu teléfono. Tienes derecho a decirles que no si piden revisar tu teléfono.
Riley v. California, 573 U.S. 373
b. ¿Qué pasa si un policía me pide la contraseña de mi teléfono?
No estás obligado a proporcionar a la policía la contraseña de tu teléfono. Generalmente, es una buena idea proteger tu teléfono con una contraseña y mantenerlo fuera de la vista de la policía.
Aun si te arrestan, la policía debe obtener primero una orden judicial (una orden de la corte firmada por un juez) antes de registrar o conectarse en tu teléfono.
Riley v. California, 573 U.S. 373 (2014)
New York Electronic Communications Privacy Act (NY-ECPA, A1895A/S6044)
c. ¿Qué pasa si me dicen que les dé mi contraseña u otro acceso a mi teléfono?
En Riley v. California, la Corte Suprema determinó que cuando los agentes del orden confiscan un teléfono celular en relación con un arresto legal, primero deben obtener una orden judicial antes de registrar el teléfono. En Nueva York aún no se han tomado decisiones similares, así que puede que aún te encuentres con agentes que intenten obligarte a permitirles acceder a tu teléfono. En esta situación, debes acceder a darles tu teléfono, pero afirmar con calma que no das tu consentimiento para el registro.
Riley v. California, 573 U.S. 373 (2014)
d. ¿Si no estoy arrestado, tengo que darles la contraseña de mi dispositivo si me la exigen? ¿Que si simplemente me lo piden?
No es necesario que le des a la policía la contraseña de tu dispositivo. La policía necesita una orden judicial para acceder a tu teléfono.
Riley v. California, 573 U.S. 373 (2014)
New York Electronic Communications Privacy Act (S4996)
e. ¿Qué herramientas puede utilizar la policía para registrarme? ¿Qué tecnología? (Reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsqueda de huellas dactilares, etc.)
La policía puede monitorear cualquier cosa que la gente expone conscientemente al público con muchos tipos diferentes de tecnología. El uso policial de tecnología que generalmente no está disponible para el público requiere una orden judicial (una orden de la corte firmada por un juez). La policía también necesita una orden judicial para obtener la información de seguimiento GPS de tu teléfono.
Katz v. United States, 389 U.S. 347 (1967)
Kyllo v. United States, 533 U.S. 27 (2001) (El uso de un dispositivo de imágenes térmicas necesitaba una orden judicial).
United States v. Jones, 565 U.S. 400 (2012)
Carpenter v. United States, 138 S. Ct. 2206 (2018) ("La mayoría de este tribunal ya ha reconocido que los individuos tienen una expectativa razonable de privacidad en todos sus movimientos físicos").
f. ¿Pueden registrar mi mochila u otro artículo que llevo?
La policía puede registrar tu mochila u otros artículos que estén cerca de ti si:
- estas siendo arrestado
- Tienen una orden judicial (orden judicial firmada por un juez) para registrarlo.
- das tu consentimiento y dices que está bien que te registren
Si estás en el metro, tienes el mismo derecho a negarte a que la policía te registre a ti y a tus pertenencias. Sin embargo, es posible que debas detener tu viaje y abandonar el sistema MTA. Si el oficial de policía dice que tiene una orden judicial, pida verla.
https://www.smileylaw.com/blog/police-authorized-to-inspect-bag-right-to-refuse
https://www.nyclu.org/en/know-your-rights/what-do-if-youre-stopped-police
g. ¿Pueden tomar mi foto o grabarme?
Sí. Como derecho constitucional, cualquiera puede tomar fotografías y videos de cosas que sean visibles en espacios públicos.
h. ¿Pueden preguntarme adónde voy y por qué?
Sí, pueden preguntarte. Pero no tienes que responder. Tienes el derecho constitucional a permanecer en silencio. Si deseas ejercer tu derecho a permanecer callado, decirlo en voz alta no significa que estés renunciando a tu derecho a permanecer en silencio. El oficial no tiene que decirte por qué te está pidiendo esa información.
https://www1.nyc.gov/assets/ccrb/downloads/pdf/investigations_pdf/pg212-11-stop-frisk.pdf
3. Razones por las que la policía puede detenerte o arrestarte

Información Propuesta
Es importante seguir los siguientes consejos:
- La policía puede arrestarte porque sospecha que estás cometiendo (o has cometido) una violación de la ley, o si sospecha que actualmente tienes pruebas de un delito.
- A veces la policía tiene una orden de arresto. Debes tener claro qué tipo de orden judicial te están presentando, si ese es el caso.
- Es bueno revisar detenidamente cualquier documento policial/orden judicial para asegurarse de comprender qué está cubierto exactamente.
- Si te arrestan, te pueden acusar de un delito grave a un delito más grave (con una posible pena de cárcel de un año o más), un delito menor por un delito menos grave (con una pena de cárcel de menos de un año) o una infracción.
- Si la policía te arresta, también tienen derecho a registrarte. Cualquier cosa que encuentren durante esta búsqueda pueden usarlo como prueba en tu contra.
a. ¿Qué pasa si no hice nada ilegal? ¿Debo hablar con la policía y responder las preguntas?
Ya sea que hayas hecho algo ilegal o no, tienes el derecho constitucional a permanecer callado. Siempre puedes pedir hablar con un abogado, incluso si la policía no te ha arrestado. Responder preguntas básicas (como tu nombre, los nombres e información de contacto de tus padres y tu edad) puede ayudar durante un encuentro tenso con la policía.
Miranda v Arizona, 384 US 436, 467 (1966)
In re Gault, 387 U.S. 1 (1967)
b. ¿Qué pasa si algo que me dicen sobre una investigación es incorrecto? ¿Debo corregirlos?
Tienes el derecho constitucional a no responder preguntas, incluso si la policía está investigando un delito. Podría reducir la tensión darle al oficial de policía información básica (tu nombre, edad, información de contacto de tus padres). Si uno de tus padres o tutor legal te ha hecho daño, puedes solicitar hablar con los Servicios de Protección Infantil (CPS). También puedes solicitar que un abogado te represente si tu padre, tutor legal u otro adulto te ha hecho daño.
Los agentes de policía pueden mentirte u ocultarte información. Si estás detenido, probablemente la mejor opción sea pedir por tu abogado y permanecer callado.
No es necesario que corrijas a la policía. Es tu decisión decidir corregirlos. Si sabes que otra persona tiene la intención o el plan de cometer un delito muy grave, o que ya cometió este crimen, se te puede acusar del delito de ocultar información. Si te preocupa que puedas estar en esta situación, puedes preguntarle a un adulto, a tus padres o a un abogado de confianza.
https://www.wklaw.com/knowing-about-a-crime-and-not-saying-anything/
In re Gault, 387 U.S. 1 (1967)
https://www.nysenate.gov/newsroom/in-the-news/michael-gianaris/police-routinely-read-juveniles-their-miranda-rights-do-kids; Miranda v Arizona, 384 US 436, 467 (1966)
c. ¿Qué pasa si un oficial comienza a hablarme, pero no me ordena que haga nada?
Tienes el derecho constitucional a permanecer en silencio, incluso si no te sientes libre de alejarte del oficial. Es una buena idea hablar con un abogado antes de responder las preguntas de la policía. Puedes responder preguntas básicas para no agravar la situación, pero debes entender que cualquier cosa que digas puede eventualmente usarse en tu contra.
https://www.aclu.org/know-your-rights/what-do-when-encountering-law-enforcement-questioning
d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con ellos si no me dicen que estoy bajo arresto y después de que me informan que estoy bajo arresto?
No te pueden arrestar por negarte a responder preguntas; sin embargo, la policía puede usar cualquier información que obtenga de ti antes del arresto para determinar si el arresto es apropiado. Esas declaraciones también podrán utilizarse después ante los tribunales. Si te arrestan, tus respuestas también pueden usarse en tu contra en el tribunal.
http://www.mirandarights.org/prearrestquestioning.html
https://www.aclu.org/know-your-rights/stopped-by-police#ive-been-stopped-by-the-police-in-public
4. La diferencia entre la policía DICIENDOME qué hacer y pidiéndome a que haga algo.

a. ¿Cuál es la diferencia entre la policía decidiendo a registrarme a mí o a mis pertenencias (teléfono, persona, mochila) y yo aceptando el registro?
Tienes el derecho constitucional a no ser registrado por la policía. Este derecho sólo podrá perderse en dos situaciones:
- Si el oficial de policía tiene una buena razón para registrarte a ti, tu teléfono o tu mochila. Algunos ejemplos de situaciones en las que un oficial de policía puede registrarte sin tu consentimiento:
- Si tienen una orden judicial (una orden de la corte firmada por un juez) que les permita registrarte
- Si has sido arrestado.
- Si tú u otra persona le dice al oficial que tiene un arma, o si tienes algo que se parece a un arma en tu mano o en el bolsillo.
- Si renuncias a ese derecho al aceptar que el agente de policía te registre. Si un oficial pide tu consentimiento para realizar un registro, probablemente sea porque no tiene derecho a realizar un registro sin tu consentimiento. Un oficial no puede arrestarte simplemente porque te niegas a dar tu consentimiento a que te registre.
https://www1.nyc.gov/site/ccrb/investigations/nypd-patrol-guide.page
https://www1.nyc.gov/assets/ccrb/downloads/pdf/investigations_pdf/pg212-11-stop-frisk.pdf
https://www1.nyc.gov/assets/ccrb/downloads/pdf/investigations_pdf/pg208-05-strip-search.pdf
b. ¿Qué pasa si me dicen que les dé información en lugar de que ellos me la pidan y yo les dé respuestas voluntariamente?
Ya sea que te arresten o no, tienes el derecho constitucional a permanecer callado. Si respondes a las preguntas de la policía antes de cualquier arresto, esas respuestas pueden usarse para determinar si es posible arrestarte. Si respondes preguntas de la policía después de ser arrestado, pueden considerar que estas renunciando voluntariamente a tu derecho a permanecer en silencio y esas respuestas pueden usarse en el tribunal en tu contra. Es importante hablar con un abogado antes de responder las preguntas de la policía después de un arresto.
https://www.aclu.org/know-your-rights/stopped-by-police#ive-been-arrested-by-the-police
5. ¿Necesita la policía una orden judicial para arrestarte?

Información Propuesta
Es importante seguir este consejo:
- No. Los agentes de policía pueden arrestarte legalmente sin una orden judicial en varias circunstancias:
- Cuando el delito se cometa delante de los agentes policiales; o
- Cuando el oficial tiene causa probable (razón para sospechar) de que el sospechoso cometió un delito grave, ya sea que el acto se haya cometido frente a él o no.
a. Si no hice nada, ¿pueden detenerme?
No. La policía puede detenerte y preguntarte sobre un presunto delito cuando tenga una "sospecha razonable" de que se ha cometido un delito. Para "arrestarte", los agentes de policía necesitan algo más que una sospecha razonable; más bien, requieren "causa probable" según la Cuarta Enmienda, o en otras palabras, cuando existe una base razonable para creer que se puede haber cometido un delito o cuando hay pruebas del delito en el lugar que se va a registrar. Si no sabes si puedes irte, pregúntale al oficial de policía si estás bajo arresto o si puedes irte.
b. ¿Puedo preguntar por qué me detuvieron?
Sí. Pregunta si estás bajo arresto o si puedes irte. En la ciudad de Nueva York, los agentes deben identificarse y decirte por qué te detuvieron.
https://www.nyclu.org/en/know-your-rights/what-do-if-youre-stopped-police
c. ¿Puedo defender a otro joven detenido por la policía si nos detienen juntos?
Si respondes preguntas de la policía antes de un arresto, pueden considerar tus respuestas fueron entregadas voluntariamente a la policía, y esas respuestas pueden usarse para determinar si tu o tu amigo deben ser arrestados. Si hay un arresto, esas respuestas pueden usarse como prueba durante el juicio. Debes invocar tu derecho a permanecer en silencio y solicitar hablar con un abogado antes de responder preguntas de la policía que no sean aquellas sobre información básica (como tu nombre, dirección e información de contacto de tus padres).
http://www.mirandarights.org/prearrestquestioning.html
d. Si creo que me detuvieron injustificadamente, ¿qué puedo hacer?
Coopera con la policía para no agravar la situación, pero recuerda que debes invocar tu derecho a permanecer en silencio si te hacen preguntas sobre cualquier cosa que no sea información básica (como tu nombre, dirección y la información de contacto de tus padres). Debes escribir lo que recuerdas sobre la interacción, incluidos los números de placa, los números de los patrulleros y para qué agencia en particular trabajan esos oficiales. Si hay alguien más que haya presenciado el evento, debes intentar obtener su información de contacto.
En Nueva York, si crees que se han violado tus derechos, puedes presentar una queja ante la Junta de Revisión de Quejas Civiles (CCRB) en línea o llamando al 800-341-2272.
e. ¿Puedo obtener la información de identificación del oficial para una queja futura?
Sí, la Ley de Derecho a Saber te da el derecho de solicitar una tarjeta de presentación al final de una interacción con su nombre y número de placa, y la policía está obligada a proporcionártela. En algunas interacciones, se les exige que proporcionen esa información sin que la solicites.
Si un oficial se niega a proporcionarte una tarjeta de presentación cuando la requieres o cuando la solicitas, presenta una queja ante la Junta de Revisión de Quejas Civiles de la Ciudad de Nueva York.
6. ¿Cómo saber si estás bajo arresto?

Información Propuesta
Es importante seguir este consejo:
- Estás bajo custodia policial si no te sientes libre de abandonar la presencia de un oficial, o si una persona razonable en tu situación no se sentiría libre de irse.
- Si sucede lo siguiente, es probable que estés bajo arresto según la ley.
- Un oficial te esposa;
- Un oficial te sostiene por la fuerza;
- un oficial te mete en el asiento trasero de un coche de policía; o
- Un oficial te advierte sobre tus derechos.
- Un agente sólo tiene que advertirte de tus derechos antes de que la policía te interrogue. Esto significa que un oficial puede arrestarte antes de advertirte sobre tus derechos.
- Un arresto sin advertencias de derechos sigue siendo un arresto válido; simplemente puede significar que las pruebas recopiladas no serán admisibles en el tribunal más adelante.
a. ¿Qué pasa si no sé si estoy bajo arresto?
Debes preguntar si estás bajo arresto o eres libre de irte.
b. ¿Cuál es la diferencia entre detención y arresto?
La policía solo puede detenerte por un tiempo limitado para determinar si se está cometiendo, se cometió o está a punto de cometerse un delito. Sólo podrán detenerte por un período de tiempo razonable según las circunstancias particulares de los hechos. Si te arrestan, la policía puede retenerte por un período más prolongado y es posible que te transporten a un lugar diferente. En general, se requiere una orden de arresto, a menos que el arresto se haga bajo circunstancias de emergencia y exista la creencia razonable que eres culpable de un crimen.
c. Si estoy esposado, ¿me han arrestado?
No necesariamente. Es posible que te esposen, pero no te arresten bajo las circunstancias en las que eres detenido. Debes preguntarle al oficial de policía si estás siendo arrestado.
Muehler v. Mena, 544 U.S. 93 (2005)
d. Si se restringe mi libertad, ¿estoy bajo arresto?
No necesariamente. La policía puede restringir tu libertad durante un período de tiempo razonable durante una detención si tiene sospechas razonables de que se ha cometido o está a punto de cometerse un delito. Debes preguntarle al oficial de policía si estás siendo arrestado.
7. Qué hacer después de recibir una advertencia sobre tus derechos

Información Propuesta
Es importante seguir el siguiente consejo:
- Puedes utilizar tu derecho a permanecer callado o cualquiera de tus otros derechos (por ejemplo, el derecho a un abogado) diciendo que deseas utilizar ese derecho.
- También puedes renunciar a tus derechos (es decir, no utilizarlos) diciendo, por ejemplo, "Sí, entiendo mis derechos, pero estoy dispuesto a hablar con usted". Esta no es una buena idea sin la presencia de un abogado.
- Asegúrate de saber lo que estás haciendo al renunciar a tus derechos.
a. ¿Cómo cambian las cosas si la policía me lee mis derechos?
La lectura de los derechos de Miranda protege tu derecho a permanecer en silencio y tu derecho a un abogado durante cualquier interrogatorio policial posterior al arresto. Si ofreces respuestas voluntarias a la policía después de que se te lean esos derechos, pueden considerar que estas renunciando a esos derechos, y cualquier respuesta que des puede usarse en tu contra en el tribunal. Siempre eres libre de invocar tu derecho a un abogado o tu derecho a permanecer en silencio, incluso después de haber renunciado a ellos.
http://www.mirandarights.org/postarrestquestioning.html
b. ¿Importa dónde esté cuando la policía me lea mis derechos? (calle, estación, vehículo de policía, etc.)
La policía está obligada a informarte de tus derechos después de tu arresto, pero antes de cualquier interrogatorio formal. No necesariamente importa dónde se te lean tus derechos.
8. La policía te interroga

Información Propuesta
Es importante que sigas este consejo:
- No estás obligada/o a declarar, responder preguntas de la policía ni participar en una investigación policial, y nunca tendrás que ir a ningún lado con la policía a menos que te hayan arrestado.
- Si la policía te arrestó y eres menor de 18 años, la policía debe notificar inmediatamente a tus padres, cuidador o tutor legal.
a. ¿Estoy obligada/o a hacer una declaración?
No estás obligada/o a hacer una declaración, responder preguntas de la policía ni participar en una investigación policial, y nunca tendrás que ir a ningún lado con la policía a menos que te hayan arrestado.
b. ¿Debe la policía notificar a mi tutor?
Sí. La policía debe notificar a los padres o tutores legales cuando se arresta a un delincuente juvenil.
c. ¿Debo confesar?
No. Tienes derecho a guardar silencio. Debes hablar con un abogado antes de hacer declaraciones potencialmente incriminatorias a la policía.
d. ¿A qué adultos puedo pedir que estén conmigo?
Puedes pedir que tus padres o tutor legal estén contigo y que también esté presente un abogado que te represente.
e. ¿A quién tiene que contactar la policía si soy menor de edad?
La policía debe notificar a los padres o tutores legales cuando se arresta a un delincuente juvenil.
9. ¿Cómo contacto a un abogado y cuándo?

Información Propuesta
Es importante seguir el siguiete consejo:
- Siempre debes contactar a un abogado antes de hacer declaraciones a cualquier persona en un caso o investigación penal.
- Esto aplica incluso si te dicen que (i) los agentes de policía sólo quieren interrogarte y/o (ii) eres sólo un testigo.
- Si bien tienes que esperar hasta presentarte ante el tribunal para que te nombren un abogado si no puede pagarlo, debes solicitar uno tan pronto como la policía te interrogue o te arreste. Si te arrestan, tienes derecho a permanecer en silencio y a no hablar hasta que tu abogado esté presente.
a. ¿Qué pasa si soy sólo un testigo?
Siempre debes comunicarte con un abogado antes de hacer declaraciones a cualquier persona en un caso o investigación penal, incluso si sólo eres un testigo.
10. ¿La policía siempre tiene que decir la verdad?

Información Propuesta
Es importante seguir este consejo
- No. La policía puede mentirte durante el curso de una investigación, incluso mentir sobre la solidez del caso que tienen contra ti y las pruebas particulares que tienen en tu poder.
- A veces la policía miente para intentar que hables más.
a. ¿Puede la policía mentirme?
Sí. La policía puede mentir, hacer afirmaciones falsas u ocultar información. El mejor curso de acción suele ser permanecer en silencio y pedir hablar con un abogado.
Frazier v. Cupp, 394 U.S. 731 (1969)
b. ¿Tengo que decirle la verdad a la policía?
Sí. Mentirle a la policía puede resultar en cargos criminales. Puedes (y probablemente deberías) permanecer en silencio y pedir hablar con un abogado.
Si conoces la intención o el plan de otra persona de cometer un delito muy grave, o que ya ocurrió un delito grave, se te puede acusar de un delito. Si te preocupa que este pueda ser el caso, puedes preguntarle a un adulto, a tus padres o a un abogado de confianza.
Frazier v. Cupp, 394 U.S. 731 (1969)
https://www.wklaw.com/knowing-about-a-crime-and-not-saying-anything/
https://www.nysenate.gov/legislation/laws/PEN/240.50
https://www.nysenate.gov/legislation/laws/PEN/240.55
https://www.nysenate.gov/legislation/laws/PEN/240.60
https://www.rendelmanlaw.com/2021/06/09/filing-a-false-police-report-ny-law-explained/
11. ¿Cómo presento una queja si tengo preguntas o siento que mis derechos han sido violados?

Información Propuesta
Es importante seguir este consejo:
En Nueva York, si crees que se han violado tus derechos, puedes presentar una queja ante la Junta de Revisión de Quejas Civiles (CCRB) en línea o llamando al 800-341-2272.
https://www.nyc.gov/site/ccrb/complaints/file-complaint.page
12. ¿Qué pasa si siento que fui víctima de discriminación o racismo?

Información Propuesta
Es importante seguir este consejo:
En Nueva York, si crees que fuiste víctima de discriminación o racismo, puedes presentar una queja ante la Junta de Revisión de Quejas Civiles (CCRB) en línea o llamando al 800-341-2272.
13. ¿Cómo puedo responder ante circunstancias que impliquen discriminación?

Información Propuesta
Es importante seguir este consejo:
Coopera con la policía en la medida necesaria para no agravar la situación, pero mantén tus derechos, incluido el derecho a permanecer en silencio si te preguntan cualquier cosa que no sea información básica (como tu nombre y dirección, y el contacto de tus padres). Intenta anotar la mayor cantidad de información posible sobre la situación, los agentes involucrados y los testigos, incluida la información de contacto de los testigos. Puedes presentar una queja ante la Junta de Revisión de Quejas Civiles (CCRB) en línea o llamando al 800-341-2272.
https://www.nyclu.org/en/know-your-rights/what-do-if-youre-stopped-police
14. ¿Qué puedes hacer si la policía realiza un registro inadecuado? ¿O te detuvieron indebidamente?

Información Propuesta
Es importante seguir este consejo:
Coopera con la policía en la medida necesaria para no agravar la situación, pero mantén tus derechos, incluido el derecho a permanecer en silencio si te preguntan cualquier cosa que no sea información básica (como tu nombre y dirección, y el contacto de tus padres). Intenta anotar la mayor cantidad de información posible sobre la situación, los agentes involucrados y los testigos, incluida la información de contacto de los testigos. Una vez concluido el evento, debes comunicarte con tus padres o tutor legal, así como con un abogado para determinar si existen opciones legales que puedas tomar para remediar la situación. También puedes presentar una queja ante la Junta de Revisión de Quejas Civiles (CCRB) en línea o llamando al 800-341-2272.
https://www.nyclu.org/en/know-your-rights/what-do-if-youre-stopped-police
https://www.nyc.gov/site/ccrb/complaints/file-complaint.page