1. Fui detenido por la policía en la calle. ¿Ahora que?

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Información propuesta:

Es muy importante que sigas estas recomendaciones

  • Manten la calma, no es buena idea correr. Habla con cuidado y claridad. Todo lo que digas puede ser usado en tu contra en el tribunal.
  • No es buena idea tocar a los oficiales. Manten tus manos a la vista de los oficiales.
  • No es buena idea resistirse, incluso si eres inocente o crees que la policia esta actuando injustamente o de manera ilegal.

a. ¿Puede la policía detenerme si me niego a responder a sus preguntas?

No. No puedes ser arrestado por negarte a responder sus preguntas, sin embargo, aun puedes ser detenido o arrestado por otras razones. Cuando seas detenido por la policía en la calle, siempre te puedes rehusar a contestar cualquier de sus preguntas, y puedes preguntar si estas siendo detenido, y puedes finalizar la conversación y continuar caminando.

https://constitution.congress.gov/constitution/amendment-5/

Si tu respondes alguna pregunta, es posible que te pidan que des tu consentimiento para una revision. La policía suele necesitar una sospecha razonable para detener a una persona. Sin embargo, la policía puede intentar hablar con usted para obtener su consentimiento para realizarle un registro. Permancecer en una interaccion policial suele considerarse consentimiento. Usted no necesitar dar su consentimiento para un registro.

U.S. v. Mendenhall, 446 U.S. 544 (1980), https://www.law.cornell.edu/supremecourt/text/446/544

b. ¿Qué sucede si los oficiales no se identifican?

Tu puedes preguntarles si son oficiales/ policías. Debido a que están legalmente obligados por la ley a identificarse y mostrarte su identificacion si se los solicitas.

37 Pa. Code § 42.21

c. ¿Que si un oficial empieza a hablarme pero no me ordena a que haga algo?

La policía puede detenerte para investigar un presunto delito cuando tenga "una sospecha razonable" de que se ha cometido uno. (Terry v Ohio, 392 US 1 (1968) (Fourth Amendment). Una dicha parada o detención no es lo mismo que estar bajo arresto y, cuando la policía te revise y ya no tenga sospechas razonables se le debera poner fin al encuentro y abandonar la detención

Para obtener mas información sobre sus derechos Miranda según la legislación Estadounidense y conocer sus equivalentes en todas las jurisdicciones, visite: http://www.mirandawarning.org.

d. ¿Que si el oficial no esta uniformado o no se identifica como un oficial pero creo que es uno?

Tu puedes preguntarles si son policías. Debido a que legalmente estan requeridos a mostarte sus identificaciónes si se los pides.

Los agentes de policía deben de estar dispuestos a mostrarte su identificación oficial cuando se les solicite. Los agentes de policía cumpliran estas peticiones siempre y cuando la peticion sea razonable y se le haya garantizado la seguridad del mismo. Si el agente de policía no lleva consigo una identificacion oficial, no podra intentar detener a los infractores de la de ley, al menos que exista una amenaza inmediata para la seguridad publica.

37 Pa. Code § 42.21

e. ¿Puedo decirle al policía que no quiero hablar sin un abogado presente?

De acuerdo a la ley de Miranda v. Arizona, las declaraciones que usted haga cuando este siendo interrogado por un policía ( preguntas que hacen despues de haber sido puesto bajo la custodia policial, como por ejemplo despues de haber sido introducido en un coche de policía), no seran admisibles en un juicio contra usted si la policia no le informo de sus derechos Miranda, o del derecho de permanecer en silencio, a hablar con un abogado, o que se le nombrara un abogado si no puede pagar uno. Por ello, si se encuentra bajo custodia policial o esta siendo interrogado, invoque sus derechos Miranda y pida hablar con un abogado.

f. ¿Si me siento, se considera como si me estuviera resistiendo?

Usted se puede sentar, siempre y cuando no sea con intencion de resistir el arresto y siempre que el acto de sentarse no genere riesgo de lesiones corporales al agente de polcia o cualquier otra persona.

Cargos por resistirse al arresto en Filadelfia, https://goldsteinmehta.com/philadelphia-resisting-arrestcharges#:~:text=In%20order%20to%20convict%20someone,of%20bodily%20injury%20to%20the

5104. Resistencia a la detencion o a otros agentes de la ley.

Una persona comete un delito menor de segundo grado si, con la intención de impedir que un funcionario público realice una detención legal o cumpla con cualquier otra obligacion, la persona crea un riesgo sustancial de lesiones corporales al funcionario público o a cualquier otra persona, o emplea medios que justifican o requieren una fuerza sustancial para vencer la resistencia.

g. ¿Si fui detenido en un grupo, y alguno de los chicos corren, puedo correr?

Como regla general, si usted correr o se aleja y/o ignora cuando un agente de policía se le acerca o corre después de de ver a un agente de policía o un coche de policía, no es en si motivo para justificar una persecución policial y la detención/registro (cacheo) de la persona. En otras palabras, un policía no puede decir que al alejarse o huir justifica perseguir a esa persona y luego realizar una parada y revision. Debe haber algún otro hecho que apoye una sospecha razonable para (1) perseguir a alguien que huye , y (2) parar y registrar a la persona. Vea el caso de Commonweath v Matos, un caso de la Suprema Corte de Pensilvania de 1996 que sostuvo que la policía que persiga a alguien que está huyendo debe tener una sospecha razonable que justifique la persecución para recuperar el contrabando que el sospechoso dejó caer durante la persecución.

Sin embargo, las leyes Estatales y Federales son claras que al estar en una zona de alta criminalidad y huir o alejarse cuando un agente de policía se acerque si justifica una detencion y revision. Vea el caso de Illinois v. Wardlow, un caso de 2000 que confirmo una condena en la que los agentes de policía persiguieron, detuvieron a un acusado que huyó en una zona de alta criminalidad. Del mismo modo, en caso Commonwealth v. Jefferson (2004), la Corte Suprema de Pensilvania confirmó una condena por drogas en la que el acusado, que se encontraba en una zona de alta criminalidad, huyó tras percatarse de la presencia de un agente de policía.

h. ¿Puedo decirle a otros ( familiares, por ejemplo) que corran?

Como regla general, correr o huir cuando un agente de policía se le acerca o correr despues de ver un policía o un coche de policía, no es en si motivo para justificar una persecución policial , ni detención/registro de la persona. En otras palabras, un agente no puede decir que al alejarse o huir justifica perseguir a esa persona, detenerla y realizarle una revision. Debe haber algún otro hecho que apoye una sospecha razonable para (1) perseguir a alguien que huye y (2) detener y revisar a la persona. Ver caso Commonwealth v. Matos, un caso del Tribunal Supremo de Pensilvania de 1996 en el que se sostuvo que la policía que persigue a alguien que huye debe tener sospecha razonable que justifique la persecución para recuperar el material de contrabando arrojado por el sospechoso durante la persecución.

Sin embargo, las leyes Estatales y Federales son claras que al estar en una zona de alto crimen y correr o alejarse cuando un policía se acerca, si justifica una detención y revision. Ver caso de de Illinois v. Wardlow, un caso de la Suprema Corte de EE. UU del año 2000 que confirmó una condena en la que los agentes de policía persiguieron, detuvieron y registraron a un acusado que huyó en una zona de alta criminalidad. Del mismo modo, en Commonwealth v. Jefferson (2004), la Suprema Corte de Pensilvania confirmó una condena por tráfico de drogas cuando el acusado, que se encontraba en una zona de alta criminalidad, huyó al percatarse de la presencia de un agente de policía.

i. Si el idioma del oficial de policía no es mi primer idioma, ¿puedo decirselo sin renunciar a mis derechos?

Si usted habla con la policía puede pedirle que proporcionen un interpete que hable su idioma. El interpete puede estar presente en persona o por teléfono.

PHILADELPHIA POLICE DEPARTMENT DIRECTIVE 7.7, https://www.phillypolice.com/assets/directives/D7.7-LimitedEnglishLanguageProficiency.pdf

2. ¿Cuando puede la policía registrarte y tu entorno?

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Informacion Propuesta:

Es de suma importancia que sigas nuestra recomendacion:

  • Tienes derecho a decir que no a los registros/ revisiones de su persona.
  • Tienes derecho a decir que no a los registros/ revisiones de tu carro, casa o cualquier otra cosa que sea tu propiedad.
  • No puedes ser detenido/ arrestado por negarte a una revision sin order judicial.
  • Una orden judicial es un documento oficial en el cual no tienes otra opcion que permitir la revision.

a. ¿Que sucede si el policía quiere revisar mi teléfono.?

En Pensilvania, la policía no puede revisar tu teléfono sin una orden judicial.

En Pensilvania, este es valido, incluso si su teléfono no esta protegido por contraseña, patrón de bloqueo, huella dactilar o reconocimiento facial. En 2018 el caso de Commonwealth v. Fulton, de la Corte Suprema de Pensilvania dictaminó que cualquier medio de acceso a los datos de un teléfono móvil por parte de las fuerzas de seguridad sin una orden judicial viola los derechos del propietario recogidos en la Cuarta Enmienda.

(Commonwealth v. Alexander; https://www.thefishmanfirm.com/search-cell-phone/).

El registro de un teléfono móvil sin orden judicial viola el derecho a la intimidad consagrado en la Cuarta Enmienda. La excepción de registro sin orden judicial tras una detención (es decir, el registro incidental a la detención) existe con el fin de proteger la seguridad de los agentes y preservar las pruebas, ninguno de los cuales está en cuestión en el registro de los datos digitales de un teléfono móvil (Riley v. California, Oyez, http://www.oyez.org/cases/2013/13-132).

b. ¿Que pasa si un policía me pide la contraseña de mi teléfono móvil?

Usted no esta requerido proporcionar la contraseña de su teléfono móvil. Sin embargo la policía no necesitan su permiso para usar sus huella dactilar o cualquier otra información biométrica para abrir el teléfono, si ya tiene el teléfono en mano. Es buena idea dar tu teléfono a la policía, pero no lo es ofrecerse voluntariamente a desbloquearlo.

La Corte Suprema de Pensilvania ha hecho la distinción en Commonwealth v. Davis, Caso No. J-42-2019 (Mayo 14, 2019), entre proporcionar una contraseña o código de acceso, que igualmente han reconocido como algo testimonial y una potencial violación de la Quinta Enmienda, y facilitar características biométricas como huellas dactilares o identificación facial.

(https://www.eff.org/document/commonwealth-v-davis-majority-opinion).

c. ¿Que pasa si la policía me pide que les de mi contraseña o el acceso a mi teléfono?

Usted no esta requerido proporcionar la contraseña de su teléfono móvil. Sin embargo la policía no necesitan su permiso para usar sus huella dactilar o cualquier otra información biométrica para abrir el teléfono, si ya tiene el teléfono en mano. Es buena idea dar tu teléfono a la policía, pero no lo es ofrecerse voluntariamente a desbloquearlo. La revelación forzosa de un código o patrón de bloqueo supone una violación del privilegio de la Quinta Enmienda contra la autoinculpación (https://www.thefishmanfirm.com/search-cell-phone/; https://www.eff.org/document/commonwealth-v-davis-majority-opinion).

d. ¿Tengo que darles la contraseña de mi dispositivo movil si me la exigen aunque no esté detenido?

No. Usted debe negarse amablemente si le piden la contraseña. Al menos que la policía tenga una orden judicial donde autorice específicamente el acceso a su teléfono móvil, no tiene que acceder. Si usted voluntariamente les da la contraseña de su teléfono móvil, sus derechos se pierden.

Commonwealth v. Alexander; ¿Puede la policía revisar su telefono en Pensilvania? https://www.thefishmanfirm.com/search-cell-phone/

e. ¿Que herramientas puede usar la policía para revisarme? ¿Qué tecnología? (Reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsqueda de huellas dactilares, etc.)

Por lo general la policía puede usar cierta tecnología contra usted, tal y como el reconocimiento facial y las cámaras ocultas.

f. ¿Pueden revisar mi mochila o cualquier objeto que lleve conmigo?

Por lo general y de acuerdo al Cuatro Enmienda de la Constitución de los EE.UU.., usted puede negarse a una revision. Sin embargo, la policía puede revisar su ropa si sospecha que tiene una arma.

Usted no puede ser arrestado o detenido por negarse a dar su consentimiento a una revision sin orden judicial. Sin embargo, tenga en cuenta que la policía puede revisarelo si sospecha que usted tiene una arma. (Terry v Ohio, 392 US 1 (1968).

Una orden judicial es una orden otorgada por la corte, por lo que generalmente tienes que permitir que la policía registre los objetos o lugares cubiertos por la orden. Dicho esto, la policía generalmente debe mantener sus registros e incautaciones dentro del alcance de la orden (es decir, si tienen una orden que establece que pueden registrar el dormitorio de su casa, por lo general no se les permite registrar un garaje que está separado de la casa). (Ver el Cuatro Enmienda de la Constitución de los EE.UU).

Terry v Ohio, 392 US 1 (1968), De acuerdo al Cuarto Enmienda de la Constitución de los EE.UU., un agente de policía puede detener a un sospechoso en la calle y revisarlo sin causa probable para arrestarlo, si el oficial de policía tiene una sospecha razonable de que la persona ha cometido, está cometiendo o va a cometer un delito y tiene una creencia razonable de que la persona "puede estar armado y ser presuntamente peligroso". Cuando un policía quiere registrar su domicilio, habitación de hotel o su espalda, generalmente necesita una orden de registro en virtud de la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos

Por lo general, un policía solo puede revisar su teléfono si usted le da permiso de hacerlo, o en su caso tenga una orden judicial válida para dicha revision. Recuerde, que la Suprema Corte en Terry v Ohio, 392 US 1 (1968), permite a la policía realizar una revision de objetos peligrosos sin su consentimiento; sin embargo, más allá de los objetos peligrosos, los agentes de policía generalmente requieren su consentimiento o una orden judicial si quieren registrar su casa o pertenencias como un teléfono de acuerdo al Cuarto Enmienda.

g. ¿Pueden tomarme fotos o grabarme?

La ley de Pensilvania prohibe realizar grabaciones de audio sin el permiso de las personas que estan grabando , si tienen una expectativa razonable de privacidad. (Commonwealth v. Alexander).

Los menores de edad solo podran ser fotografiados por el personal policial de confirmidad con esta directia y la Sección 6308 de la Ley de Menores enmendada por la Ley 12 de 1980.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley tendrán la autoridad para tomar o hacer que se tomen las huellas dactilares o fotografías, o ambas, de cualquier menor que presuntamente haya cometido un acto desginado como delito menor o grave en virtud de las leyes de esta Commonwealth o de otro Estado si el acto ocurrió en ese Estado o en virtud de la Ley Federal.

Titulo 42 – JUDICIARIO Y PROCEDIMIENTO JUDICIAL, Capítulo 63- Asuntos de menores, Seccion 6308 – Registros Judiciales.

EXCEPCIONES: Los menores que hayan sufrido lesiones podrán ser fotografiados con fines probatorios en investigaciones penales cuando sean víctimas de un delito y para ayudar a identificar a menores que no pueden identificarse.
(https://www.phillypolice.com/assets/directives/D5.5-JuvenilesInPoliceCustody.pdf).

h. ¿Pueden preguntarme hacia dónde voy y por qué?

Si, un agente policía puede detenerte y preguntarte hacia donde te diriges. Siempre y cuando tenga una sospecha razonable de que participas en un crimen (Terry v. Ohio).

3. ¿Razones por lo que la policia te puede detener o arrestar?

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Informacion Propuesta:

Es de suma importancia que sigas nuestra recomendacion:

  • La policía puede arrestarte si sospechan que estas comentiendo ( o haz cometido) una infracción de la ley, o si sospecha que en ese momento tienes pruebas de un delito.
  • A veces la policía tiene una orden de arresto. Si ese es el caso, debe tener claro que tipo de orden se le esta presentando.
  • Es buena idea revisar cuidadosamente cualquier documento que la policía te presente para asegurar que entienda que cubre exactament.
  • Si es detenido, puede ser acusado por un delito grave más grave (con una posible pena de cárcel de un año o más), de un delito menor por un delito menos grave (con una pena de carcel inferior a un año) o de una infracción.
  • Si la policía lo detiene, tambien tiene derecho a registrarlo. Todo lo que se encuentra durante esta revision puede ser utilizada como prueba contra usted.

a. ¿Y si no hago nada ilegal, debo hablar con la policia y responder a las preguntas?

Usted tiene el derecho a permanecer en silencio y alejarse a menos que este formalmente bajo arresto (Constitución de EE.UU., Cuarta Enmienda)

Para preguntar si te estan deteniendo o arrestando, puedes preguntar al policia: "¿Soy libre de irme? ¿O estoy siendo detenido o arrestado? Si no le están deteniendo ni arrestando, puede marcharse y no responder a ninguna pregunta ((Constitución de EE.UU., Cuarta Enmienda); Véase también Interacciones con las fuerzas del orden, https://upagainstthelaw.org/interactions-with-law-enforcement/; Conozca sus derechos cuando hable con la policía, https://pa.cair.com/releases/KYR-Police.pdf).

b. Y si me dicen algo que están investigando y es incorrecto, ¿debo de corregirlos?

No. Idependientement de si te detiene o no, tienes derecho a no decir nada y pedir hablar con tus padres y/o un abogado (si quieres, tienes que decir a los agentes de policia que estas ejerciendo tus derechos). A continuacion, debes mencionar a tus padres y/o a un abogado cualquier cosa que esté mal en la investigación.

Quinta Enmienda

c. ¿Y si un policia empieza a hablarme pero no me ordena nada?

Debes de preguntarle al policía si te puedes retirar.

  • Si el policía dice que sí, usted tiene derecho a guardar silencio y marcharse sin decir nada más.
  • Si el policía dice que no, usted sigue teniendo derecho a guardar silencio. Si deseas ejercer tu derecho a permanecer en silencio, dilo en voz alta (en algunos estados, se te puede exigir que proporciones tu nombre si se te pide que te identifiques, y un agente puede arrestarte por negarte a hacerlo). También puedes hablar con tus padres y/o con un abogado (si lo deseas, puedes indicárselo al agente).

Quinta Enmienda

d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con ellos si no me dicen que estoy detenido, frente a después de que me informen de que estoy detenido?

Si habla con la policía antes de ser detenido, sus declaraciones a la policía pueden ser utilizadas en su contra en el juicio porque fueron hechas "voluntariamente". Si está detenido, sus declaraciones a la policía sólo podrán utilizarse en su contra en el juicio después de que la policía le haya leído la advertencia "Miranda" y usted haya decidido hablar con la policía de todos modos.

Miranda v. Arizona, 384 US 436 (1966); Cuarta Enmienda

4. La diferencia entre que la policía me DIGA lo que tengo que hacer y me pida que haga algo.

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a. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía decida registrarme a mí o a mis pertenencias (teléfono, persona, mochila) y que yo acepte el registro?

Si usted acepta o consiente que la policía le registre a usted o a sus pertenencias, entonces la policía puede proceder al registro y todo lo que encuentre puede ser utilizado en su contra ante un tribunal (In Interest of Jermaine, 399 Pa. Superior Ct. 503 (1990), 582 A.2d 1058, In the Interest of Kathleen JERMAINE, Appeal of COMMONWEALTH, https://law.justia.com/cases/pennsylvania/supreme-court/1990/399-pa-super-503-1.html) Si usted no está de acuerdo o no da su consentimiento a un registro, pero éste es razonable dadas las circunstancias, lo que se encuentre durante el registro podrá utilizarse ante un tribunal (In Interest of FB, 442 Pa. Superior Ct. 216 (1995) 658 A.2d 1378, In the Interest of F.B. Appeal of F.B., Superior Court of Pennsylvania, https://law.justia.com/cases/pennsylvania/superior-court/1995/442-pa-super-216-2.html) Sin embargo, si usted no da su consentimiento a un registro y no hay causa probable o dicho registro no es razonable dadas las circunstancias, entonces los resultados del registro no podrán ser utilizados en juicio (Com. v. Banks, 540 Pa. 453 (1995), COMMONWEALTH of Pennsylvania, Appellee, v. Marlon BANKS, Appellant, Supreme Court of Pennsylvania, https://law.justia.com/cases/pennsylvania/supreme-court/1995/540-pa-453-1.html).

b. ¿Puede la policía de Filadelfia detenerte y revisarme sin un buen motivo?

No. Una parada y registro se refiere a una breve parada policial no intrusiva de un sospechoso. La Cuarta Enmienda exige que, antes de detener al sospechoso, la policía tenga una sospecha razonable de que el sospechoso ha cometido, está cometiendo o va a cometer un delito. Si la policía sospecha razonablemente que el sospechoso está armado y es peligroso, la policía puede cachear al sospechoso, lo que significa que la policía realizará un cacheo rápido de la ropa exterior del sospechoso. El registro también se denomina "parada Terry", derivada del caso del Tribunal Supremo Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968)

Registro de su persona: No tiene que dar su consentimiento para que le registren a usted o sus pertenencias, pero la policía puede cachearle la ropa si sospecha que lleva un arma. Tenga en cuenta que negar el consentimiento no puede impedir que el agente lleve a cabo el registro contra su voluntad, pero presentar una objeción a tiempo antes o durante el registro puede ayudar a preservar sus derechos en cualquier procedimiento legal posterior.

Si la policía tiene sospechas razonables de que está implicado en una actividad delictiva o a punto de cometerla, puede detenerle, y si tiene sospechas razonables de que va armado, también puede cachearle la ropa exterior para buscar armas.

La policía puede registrar bolsas y contenedores sin causa probable si entras en lo que se ha marcado como zona segura. Pero usted puede optar por negarse al registro y no entrar en la zona segura. De lo contrario, la policía sólo puede registrar bolsas si tiene una causa probable de que contiene contrabando, armas o pruebas de actividad ilegal.

Cuando se han violado sus derechos:

  • Anota todo lo que recuerdes, incluidos los números de placa y de patrulla de los agentes, de qué organismo eran y cualquier otro detalle. Consigue información de contacto de los testigos.
  • Presentar una queja por escrito a la división de asuntos internos de la agencia o a la junta civil de quejas. En la mayoría de los casos, puede presentar una queja de forma anónima si lo desea.

Quinta Enmienda

c. ¿Qué pasa si me dicen que les dé información en lugar de que me la pidan y yo responda voluntariamente? ¿Tengo que mostrar la identificacion cuando la policía me lo pide?

En Pensilvania no. Si le detienen o arrestan, puede optar por mostrar la identificacion cuando la policía se lo pida. Si decide no mostrarlo, podría permanecer detenido durante más tiempo mientras la policía intenta identificarle.

5. ¿Necesita la Policía una Orden Judicial para Arrestarte?

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Información Propuesta

Es importante que sigas este consejo:

  • No. Los agentes de la Policia pueden arrestarte legalmente sin una orden judicial en varias circunstancias:
    • Cuando el delito es cometido frente a los agentes de policía; o
    • Cuando el oficial tiene causa probable (razón para sospechar) de que el sospechoso cometió un delito grave, ya sea que el acto se haya realizado o no frente a él.

a. Si no hice nada, ¿pueden detenerme?

Sí. Un oficial que carece de causa probable para arrestar puede detener brevemente a una persona sospechosa para determinar su identidad o para mantener la situación actual momentáneamente mientras obtiene más información (Adams v. Williams, 407 U.S. 143, 92 S. Ct. 1921, 32 L. Ed. 2d 612 (1972); https://law.justia.com/cases/pennsylvania/superior-court/1981/291-pa-super-271-2.html).

b. ¿Puedo preguntar por la razón por la que me detuvieron?

Terry v Ohio, 392 US 1 (1968): Según la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, un oficial de policía puede detener a un sospechoso en la calle y registrarlo sin causa probable para arrestarlo, si el oficial de policía tiene una sospecha razonable de que la persona ha cometido, está cometiendo o está a punto de cometer un delito y tiene una creencia razonable de que la persona "puede estar armada y actualmente es peligrosa". Cuando un oficial de policía busca registrar tu casa, habitación de hotel o hacia atrás, generalmente requiere una orden de registro bajo la Cuarta Enmienda de la Constitución de los EE. UU. En términos generales, no. La policía no tiene que decirte por qué te está deteniendo antes de pedirte una identificación en una parada de tráfico, aunque puede ser una práctica estándar en muchas áreas. El oficial debe tener una razón, es decir, una causa probable, para la detención, pero no está legalmente obligado a decírtelo.

c. ¿La policia está obligada a informarte del motivo de la detención? ¿La policia está obligada a emitir advertencias Miranda tan pronto como te arresten?

Terry v Ohio, 392 US 1 (1968): Según la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, un oficial de policía puede detener a un sospechoso en la calle y registrarlo sin causa probable para arrestarlo, si el oficial de policía tiene una sospecha razonable de que la persona ha cometido, está cometiendo o está a punto de cometer un delito y tiene una creencia razonable de que la persona "puede estar armada y actualmente es peligrosa". Cuando un oficial de policía busca registrar tu casa, habitación de hotel o hacia atrás, generalmente requiere una orden de registro bajo la Cuarta Enmienda de la Constitución de los EE. UU. En términos generales, no. La policía no tiene que decirte porqué te está deteniendo antes de pedirte una identificación en una parada de tráfico, aunque puede ser una práctica estándar en muchas áreas. El oficial debe tener una razón, es decir, una causa probable, para la detención, pero no está legalmente obligado a decírtelo.

d. ¿Puedo abogar por otro joven detenido por la policía si nos detienen juntos?

En términos generales, sí. Tu Usted puedes abogar informando al otro joven sobre sus derechos, incluyendo la determinación de si está siendo arrestado o si es libre de irse. No intentes discutir con la policía, pero asegúrate de escribir todo lo que recuerdes lo antes posible para ayudar al otro joven.

e. Si creo que la detención es injustificada, ¿qué puedo hacer?

Incluso si crees que la detención es injustificada, no debes correr, resistirte, pelear o entrar en una discusión con la policía. Debes permanecer en silencio (aparte de declarar que estás ejerciendo tu derecho a permanecer en silencio), trata de escribir todo lo que recuerdes sobre lo sucedido tan pronto como puedas, registra lo que puedas del arresto sin interferir con los oficiales, y luego menciónalo a tu abogado y a tus padres. Luego, puedes decidir qué acciones tomar para la detención injustificada (37 Pa. Code 42.21; https://www.acba.org/public/Legal-Briefs-102507.

f. ¿Puedo obtener la información de identificación del oficial para una queja futura?

Trata de obtener los nombres de los oficiales, los números de placa y/o los números de la patrulla. Si los nombres o números de placa no están visibles, puedes pedirle la información al oficial.

37 Pa. Code 42.21

6. ¿Cómo saber si estás bajo arresto?

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Información propuesta

Es importante seguir estos consejos:

  • Tu estás bajo custodia policial si no te sientes libre de dejar la presencia de un oficial, o si una persona razonable en tu lugar no se sentiría en libertad de irse.
  • Si sucede lo siguiente, es probable que estés bajo arresto, según la ley:
    • un oficial te esposa;
    • un oficial te sujeta a la fuerza;
    • un oficial te coloca en el asiento trasero de un coche de policía; o
    • Un oficial te advierte sobre sus derechos.
  • Un oficial solo tiene que advertirte de tus derechos antes de que la policía te interrogue. Esto significa que un oficial puede arrestarte antes de advertirte de tus derechos.
  • Un arresto sin advertencias de derechos sigue siendo un arresto válido; solo puede significar que las pruebas recopiladas no sean admisibles en la corte más adelante.

a. ¿Qué pasa si no sé si estoy detenido?

¡Puedes preguntar! Tu estás bajo custodia policial si no te sientes libre de dejar la presencia de un oficial, o si una persona razonable en tu lugar no se sentiría en libertad de irse (Ver también Miranda v. Arizona, 384 US 436 (1966), que requiere que los oficiales de policía te informen de tus Derechos Miranda cuando eres arrestado o puesto bajo custodia policial, y antes de que se te haga cualquier pregunta que pueda razonablemente provocar una respuesta incriminatoria.

Un oficial solo tiene que advertirte de tus derechos antes de que la policía te interrogue. Esto significa que un oficial puede arrestarte antes de advertirte de tus derechos (ver Miranda v. Arizona, 384 US 436 (1966))). Un arresto sin advertencias de derechos sigue siendo un arresto válido; solo puede significar que las pruebas recogidas de él no sean admisibles en el tribunal más adelante. Por lo general, bajo Miranda v. Arizona, la policía te advertirá de tu derecho a permanecer en silencio cuando la policía te haga preguntas y de tu derecho a consultar a un abogado antes de responder a cualquier pregunta.

b. ¿Cuál es la diferencia entre detención y arresto?

La policía puede pararte y detenerte para preguntar sobre un presunto delito cuando tienen una "sospecha razonable" de que se ha cometido un delito (Terry v Ohio, 392 US 1 (1968)) (Cuarta Enmienda). Una mera parada o detención no es lo mismo que estar bajo arresto y, cuando la policía investiga y ya no tiene una sospecha razonable, se le debe permitir terminar el encuentro y abandonar la detención.

Para obtener más información sobre tus derechos Miranda de la ley de EE. UU. para encontrar sus equivalentes en todas las jurisdicciones, visita: www.mirandawarning.org.

c. Si estoy esposado, ¿me arrestan?

La policía puede esposar a alguien por varias razones, incluso por razones de seguridad o para arrestarlo formalmente. El hecho de que esté bajo arresto depende de si tucrees, en función de las circunstancias, que estás siendo restringido y que no puedes salir. Si crees o sabes que la restricción es temporal y breve, entonces no se consideraría un arresto. Ser esposado es un factor que se ha utilizado para determinar que una persona razonable creería que está bajo arresto (United States v. Newton, 369 F.3d 659, 676-77 (2d Cir. 2004); Compendio Legal: ¿Cuándo constituye el esposamiento la custodia a los efectos de Miranda?, https://leb.fbi.gov/articles/legal-digest/legal-digest--when-does-handcuffing-constitute-custody-for-purposes-of-miranda#:~:text=Use%20of%20Handcuffs%20May%20Constitute,arrest%20has%20not%20been%20made).

Bajo la ley Miranda v. Arizona, 384 US 436 (1966), los agentes de policía tienen el deber de informarte sobre tu derecho a permanecer en silencio y tu derecho a consultar a un abogado cuando se te detenga y antes de responder a cualquier pregunta de la policía. Si crees que has sido puesto bajo arresto (por ejemplo, has sido esposado o colocado en la parte trasera de un automóvil de la policía), pero no se te han leído tus derechos bajo Miranda v. Arizona, pregunta a los oficiales de policía si estás bajo arresto y deja de responder preguntas de la policía hasta que se te dé la oportunidad de consultar a un abogado.

Fuente: United States v. Fiseku, 915 F.3d 863 (2d Cir. 2018), disponible aquí.

d. Si mi libertad está restringida, ¿estoy bajo arresto?

El hecho de que estés bajo arresto depende de si tu crees, en función de las circunstancias, que estás siendo restringido y que no puedes salir. Si crees o sabes que la restricción es temporal y breve, entonces no se consideraría un arresto. Los tribunales considerarán muchos factores para determinar si es razonable creer que estás bajo arresto, como estar a merced total de la póliza, ser esposado o ser forzado a subir a un coche de policía (United States v. Newton, 369 F.3d 659, 676-77 (2d Cir. 2004); Compendio Legal: ¿Cuándo constituye el esposamiento la custodia a los efectos de Miranda?, https://leb.fbi.gov/articles/legal-digest/legal-digest--when-does-handcuffing-constitute-custody-for-purposes-of-miranda#:~:text=Use%20of%20Handcuffs%20May%20Constitute,arrest%20has%20not%20been%20made

7. Qué hacer después de ser advertido de tus derechos

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Información propuesta

Es importante seguir estos consejos:

  • Puedes usar tu derecho a permanecer en silencio o cualquiera de tus otros derechos (por ejemplo, el derecho a un abogado) diciendo que deseas usar ese derecho.
  • También puedes renunciar a tus derechos (es decir, no usarlos), por ejemplo, diciendo: "Sí, entiendo mis derechos, pero estoy listo para hablar con usted". Esta no es una buena idea sin la presencia de un abogado.
  • Asegúrate de saber lo que estás haciendo al renunciar a tus derechos.

a. ¿Cómo cambian las cosas si la policía me lee mis derechos?

Si la policía te lee sus derechos, está bajo arresto. En ese momento, estás protegido por los derechos constitucionales. Dos derechos importantes son el derecho a permanecer en silencio y el derecho a tener un abogado. Después de tu arresto, no estás obligado a decir nada más a la policía o a los investigadores, hasta que tengas un abogado presente. Se te debe dar la oportunidad de ponerte en contacto con un abogado.

  1. Si deseas ejercer tu derecho a guardar silencio, no hagas ninguna declaración. Tienes derecho a permanecer en silencio y a hablar con un abogado antes de hablar con la policía. No le digas nada a la policía, excepto tu nombre y dirección. No des explicaciones, afirmaciones de inocencia, excusas o historias.
  2. Si deseas ejercer tu derecho a ver a un abogado, pregunta de inmediato. Si no puedes pagar un abogado, tiense derecho a uno gratuito y debes preguntar a la policía cómo se puede contactar al abogado. Nos diga nada sin un abogado.
  3. Dentro de un tiempo razonable después de tu arresto o fichaje, tienes derecho a hacer una llamada telefónica local a un abogado, agente de fianzas, un pariente o cualquier otra persona. Es posible que la policía no escuche la llamada al abogado.

https://www.acba.org/public/Legal-Briefs-102507

b. ¿Importa dónde estoy cuando la policía me lee mis derechos? (calle, comisaría, coche de policía, etc.)

Si la policía te lee sus derechos, debes asumir que estás bajo custodia, independientemente de la ubicación. No hagas ninguna declaración y pide hablar con tu abogado.

El hecho de que estés bajo custodia depende de las circunstancias y de si una persona razonable creería que está bajo arresto. No tienes que estar esposado en una estación de policía si, dadas las circunstancias, crees razonablemente que no eres libre de irte. Es más probable que te coloquen en un coche de policía o te lleven a una comisaría de policía como si estuvieras bajo custodia que si te interrogan en la calle (Departamento de Policía de Filadelfia, Directiva 5.5, http://www.phillypolice.com/assets/directives/D5.5-JuvenilesInPoliceCustody.pdf).

8. La policía te interroga

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Es importante seguir estos consejos:

  • No estás obligado a hacer una declaración, responder preguntas policiales o participar en una investigación policial, y nunca tienes que ir a ningún lado con la policía a menos que te hayan arrestado.
  • Si la policía te ha arrestado y si eres menor de 18 años, la policía debe notificar inmediatamente a tu padre, cuidador o tutor legal.

a. ¿Estoy obligado a hacer una declaración?

No.  Tiene derecho a permanecer en silencio y a hablar con un abogado antes de hablar con la policía. No le digas nada a la policía, excepto tu nombre y dirección. No des explicaciones, afirmaciones de inocencia, excusas o historias (https://www.acba.org/public/Legal-Briefs-102507; Estados Unidos v. Shannon, No. 13-2389

b. ¿Debe la policía notificar a mi tutor?

Sí. Si eres menor de edad y estás detenido, la policía debe notificar a tu padre o tutor (Ley de Menores de Pensilvania, Sec. 6326, https://www.legis.state.pa.us/WU01/LI/LI/CT/HTM/42/00.063..HTM).

También se te debe dar la oportunidad de hablar con tu abogado, padre u otro adulto interesado, antes de renunciar a tu derecho constitucional a permanecer en silencio (Com. v. Webster, 291 Pa. Superior Ct. 271 (1981), 435 A.2d 1217; https://law.justia.com/cases/pennsylvania/superior-court/1981/291-pa-super-271-2.html).

c. ¿Debo confesar?

No, no tienes que confesar, y no debes confesar ni declararte culpable sin la guía de un abogado. Según la Constitución de los Estados Unidos, tienes el derecho de la 5ª Enmienda contra la autoincriminación. Esto significa que tienes derecho a permanecer en silencio y no decir nada que pueda usarse en tu contra en la corte para encontrarlo culpable de un delito.

 Esto también significa que tienes derecho a declararte inocente y hacer que el abogado del gobierno, conocido como el fiscal, demuestre que eres culpable. Declararse inocente le da a tu abogado tiempo para trabajar en tu defensa o en negociar un acuerdo de culpabilidad, si eso te beneficia (Debido Proceso Sustantivo Bajo la Quinta Enmienda, https://constitution.findlaw.com/amendment5/annotation07.html#1).

d. ¿A qué adultos puedo pedir que estén conmigo?

No tienes derecho a que un padre o tutor esté presente durante el interrogatorio de la policía después del arresto, pero sí tienes derecho a permanecer en silencio y a tener un abogado presente. Sin embargo, si confiesas un delito durante el interrogatorio sin tener primero la oportunidad de consultar con un adulto interesado, incluidos sus padres o un abogado, la confesión no se puede usar en tu contra.

Commonwealth v. McCutchen, 463 Pa. 90, 343 A.2d 669 (1975); Estado Libre Asociado v. Markle, 380 A2d, 346, (1977); Commonwealth v. Smith, A2d 797 (1977) (La oportunidad de consultar con un adulto interesado es un requisito previo para una renuncia efectiva de un derecho constitucional por parte de un menor)

e. ¿A quién tiene que contactar la policía si soy menor de edad?

Si usted es menor de edad y está bajo custodia, la policía debe notificar a sus padres o tutores (Ley de Menores de Pensilvania, Sec. 6326, https://www.legis.state.pa.us/WU01/LI/LI/CT/HTM/42/00.063..HTM).

También se te debe dar la oportunidad de hablar con tu abogado, padre u otro adulto interesado, antes de renunciar a tu derecho constitucional a permanecer en silencio (Com. v. Webster, 291 Pa. Superior Ct. 271 (1981), 435 A.2d 1217, https://law.justia.com/cases/pennsylvania/superior-court/1981/291-pa-super-271-2.html).

9. ¿Cómo me comunico con un abogado y cuándo?

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Es importante seguir estos consejos:

  • Siempre debes ponerte en contacto con un abogado antes de hacer declaraciones a cualquier persona en un caso o investigación penal.
  • Esto se aplica incluso si te dicen que (i) los oficiales de policía solo quieren interrogarte; y/o (ii) eres solo un testigo.
  • Si bien tienes que esperar hasta que asistas a la corte para que te asignen un abogado si no puedes pagar tu propio abogado, aún debes solicitar un abogado tan pronto como seas interrogado o arrestado por la policía. Si te arrestan, tienes derecho a permanecer en silencio y a no hablar hasta que tu abogado esté presente.

a. ¿Qué pasa si soy solo un testigo?

Nos tiene derecho a un abogado si eres solo un testigo. En algunas situaciones, cuando se te llama como testigo, se te puede pedir información que podría usarse en tu contra si se te acusa de un delito. Puedes negarse a responder preguntas que requieran que proporcionen información que pueda usarse en tu contra en un caso penal (Pennsylvania v. Davis (2019), https://law.justia.com/cases/pennsylvania/supreme-court/2019/56-map-2018.html; Pennsylvania v. Muniz, 496 U.S. 582, 588-89 (1990)).

Debes ponerte en contacto con un abogado si crees que se te puede pedir que proporciones información que podría usarse en tu contra.

10. ¿La policía siempre tiene que decir la verdad?

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Es importante seguir estos consejos:

  • No. La policía puede mentirte durante el curso de una investigación, incluso mintiendo sobre la solidez del caso que tienen en tu contra y la evidencia particular que tienen en su poder.
  • A veces, la policía miente para tratar de que hables más.

a. ¿Puede mentirme la policía?

La policía no siempre tiene que decirte la verdad. En algunas situaciones, si la policía te miente para obtener tu consentimiento, es posible que el consentimiento no sea válido (Commonwealth v. Danforth, https://law.justia.com/cases/pennsylvania/supreme-court/1990/395-pa-super-1-1.html).

b. ¿Tengo que decirle la verdad a la policía?

Si no les dice la verdad a la policía, puede considerarse un delito menor (Título 18, Capítulo 49, Sección 4904, https://www.legis.state.pa.us/cfdocs/legis/LI/consCheck.cfm?txtType=HTM&ttl=18&div=0&chpt=49).

11. ¿Cómo presento una queja si tengo preguntas o siento que se han violado mis derechos?

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Es importante seguir estos consejos:

Hay algunas maneras en que puedes presentar una queja si crees que se han violado tus derechos. Una opción es completar y presentar una queja ante la Comisión de Supervisión de la Policía Ciudadana (CPOC, por sus siglas en inglés), que toma las quejas contra los oficiales de policía y las envía a la División de Asuntos Internos del Departamento de Policía de Filadelfia (PPD, por sus siglas en inglés). El sitio web del CPOC proporciona un formulario para completar, que está disponible en diferentes idiomas y que se puede presentar en línea, en persona o por correo electrónico o postal. Una vez que se haya presentado una queja, un representante del CPOC se comunicará contigo para una entrevista de seguimiento antes de enviar la queja a la División de Asuntos Internos del PPD. Puedes tener un representante de CPOC presente contigo durante toda la interacción policial, incluidas las entrevistas (https://www.phila.gov/services/crime-law-justice/police/file-a-complaint-against-a-philadelphia-police-officer/#:~:text=Crime%2C%20law%20%26%20justice&text=The%20Citizens%20Police%20Oversight%20Commission,services%20as%20an%20impartial%20intermediary; https://www.inquirer.com/philly-tips/police-complaint-philly-philadelphia-police-department-file-20221011.html)

12. ¿Qué pasa si siento que fui víctima de discriminación o racismo?

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Es importante seguir estos consejos:

Si crees que eres víctima de discriminación o racismo por parte de un oficial de policía durante un encuentro, puedes presentar una queja ante el CPOC o la División de Asuntos Internos del PPD como se describe anteriormente (https://www.phila.gov/services/crime-law-justice/police/file-a-complaint-against-a-philadelphia-police-officer/#:~:text=Crime%2C%20law%20%26%20justice&text=The%20Citizens%20Police%20Oversight%20Commission,services%20as%20an%20impartial%20intermediary; https://www.phillypolice.com/forms/official-complaint-process; https://www.inquirer.com/philly-tips/police-complaint-philly-philadelphia-police-department-file-20221011.html).

También puedes ponerte en contacto con la Comisión de Relaciones Humanas de Filadelfia (PCHR, por sus siglas en inglés), que es la agencia de derechos civiles de Filadelfia que hace cumplir las leyes contra la discriminación. Puedes completar un formulario de admisión y luego el personal de PCHR programará una reunión contigo para discutir la información que proporciones (https://www.phila.gov/2020-02-05-filing-discrimination-complaints-in-philadelphia/). También puedes comunicarse con la Oficina de Diversidad, Equidad e Inclusión para analizar tus opciones (https://www.phila.gov/departments/office-of-diversity-equity-and-inclusion/).

Una opción alternativa es presentar una queja de derechos civiles directamente ante la oficina del fiscal general de Pensilvania. Dependiendo del tipo de queja, es posible que también debas comunicarse con otras agencias (como PCHR), pero presentar una queja ante la oficina del fiscal general le da al fiscal general la discreción de investigar y perseguir un caso (https://www.attorneygeneral.gov/submit-a-complaint/civil-rights-complaint-2/).

Por último, puede buscar y hablar con un abogado de derechos civiles de Filadelfia.

13. ¿Cómo puedo responder a circunstancias que impliquen discriminación?

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Es importante seguir estos consejos:

Puedes presentar quejas ante (i) el CPOC, (ii) la División de Asuntos Internos del Departamento de Policía de Filadelfia, (iii) el PCHR o (iv) el fiscal general de Pensilvania, cada uno como se describe anteriormente (https://www.phila.gov/services/crime-law-justice/police/file-a-complaint-against-a-philadelphia-police-officer/#:~:text=Crime%2C%20law%20%26%20justice&text=The%20Citizens%20Police%20Oversight%20Commission,services%20as%20an%20impartial%20intermediary; https://www.phillypolice.com/forms/official-complaint-process; https://www.inquirer.com/philly-tips/police-complaint-philly-philadelphia-police-department-file-20221011.html; https://www.phila.gov/2020-02-05-filing-discrimination-complaints-in-philadelphia/; https://www.attorneygeneral.gov/submit-a-complaint/civil-rights-complaint-2/). También puedes buscar y hablar con un abogado de derechos civiles de Filadelfia sobre tus opciones.

14. ¿Qué se puede hacer si la policía realiza un registro indebido? ¿O fuiste detenido indebidamente?

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Es importante seguir estos consejos:

Si crees que eres objeto de un registro indebido o que fuiste detenido indebidamente, puedes buscar un remedio presentando una queja ante (i) el CPOC, (ii) la División de Asuntos Internos del Departamento de Policía de Filadelfia, (iii) el PCHR o (iv) el fiscal general de Pensilvania, cada uno como se describe anteriormente (https://www.phila.gov/services/crime-law-justice/police/file-a-complaint-against-a-philadelphia-police-officer/#:~:text=Crime%2C%20law%20%26%20justice&text=The%20Citizens%20Police%20Oversight%20Commission,services%20as%20an%20impartial%20intermediary; https://www.phillypolice.com/forms/official-complaint-process; https://www.inquirer.com/philly-tips/police-complaint-philly-philadelphia-police-department-file-20221011.html; https://www.phila.gov/2020-02-05-filing-discrimination-complaints-in-philadelphia/; https://www.attorneygeneral.gov/submit-a-complaint/civil-rights-complaint-2/).

También puedes tratar de hablar con un abogado en Filadelfia que se especialice en derechos civiles o arresto injusto.