1. Detenido por la policía en la calle, ¿y ahora qué?

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Información Propuesta

Es importante seguir este consejo:

a. ¿Puede la policía detenerte por negarte a responder a las preguntas?

No, no estás obligado a hablar con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Hay que tener en cuenta que debes identificarte (tu nombre, dirección y lo que estás haciendo) ante un policía si te lo pide. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas en una situación en la que la policía crea razonablemente que estás implicado en una actividad delictiva o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al policía que deseas ejercer tu derecho a guardar silencio en virtud de la 5th Amendment. Véase, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03

Lo mismo ocurre si estás conduciendo y te paran por una infracción de tráfico. En este caso, el policía puede exigirte que muestres también tu permiso de conducir, la matrícula del vehículo y evidencia del seguro. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 60-484(1)

b. ¿Y si los policías no se identifican?

Se ha recomendado a la policía de Omaha que se identifique, o que explique la naturaleza de la situación, si te han parado o detenido. También puedes preguntar si son policías y pedir que muestren sus placas. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department § (II)(A)

c. ¿Y si un policía empieza a hablarme pero no me ordena nada?

No estás obligado a hablar con la policía. Si un policía empieza a hablarte, no tiene por qué responder. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿Y si el policía no lleva uniforme ni se identifica como tal pero yo creo que lo es?

Se ha recomendado a la policía de Omaha que se identifique, o que explique la naturaleza de la situación, si te han parado o detenido. También puedes preguntar si son policías y pedir que muestren sus placas. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department § (II)(A)

e. ¿Puedo decirle a la policía que no quiero hablar sin un abogado?

Sí, tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede asignar uno si no puedes costearlo. La información que hables con tu abogado se mantendrá en secreto por tu abogado. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

Además, no estás obligado a hablar con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Si te detienen bajo arresto, la policía debe decirte inmediatamente que estás arrestado y el motivo de tu arresto. Si la policía empieza a interrogarte sin informarte de tus derechos (lo que se conoce como Advertencia Miranda), no pueden utilizar nada de lo que tu digas como prueba directa contra ti ante un tribunal. Véase, por ejemplo, Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01; Miranda Waning – Law of Interrogation, Omaha Police Department

f. Si me siento, ¿me estoy resistiendo?

Sí. No puedes sentarte para evitar el arresto ni impedir de ningún modo que el policía haga su trabajo. El policía puede considerar esto como una negativa pasiva al arresto, obstruyendo así las operaciones gubernamentales. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 28-904; Neb. Rev. Stat. § 28-906; Resisting Arrest – Assaulting an Officer, Omaha Police Department

g. Si estoy parado en un grupo y algunos chicos corren, ¿yo puedo correr?

No, no puedes correr del policía si crees que estás a punto de ser arrestado, aunque otros miembros de tu grupo huyan. Incluso si no te van a arrestar, huir de la policía es una mala idea. Hacerlo podría hacer creer al policía que has estado, estás o estarás implicado en una actividad delictiva. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-404.03; Neb. Rev. Stat. § 28-904; Neb. Rev. Stat. § 28-906; Resisting Arrest – Assaulting an Officer, Omaha Police Department

h. ¿Puedo decirle a otros (hermanos, por ejemplo) que huyan?

No, no puedes decirle a otra persona que huya de la policía. Esto puede ser considerado como una interferencia en el arresto. Además, hacerlo podría hacer creer al policía que tú has estado, estás o estarás implicado en una actividad delictiva. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-404.03; Neb. Rev. Stat. § 28-904; Neb. Rev. Stat. § 28-906; Resisting Arrest – Assaulting an Officer, Omaha Police Department

i. Si el idioma del policía no es mi lengua materna, ¿puedo decírselo sin renunciar a mis derechos?

Sí, puedes decirle al policía que el idioma del policía no es tu lengua materna. Esto no supondrá una renuncia a tus derechos si inmediatamente después le dices al policía que deseas permanecer en silencio. Tienes derecho a un intérprete en las interacciones entre tú y la policía o el tribunal. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); Limited English Proficiency (LEP), Omaha Police Department

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

j. Si no he hecho nada, ¿pueden detenerme?

Para que un agente de la policía te detenga, debe tener una sospecha razonable de que tú has estado, estás o estarás implicado en una actividad delictiva. Si existe o no una sospecha razonable depende de la situación, por lo que puede ser difícil determinar si la policía está autorizada a hacerlo. Independientemente de si el policía está autorizado a pararle o no, es una mala idea resistirse. Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 28-904; Searches – Persons, Omaha Police Department

2. ¿Cuándo puede la policía registrarte a ti y a tu entorno?

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Es importante seguir este consejo:

a. ¿Qué pasa si un policía quiere registrar mi teléfono?

Los policías tienen prohibido realizar registros e incautaciones irrazonables. Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para ti o cualquier persona involucrada. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Nebraska State Constitution, Article I § 7

Cuando se relaciona con un arresto, la policía de Colorado debe obtener tu permiso, una orden judicial de un tribunal, o tener una circunstancia exigente para un registro antes de que un teléfono u otro dispositivo de mano pueda ser abierto y registrado. Véase, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Neb. Rev. Stat. § 29-813; Neb. Rev. Stat. § 29-829

b. ¿Qué pasa si un policía me pide la contraseña de mi teléfono?

No tienes que proporcionar tu contraseña (esto incluye tu huella dactilar o escáner facial) a menos que la policía tenga una orden judicial. Puedes negarte a entregar tu teléfono o a facilitar tu contraseña, aunque estés arrestado, siempre que la policía no tenga una orden judicial para registrar tu teléfono. Dar tu contraseña, huella dactilar o escáner facial es dar tu consentimiento; puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento durante el registro. Véase, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Neb. Rev. Stat. § 29-813; Neb. Rev. Stat. § 29-829

Además, los policías tienen prohibido realizar registros e incautaciones irrazonables. Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para ti o cualquier persona involucrada. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Nebraska State Constitution, Article I § 7

c. ¿Y si me piden que les dé mi contraseña u otro tipo de acceso a mi teléfono?

Puedes negarte a permitir el acceso a tu teléfono si te lo piden. Si no tienen tu permiso o el permiso del tribunal en forma de orden de registro, no pueden obligarte a darles tu contraseña ni ningún acceso a tu teléfono. Véase, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Neb. Rev. Stat. § 29-813

Además, los policías tienen prohibido realizar registros e incautaciones irrazonables. Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para ti o cualquier persona involucrada. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Nebraska State Constitution, Article I § 7

No te pueden obligar a dar testimonio (pruebas) a ningún funcionario del gobierno o de las fuerzas policiales que pueda incriminarte ante un tribunal. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

NOTA: Sentencias recientes de los tribunales federales han acordado en gran medida que su contraseña y otras formas de acceso digital están incluidas en las protecciones de la 5ª Enmienda, sin embargo esto no se ha resuelto al momento de escribir este artículo. Véase, por ejemplo, United States v. Apple MacPro Computer, 851 F.3d 238, 247 (3rd Cir. 2017); In re: Grand Jury Subpoena Duces Tecum Dated March 25, 2011 v. John Doe, 670 F.3d 1335, 1341 (11th Cir. 2012)

d. ¿Tengo que darles la contraseña de mi dispositivo si me la exigen si no estoy arrestado? ¿Y si sólo me la piden?

Si no estás arrestado, no tienes que dar tu contraseña a la policía. La policía no puede obligarte a dar tu contraseña, huella dactilar o escáner facial para desbloquear tu teléfono. Puedes negarte a darles esta información. Sin embargo, es importante tener en cuenta que si les das tu teléfono o contraseña, tienen derecho a registrarlo. Puedes revocar este consentimiento en cualquier momento. Véase, por ejemplo, Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Neb. Rev. Stat. § 29-813

Además, los policías tienen prohibido realizar registros e incautaciones irrazonables. Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para ti o cualquier persona involucrada. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Nebraska State Constitution, Article I § 7

e. ¿Qué herramientas puede utilizar la policía para registrarme? ¿Con qué tecnología? (Reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsqueda de huellas dactilares, etc.)

La policía puede utilizar cualquier herramienta que no se considere "irrazonable" para registrarte en busca de pruebas, ya que los policías tienen prohibido realizar registros e incautaciones "irrazonables". Irrazonable puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para ti o para cualquier persona implicada. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Nebraska State Constitution, Article I § 7

La policía puede, con una orden judicial, por convicción razonable o en el momento del arresto, tomarte las huellas dactilares y cotejarlas con una base de datos. Ten en cuenta que esta política varía en función de tu edad y del grado de investigación. Véase, por ejemplo, Davis v. Mississippi, 394 U.S. 721, 727 (1969); Juvenile – Fingerprinting / Photographing, Omaha Police Department

Además, si te detienen por un delito violento, la policía puede tomar una muestra de ADN. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-4106

Se aconseja al Departamento de Policía de Omaha que grabe todas las interacciones con el público utilizando cámaras corporales. La policía también puede utilizar cámaras de vigilancia ocultas en determinados lugares de las ciudades, sobre todo en los cruces. Véase, por ejemplo, Body Worn Cameras (BWC), Omaha Police Department

NOTA: A octubre de 2022, el Tribunal Supremo de EE.UU. aún no ha decidido si la 4ª Enmienda prohíbe el uso de cámaras corporales y de vigilancia. Sin embargo, los tribunales inferiores que han visto el caso han fallado a favor de que el gobierno federal las apoye. Véase, por ejemplo, United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

f. ¿Pueden registrar mi mochila u otro objeto que lleve?

La policía no puede registrar tu mochila ni ningún otro objeto que lleves encima sin tu permiso o el permiso del tribunal, conocido como orden judicial. Puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo hagas la policía puede seguir realizando el registro. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Neb. Rev. Stat. § 29-813

La policía puede cachear tu ropa si cree "razonablemente" que llevas un arma y que la seguridad de alguien puede estar en peligro debido a esa arma. Si eres menor de 18 años, es ilegal llevar un arma corta en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 28-1204

Si te detienen, el policía puede registrarte a ti y tus pertenencias si tiene causa probable para hacerlo. Esto puede incluir tu mochila si está al alcance de tu mano, o si la llevas puesta en ese momento. Esto también puede incluir tu vehículo si está a tu alcance en el momento del registro, o si tú lo está conduciendo en el momento del registro. Véase, por ejemplo, United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Searches – Persons, Omaha Police Department

g. ¿Puede la policía tocar tu ropa cuando te registra?

La policía puede cachear tu ropa si cree "razonablemente" que llevas un arma y que la seguridad de alguien puede estar en peligro debido a esa arma. Si eres menor de 18 años, es ilegal llevar un arma corta en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 28-1204

h. ¿Pueden tomarme fotos o grabarme?

Sí, se ha aconsejado al Departamento de Policía de Omaha que grabe todas las interacciones públicas utilizando cámaras corporales. La policía también puede utilizar cámaras de vigilancia ocultas en determinados lugares de la ciudad, sobre todo en los cruces. Durante el interrogatorio, también puedes ser fotografiado, pero esta política varía en función de tu edad y el grado de investigación. Véase, por ejemplo, Body Worn Cameras (BWC), Omaha Police Department; Juvenile – Fingerprinting / Photographing, Omaha Police Department

NOTA: A octubre de 2022, el Tribunal Supremo de EE.UU. aún no ha decidido si la 4ª Enmienda prohíbe el uso de cámaras corporales y de vigilancia. Sin embargo, los tribunales inferiores que han visto el caso han fallado a favor de que el gobierno federal las apoye. Véase, por ejemplo, United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

i. ¿Pueden preguntarme adónde voy y por qué?

Sí, la policía puede preguntarte adónde vas y por qué. Si no te arrestan, puedes ejercer tu derecho a guardar silencio. Responder a estas preguntas significa que estás dando tu consentimiento a las peticiones del policía. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Hay que tener en cuenta que debes identificarte (tu nombre, dirección y lo que estás haciendo) ante un agente de la ley si te lo pide. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas en una situación en la que la policía crea razonablemente que estás implicado en una actividad delictiva o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al policía que deseas ejercer tu derecho a guardar silencio en virtud de la 5ª Enmienda. Véase, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03

Lo mismo ocurre si estás conduciendo y te paran por una infracción de tráfico. En este caso, el policía puede exigirte que muestres también el permiso de conducir, la matrícula del vehículo y evidencia del seguro. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 60-484(1)

3. Motivos por los que la policía puede detenerte o arrestarte

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Es importante seguir este consejo:

La policía puede arrestarte o detenerte porque sospecha que estás cometiendo (o has cometido) una infracción de la ley, o si sospecha que en ese momento tiene pruebas de un delito.

Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-404.02; Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03

A veces, la policía tiene una orden judicial que le permite registrarte o detenerte, dependiendo del motivo de la orden.

Es una buena idea revisar cuidadosamente cualquier documento de la policía o la orden judicial, para asegurarse de que entiendes qué cubre exactamente.

Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-411

Si te arrestan, pueden acusarte de un delito grave por un delito más grave (con una posible pena de cárcel de un año o más), de un delito menor por un delito menos grave (con una pena de cárcel inferior a un año) o de una infracción.

Si la policía te detiene, también tiene derecho a registrarte. Todo lo que se encuentre durante este registro puede utilizarse como prueba contra ti.

Véase, por ejemplo, United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Searches – Persons, Omaha Police Department

a. ¿Y si no he hecho nada ilegal, debo hablar con la policía y responder a las preguntas?

No, no estás obligado a hablar con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

Hay que tener en cuenta que debes identificarte (tu nombre, dirección y lo que estás haciendo) ante un agente de la ley si te lo pide. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas en una situación en la que la policía crea razonablemente que estás implicado en una actividad delictiva o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al policía que deseas ejercer tu derecho a guardar silencio en virtud de la 5ª Enmienda. Véase, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03

Lo mismo ocurre si estás conduciendo y te paran por una infracción de tráfico. En este caso, el policía puede exigirte que muestres también el permiso de conducir, la matrícula del vehículo y evidencia del seguro. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 60-484(1)

b. ¿Y si me dicen algo que están investigando y que es incorrecto? ¿Debo corregirles?

No, no estás obligado a hablar con la policía. Tienes derecho a permanecer en silencio. Sin embargo, debes corregir al policía siempre que el policía malinterprete algo de lo que tú dices, o tú le dices al policía algo que es incorrecto. No hacerlo es ilegal y punible según la ley estatal. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Neb. Rev. Stat. § 28-906; Neb. Rev. Stat. § 28-907

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

c. ¿Y si un policía empieza a hablarme pero no me ordena nada?

No estás obligado a hablar con la policía. Si un policía empieza a hablarte, no tienes por qué responder. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con ellos si no me dicen que estoy arrestado, y hablar después de que me informen de que estoy arrestado?

En cualquier caso, no estás obligado a hablar con la policía y tienes derecho a permanecer en silencio. Si la policía empieza a interrogarte sin informarte de tus derechos (lo que se conoce como Advertencia Miranda), no pueden utilizar nada de lo que digas como prueba directa en tu contra ante un tribunal. Véase, por ejemplo, Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01; Miranda Waning – Law of Interrogation, Omaha Police Department

4. La diferencia entre que la policía me DIGA lo que tengo que hacer y me pida que haga algo.

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Es importante seguir este consejo:

a. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía decida registrarme a mí o a mis pertenencias (teléfono, persona, mochila) y que yo acepte el registro?

La policía no puede registrar tus pertenencias sin tu permiso o el permiso del tribunal, conocido como orden judicial. Puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo hagas la policía puede seguir realizando el registro. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Neb. Rev. Stat. § 29-813

Además, los policías tienen prohibido llevar a cabo registros e incautaciones "irrazonables". "Irrazonable" puede referirse a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para ti o para cualquier persona implicada. Véase, por ejemplo, 4th Amendment; Nebraska State Constitution, Article I § 7

No te pueden obligar a dar testimonio (pruebas) a ningún funcionario del gobierno o de las fuerzas policiales que pueda incriminarte ante un tribunal. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

La policía puede cachear tu ropa si cree "razonablemente" que llevas un arma y que la seguridad de alguien puede estar en peligro debido a esa arma. Si eres menor de 18 años, es ilegal llevar un arma corta en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 28-1204

Si te detienen, el policía puede registrarte a ti y tus pertenencias si tiene causa probable para hacerlo. Esto puede incluir tu mochila si está al alcance de tu mano, o si la llevas puesta en ese momento. Esto también puede incluir tu vehículo si está a tu alcance en el momento del registro, o si tú lo está conduciendo en el momento del registro. Véase, por ejemplo, United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Searches – Persons, Omaha Police Department

b. ¿Y si me dicen que les dé información en vez de que ellos pregunten y yo dé respuestas voluntariamente?

En cualquier caso, no estás obligado a hablar con la policía ni a facilitarle información alguna. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

Hay que tener en cuenta que debes identificarte (tu nombre, dirección y lo que estás haciendo) ante un agente de la ley si te lo pide. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas en una situación en la que la policía crea razonablemente que estás implicado en una actividad delictiva o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al policía que deseas ejercer tu derecho a guardar silencio en virtud de la 5ª Enmienda. Véase, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03

Lo mismo ocurre si estás conduciendo y te paran por una infracción de tráfico. En este caso, el policía puede exigirte que muestres también el permiso de conducir, la matrícula del vehículo y evidencia del seguro. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 60-484(1)

5. ¿Necesita la policía una orden judicial para detenerte?

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Es importante seguir este consejo:

  • No, los agentes de la policía pueden detenerte legalmente sin orden judicial en varias circunstancias:
    • cuando el delito se comete delante de los agentes de policía.
    • cuando la policía tiene motivos para creer que has cometido un delito grave, independientemente de si el acto se realizó delante de ellos.
      Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-404.02

a. Si no he hecho nada, ¿pueden detenerme?

Para que un agente de la policía te detenga, debe tener una sospecha razonable de que tú has estado, estás o estarás implicado en una actividad delictiva. Si existe o no una sospecha razonable depende de la situación, por lo que puede ser difícil determinar si la policía está autorizada a hacerlo. Independientemente de si el policía está autorizado a pararle o no, es una mala idea resistirse. Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 28-904; S

b. ¿Puedo preguntar la razón por la que me pararon?

Se te permite preguntar si se te detiene y por qué se te detiene. Se ha recomendado a la policía de Omaha que se identifique, o que explique la naturaleza de la situación, si te han parado o detenido. También puedes preguntar si son policías y pedir que muestren sus placas. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department § (II)(A)

c. ¿Puedo defender a otro joven detenido por la policía si nos paran juntos?

Abogar por otro joven detenido por la policía es arriesgado, ya que puedes ser detenido por interferir de cualquier forma con las fuerzas del orden. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-404.03; Neb. Rev. Stat. § 28-904; Neb. Rev. Stat. § 28-906; Resisting Arrest – Assaulting an Officer, Omaha Police Department

Sin embargo, sí tiene derecho a observar y grabar lo que ocurre, siempre que no interfiera de ningún modo con el cumplimiento de la ley. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 86-290

d. Si creo que la parada es injustificada, ¿qué puedo hacer?

Si crees que se han violado tus derechos durante tu interacción con las fuerzas del orden, puedes presentar una queja por escrito ante la Junta de Recomendaciones y Quejas Civiles y de Revisión Ciudadana del Departamento de Policía de Omaha. Además, no estás obligado a hablar con la policía ni a responder a las preguntas que puedan hacerte. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, resistirse a la policía nunca es una buena idea, ya que puedes ser detenido por interferir de cualquier forma con las fuerzas del orden. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-404.03; Neb. Rev. Stat. § 28-904; Neb. Rev. Stat. § 28-906; Resisting Arrest – Assaulting an Officer, Omaha Police Department

Hay que tener en cuenta que debes identificarte (tu nombre, dirección y lo que estás haciendo) ante un agente de la ley si te lo pide. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas en una situación en la que la policía crea razonablemente que estás implicado en una actividad delictiva o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al policía que deseas ejercer tu derecho a guardar silencio en virtud de la 5ª Enmienda. Véase, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03

Lo mismo ocurre si estás conduciendo y te paran por una infracción de tráfico. En este caso, el policía puede exigirte que muestres también el permiso de conducir, la matrícula del vehículo y evidencia del seguro. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 60-484(1)

e. ¿Puedo obtener los datos de identificación del policía para una futura denuncia?

Siempre que te paren, detengan o arresten, se ha recomendado a la policía de Omaha que se identifique, o que explique la naturaleza de la situación. También puedes preguntar si son policías y pedir que muestren sus placas. Si crees que se han violado tus derechos durante tu interacción con las fuerzas del orden, puedes presentar una queja por escrito ante la Junta de Recomendaciones y Quejas Civiles y de Revisión Ciudadana del Departamento de Policía de Omaha. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department § (II)(A)

6. ¿Cómo saber si estás arrestado?

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Es importante seguir este consejo:

a. ¿Qué pasa si no sé si estoy arrestado?

Puedes preguntar al policía si te están deteniendo, arrestando o eres libre de marcharte. Si te detienen/arrestan y no puedes irte, no es buena idea resistirse. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 28-904; Neb. Rev. Stat. § 28-906; Resisting Arrest – Assaulting an Officer, Omaha Police Department

En cualquier caso, no estás obligado a hablar con la policía ni a facilitarle información alguna. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

b. ¿Cuál es la diferencia entre detención y arresto?

La detención se produce cuando las fuerzas policiales te retienen bajo sospecha razonable con el fin de interrogarte o realizarte un breve registro de tí y de tus pertenencias si creen que constituyes una amenaza para la seguridad pública. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-829; Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department

Por arresto se entiende cuando las fuerzas policiales le detienen por causa probable, lo que significa que el policía tiene pruebas o una creencia más que razonable de que tú has estado, estás o estarás implicado en una actividad delictiva. Durante el arresto, el policía debe identificarse e indicar el motivo del arresto. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-404.02; Arrest Without Warrant, Omaha Police Department

c. Si me esposan, ¿estoy arrestado?

No necesariamente. Un policía puede utilizar fuerza no mortífera (lo que presumiblemente incluye las esposas) para detener y retener a una persona, incluida una breve detención. Un policía también puede esposarte si lo considera necesario para su seguridad, aunque no te ponga bajo arresto. Véase, por ejemplo, Handcuffs and Restraints, Omaha Police Department; Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department; Arrest Without Warrant, Omaha Police Department

d. Si mi libertad está restringida, ¿estoy arrestado?

Si la restricción de la libertad es significativa, probablemente sí. Se considera que estás detenido cuando se te priva de tu libertad de acción de forma significativa.

Sin embargo, tu libertad también puede verse restringida si estás detenido por la policía, no arrestado. Esta detención puede adoptar muchas formas. Véase, por ejemplo, United States v. Hensley, 469 U.S. 221 (1985); Neb. Rev. Stat. § 29-829

Por ejemplo, el policía puede preguntarte por tu identidad, ante lo cual debes identificarte (tu nombre, dirección y lo que estás haciendo) ante un policía si te lo pide. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas en una situación en la que la policía crea razonablemente que estás implicado en una actividad delictiva o si cree que eres una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al policía que deseas ejercer tu derecho a guardar silencio en virtud de la 5ª Enmienda. Véase, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03

Lo mismo ocurre si estás conduciendo y te paran por una infracción de tráfico. En este caso, el policía puede exigirte que muestres también el permiso de conducir, la matrícula del vehículo y evidencia del seguro. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 60-484(1)

La policía puede cachear tu ropa si cree "razonablemente" que llevas un arma y que la seguridad de alguien puede estar en peligro debido a esa arma. Si eres menor de 18 años, es ilegal llevar un arma corta en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 28-1204

7. Qué hacer tras ser advertido de tus derechos

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Es importante seguir este consejo:

a. ¿Cómo cambian las cosas si la policía me lee mis derechos?

Si la policía empieza a interrogarte pero no te ha leído tus Derechos Miranda (derecho a permanecer en silencio, derecho a un abogado, etc.), no pueden utilizar nada de lo que digas como prueba directa contra ti ante un tribunal. Sólo después de que te hayan leído tus derechos pueden utilizar cualquier cosa que digas en tu contra ante un tribunal. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; 6th Amendment; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Miranda Waning – Law of Interrogation, Omaha Police Department

b. ¿Importa dónde me encuentre cuando la policía me lea mis derechos? (calle, comisaría, coche de policía, etc.)

No. Deben leerte tus derechos en el momento de la detención, independientemente del lugar. Véase, por ejemplo, Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Miranda Waning – Law of Interrogation, Omaha Police Department

8. La policía interrogándote

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Es importante seguir este consejo:

  • No estás obligado a declarar, responder a preguntas de la policía ni participar en una investigación policial, y nunca tienes que ir a ningún sitio con la policía a menos que te hayan detenido.
    Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)
  • Si la policía te ha detenido y eres menor de 18 años, la policía está obligada a intentar avisar inmediatamente a tus padres, cuidador o tutor legal.
    Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 43-250

a. ¿Estoy obligado a hacer una declaración?

No, no estás obligado a declarar. Tienes derecho a permanecer en silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

b. ¿La policía debe avisar a mi tutor?

Si te detienen y eres menor de 18 años, las fuerzas policiales deben intentar notificárselo a tus padres o tutor lo antes posible y antes del interrogatorio. De lo contrario, puedes solicitar que lo hagan. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 43-250

Además, si la policía te para y eres menor de 14 años, el policía está obligado a notificárselo a tus padres o tutores, aunque se determine que no estabas implicado en una actividad delictiva. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department

c. ¿Debo confesar?

No, usted no está obligado a confesar ante la policía, ni la policía puede obligarte a hacerlo. Tienes derecho a guardar silencio. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿A qué adultos puedo pedir que me acompañen?

Si te detienen y eres menor de 18 años, las fuerzas policiales deben intentar notificárselo a tus padres o tutor lo antes posible y antes del interrogatorio. De lo contrario, puedes solicitar que lo hagan. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 43-250

Además, si la policía te para y eres menor de 14 años, el policía está obligado a notificárselo a tus padres o tutores, aunque se determine que no estabas implicado en una actividad delictiva. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

e. ¿Con quién tiene que ponerse en contacto la policía si soy menor de edad?

Si te detienen y eres menor de 18 años, las fuerzas policiales deben intentar notificárselo a tus padres o tutor lo antes posible y antes del interrogatorio. De lo contrario, puedes solicitar que lo hagan. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 43-250

Además, si la policía te para y eres menor de 14 años, el policía está obligado a notificárselo a tus padres o tutores, aunque se determine que no estabas implicado en una actividad delictiva. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department

9. ¿Cómo y cuándo debo ponerme en contacto con un abogado?

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Es importante seguir este consejo:

  • Siempre debes ponerte en contacto con un abogado antes de hacer ninguna declaración a nadie en un caso o investigación penal. Esto se aplica incluso si te dicen que la policía solo quiere interrogarte y/o que tú eres solo un testigo.
  • Aunque tienes que esperar a comparecer ante el tribunal para que te designen un abogado si no puedes pagar uno propio, puedes solicitar un abogado en cuanto seas interrogado o detenido por la policía. Si te detienen, tienes derecho a permanecer en silencio y a no hablar hasta que tu abogado esté presente.
    Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

a. ¿Y si sólo soy un testigo?

Si sólo eres un testigo, la policía puede interrogarte. Para detenerte como testigo, la policía debe identificarse. A partir de ahí, la policía puede exigirte que te identifiques, por lo que tú debes identificarte (tu nombre, dirección y lo que estás haciendo) y proporcionar cualquier información que tengas sobre el delito. Te arriesgas a ser detenido si no te identificas, proporcionas información falsa o te niegas a ayudar al policía como testigo. Véase, por ejemplo, Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Neb. Rev. Stat. § 29-829; Neb. Rev. Stat. § 29-404.03; Neb. Rev. Stat. § 28-907

Sin embargo, sí tienes derecho a permanecer en silencio, a lo que debes informar al policía de que estás ejerciendo este derecho si es así. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

Además, si eres testigo de un delito, puede que se te ordene comparecer ante el tribunal para testificar. Se te pedirá que declares bajo juramento que lo que dices es cierto. Hacer una declaración jurada falsa que tú no creas que sea cierta se conoce como perjurio, que también es un delito. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 27-603; Neb. Rev. Stat. § 27-614

10. ¿La policía siempre tiene que decir la verdad?

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Es importante seguir este consejo:

  • La policía puede mentirte durante una investigación. Esto incluye mentir sobre la solidez del caso que tienen contra tí y sobre las pruebas que tienen en su poder.
  • A veces la policía miente para intentar que hables más.
    Véase, por ejemplo, United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

a. ¿Puede mentirme la policía?

Sí, la policía puede mentirte. La policía no puede herirte físicamente, amenazarte ni utilizar drogas para intentar que confieses algo u obtener información de ti. Véase, por ejemplo, United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

b. ¿Tengo que decir la verdad a la policía?

Sí, mentir a la policía puede dar lugar a que te acusen de un delito. Te arriesgas a ser detenido si facilitas información falsa a las fuerzas policiales.

Sin embargo, sí tienes derecho a permanecer en silencio, por lo que debes informar al policía de que estás ejerciendo este derecho si es así. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a que esté presente un abogado durante el interrogatorio, y se te puede proporcionar uno si no puedes pagarlo. Tu abogado mantendrá en secreto toda la información que hables con él. Véase, por ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Neb. Rev. Stat. § 43-248.01

11. ¿Cómo presento una queja si tengo dudas o creo que se han vulnerado mis derechos?

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Es importante seguir este consejo:

Las quejas sobre el comportamiento de los policías pueden presentarse a la Junta de Recomendaciones y Quejas Civiles y de Revisión Ciudadana del Departamento de Policía de Omaha. También puede dirigirse a la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o al Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Véase, por ejemplo, Contact Us, Attorney General Mike Hilgers

12. ¿Y si me siento víctima de discriminación o racismo?

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Es importante seguir este consejo:

Si crees que has sido víctima de discriminación o racismo, puedes presentar una queja sobre el comportamiento de un policía ante la Junta de Recomendaciones y Quejas Civiles y de Revisión Ciudadana del Departamento de Policía de Omaha. También puedes considerar la posibilidad de acudir a la Oficina Federal de Investigación (FBI) o al Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Además, organizaciones como la ACLU están especializadas en ayudar en reclamaciones por discriminación. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Véase, por ejemplo, Contact Us, Attorney General Mike Hilgers

13. ¿Cómo puedo responder a circunstancias que impliquen discriminación?

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Es importante seguir este consejo:

Las quejas sobre un policía que usted considere que ha dado muestras de discriminación o racismo pueden presentarse a la Junta de Recomendaciones y Quejas Civiles y de Revisión Ciudadana del Departamento de Policía de Omaha. También puede dirigirse a la Oficina Federal de Investigación ("FBI") o al Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Además, organizaciones como la ACLU están especializadas en ayudar en reclamaciones por discriminación. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Véase, por ejemplo, Contact Us, Attorney General Mike Hilgers

14. ¿Qué puede hacer si la policía realiza un registro indebido? ¿O si me han detenido indebidamente?

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Es importante seguir este consejo:

Si crees que un policía te detuvo o registró indebidamente, puedes presentar una queja ante la Junta de Recomendaciones y Quejas Civiles y de Revisión Ciudadana del Departamento de Policía de Omaha. También puedes dirigirte a la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o al Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Por último, puedes considerar la posibilidad de ponerte en contacto con un abogado local, que puede ayudarte con el proceso. Véase, por ejemplo, Contact Us, Attorney General Mike Hilgers

15. ¿Qué puedo hacer como menor sin mis padres o tutores legales?

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Es importante seguir este consejo:

Los menores tienen los mismos derechos bajo la ley que los adultos durante detenciones, arrestos e investigaciones criminales. Como resultado, como menor de edad, tú tienes el derecho a permanecer en silencio y el derecho a un abogado. Véase, por ejemplo, 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

Tu capacidad para pagarte un abogado privado depende de la situación económica de tus padres o tutores. Si ellos no pueden permitírselo, o si no están a tu disposición, el gobierno deberá proporcionarte un abogado. Además, si te enfrentas a algún tipo de negligencia o no tienes una figura adulta (padre/madre/tutor) en tu vida, tienes derecho a un tutor ad litem (para efectos de juicio) designado por el tribunal, un defensor que servirá para proporcionar contexto al tribunal sobre tu situación. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 43-272

Si crees que tus derechos han sido violados de alguna manera por las fuerzas policiales, independientemente de si eres menor o no, puedes presentar una queja sobre el comportamiento de los policías ante la Junta de Recomendaciones y Quejas Civiles y de Revisión Ciudadana del Departamento de Policía de Omaha. También puedes considerar la posibilidad de acudir a la Oficina Federal de Investigación (FBI) o al Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Además, organizaciones como la ACLU están especializadas en ayudar en reclamaciones por discriminación. Por último, puedes ponerte en contacto con un abogado local que pueda ayudarte en el proceso. Véase, por ejemplo, Contact Us, Attorney General Mike Hilgers

Glosario

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  1. Cateo: Investigación o evaluación de una persona, objeto, espacio o vehículo con el fin de encontrar pruebas de una actividad delictiva. Véase, por ejemplo, Searches - Persons, Omaha Police Department; Cornell Law School
  2. Consentimiento: Permiso. Véase, por ejemplo, Cornell Law School
  3. (Orden de) cateo: Documento oficial del tribunal que permite a la policía registrarte a tí o tus pertenencias sin tu consentimiento. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-813
  4. Parada y cacheo: Un tipo de registro breve de tí y tu entorno con la creencia de que la persona está implicada en una actividad delictiva o es una amenaza para la seguridad pública. Véase, por ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Neb. Rev. Stat. § 29-829
  5. Razonable: Racional o lógico en el contexto de lo que se conoce en una situación. Véase, por ejemplo, Cornell Law School
  6. Irrazonable: Cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para usted o para cualquier persona implicada. Véase, por ejemplo, la 4th Amendment; Cornell Law School
  7. Circunstancia Exigente: Situación en la que el policía cree razonablemente que su intervención contra una persona es necesaria para proteger la seguridad pública. Véase, por ejemplo, Cornell Law School
  8. Testimonio: Pruebas que pueden utilizarse ante un tribunal. Véase, por ejemplo, Cornell Law School
  9. Derecho: Poder o capacidad que se tiene como persona porque está previsto en una constitución, ley o sentencia. Véase, por ejemplo, Cornell Law School
  10. Ejercer: Usar o utilizar. Véase, por ejemplo, FindLaw
  11. Detener: Mantener bajo custodia por las fuerzas policiales bajo sospecha razonable. Véase, por ejemplo, Civilian / Officer Interactions, Omaha Police Department; Cornell Law School
  12. Identificarse (Ante la Policía): (En Nebraska) Dar su nombre, dirección y explicación de sus acciones o planes a las fuerzas policiales. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-829
  13. Advertencia Miranda: Conjunto de derechos que le reconoce la Constitución de los Estados Unidos y que las fuerzas policiales deben comunicarte en el momento de la detención. Véase, por ejemplo, Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Cornell Law School
  14. Causa Probable: Tener una sospecha razonable de que estás, has estado o estarás directamente implicado en una actividad delictiva. Véase, por ejemplo, Neb. Rev. Stat. § 29-404.02; Cornell Law School
  15. Abogado: Un abogado, un procurador. Véase, por ejemplo, Cornell Law School