1. He sido detenido por la policía en la calle, ahora que?

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Información propuesta

Es importante seguir este consejo:

a. ¿La policía lo puede arrestar por rehusarse a contestar sus preguntas?

No, tú no estás obligado a hablar con la policía. Tienes el derecho de mantenerte en silencio. Ver por ejemplo 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Nótese que te debes identificar (nombre, dirección, fecha de nacimiento, y qué está haciendo) a un oficial de policía si se lo pregunta. Te arriesgas a ser arrestado si no te identificas en una situación donde la policía cree que estás involucrado en una actividad criminal o si creen que eres una amenaza a la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho de mantenerte en silencio bajo la 1ra enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Utah Code § 76-8-301.5; Utah Code § 77-7-15

b. ¿Qué sucede ssi los oficiales no se identifican a sí mismos?

A los policías de Salt Lake City se les recomienda identificarse a sí mismos por nombre, rango y departamento si has sido parado o detenido. Puedes preguntar si son policías y que te muestren sus identificaciones (placa de policía). Ver Standards of Conduct, Salt Lake City Police Department § 322.6

c. ¿Que pasa si un oficial sólo empieza a hablarme pero no me ordena hacer nada?

No estás obligado a hablar con la policía. Si un oficial empieza a hablar contigo, no necesitas responder. Tienes el derecho de mantenerte en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿Que pasa si el oficial no está en uniforme o no se ha identificado como oficial, pero creo que sí lo es?

A los policías de Salt Lake City se les recomienda identificarse por nombre, rango y departamento si has sido parado o detenido. Puedes preguntar si son policías y que te muestren sus identificaciones (placas de policía). Vea Standards of Conduct, Salt Lake City Police Department § 322.6

En cualquier caso, si piensas que estás hablando con un policía, ten cuidado con lo que dices. Cualquier cosa que digas puede ser usado en tu contra, aún si el oficial es encubierto y no te leyó tus derechos. Ver Undercover Operations, Salt Lake City Police Department § 611; Illinois v. Perkins, 496 U.S. 292 (1990)

e. ¿Le puedo decir a la policía que no quiero hablar sin un abogado?

Sí, tú tienes el derecho de tener un abogado presente durante interrogatorios, y uno te puede ser asignado si no puedes pagar uno. Cualquier información que hables con tu abogado será mantenido en privado con tu abogado. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

Adicionalmente, no estás obligado a hablar con la policía. Tienes derecho a mantenerte en silencio. Vea por ejemplo 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Si la policía te empieza a interrogar sin primero leerte tus derechos (conocidos como la advertencia Miranda) entonces ellos no pueden usar nada que digas como evidencia directa en la corte legal. Ver por ejemplo Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); State of Utah v. Leyva, 906 P.2d 894, 277 Utah Adv. Rep. 39 (1995); Interrogation and Confessions, Salt Lake City Police Department § 601.3.1

f. ¿So me siento, estoy resistiendo?

Sí. No puedes sentarte con el propósito de evitar un arresto o para prevenir que el oficial haga su trabajo de alguna forma. El oficial puede ver esto como una manera pasiva de resistir el arresto, y con ello interferir con operaciones de gobierno. Ver Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 77-7-2

g. Si me paran como parte de un grupo y algunos corren, ¿puedo huír?

No, no puedes huir de un oficial si piensas que estás por ser arrestado, aún si otros en tu grupo corren. Aún si no ecstás siendo arrestado, huír de un oficial de policía es una mala idea. Hacerlo podría darle al oficial la idea de que has estado o estás involucrado en actividades criminales. Ver por ejemplo Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 76-8-305.5; Utah Code § 77-7-2

h. ¿Les puedo decir a otros (hermanos) que corran?

No, no puedes decirle a alguien que huya de la policía. Esto puede ser visto como interferencia con el arresto. Adicionalmente, hacerlo podría darle al oficial la idea de que has estado o estarás involucrado en actividades criminales. Ver Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 77-7-2

i. Si el idioma del policía no es mi idioma principal, ¿les puedo decir sin renunciar a mis derechos?

Sí, puedes decirle al policía que su idioma no es tu idioma nativo. Esto no te hace renunciar a tus derechos si le dices al oficial inmediatamente después que deseas mantenerte en silencio. Tienes el derecho a un intérprete para interacciones entre tú y el policía o la corte. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); Utah Code Jud. Admin. 3-306

También tienes el derecho a tener un abogado presente durante interrogatorios, y uno te puede ser asignado si no puedes pagar uno. Cualquier información que les des será mantenido en privado con tu abogado. Ver ejemplo, 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

j. Si no hice nada, ¿me pueden detener?

Para que un policía te detenga, debe tener una sospecha razonable de que has estado, estás, o estarás involucrado en una actividad criminal. Ya sea que haya o no una sospecha razonable depende de la siutación, por lo cual puede ser dificil determinar si la policía tiene permitido el detenerte. Sin importar que el oficial esté permitido a detenerte o no, es una mala idea resistirte. Ver ejemplo, Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 77-7-15

2. Cuándo puede la policía registrarte a tí o tus alrededores?

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Información propuesta

Es importante seguir este consejo:

a. Que pasa si un policía quiere revisar mi teléfono?

Los oficiales tienen prohibido conducir revisiones o incautaciones No Razonables. No Razonable se puede referir a cualquier cosa que es inapropiado, agresivo, excesivo o dañino para tí o cualquier involucrado. Ver 4th Amendment; Utah State Constitution, Article I § 14

Con relación a un arresto, la policía de Utah debe obtener tu permiso, una orden de la corte, o tener una circunstancia exigente para una búsqueda antes de que un teléfono u otro dispositivo manual pueda ser abierto y revisado. Ver Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Utah Code § 77-23c-102; Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311; Utah R. Crim. P. 40; Utah Code § 77-7-16

b. ¿Qué pasa si un oficial me pide la contraseña o clave de mi teléfono?

No tienes que proveer tu clave o contraseña (estoy incluye tu huella dactilar o identificador facial) a menos que la policía tenga una orden de la corte. Puedes rehusarte a entregar al policía tu teléfono o preveer la contraseña o clave del mismo, aún si estás siendo arrestado, siempre y cuando la policía no tenga una orden de la corte para la revisión de tu teléfono. Dar tu contraseña, huella dactilar o identificación facial es el equivalente a dar tu consentimiento. Ver Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Utah Code § 77-23c-102; Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311; Utah R. Crim. P. 40

Adicionalmente, los oficiales tienen prohibido conducir revisiones no razonables o incautamientos. No razonable se puede referir a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, excesiva o dañina para tí o cualquier involucrado. Ver 4th Amendment; Utah State Constitution, Article I § 14

c. Whe pasa si me piden darles mi contraseña u otro acceso a mi teléfono

Puedes rehusarte a permitir el acceso a tu teléfono si te lo piden. Si no tienen tu permiso o permiso de una corte por medio de una orden, no te pueden forzar a darles tu contraseño o acceso alguno a tu teléfono. Ver. Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Utah Code § 77-23c-102; Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311; Utah R. Crim. P. 40.

Adicionalmente, los policías tienen prohibido conducir revisiones e incautaciones No Razonables. No razonables se puede referir a cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva. Excesiva o dañino para tí o cualquier involucrado. Ver 4th Amendment; Utah State Constitution, Article I § 14

No puedes ser forzado a dar testimonio a oficiales de gobierno o de la ley (evidencia) que podría incriminarte en la corte. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Nota: Fallos recientes de cortes federales han coincidido que tu contraseña y otras formas de acceso digital están incluidos en las protecciones de la 5ta enmienda, sin embargo, esto no ha sido establecido al momento de escribir la presente. Ver United States v. Apple MacPro Computer, 851 F.3d 238, 247 (3rd Cir. 2017); In re: Grand Jury Subpoena Duces Tecum Dated March 25, 2011 v. John Doe, 670 F.3d 1335, 1341 (11th Cir. 2012)

d. ¿Tengo que darles la contraseña de mi dispositivo si lo piden si no estoy bajo arresto? ¿Y si sólamente lo solicitan?

Si no estás bajo arresto, no tienes que dar tu contraseña a la policía. La policía no te puede forzar a que les des tu password, huella dactilar o acceso facial para desbloquear tu teléfono. Puedes rehusarte a darles esta información. Sin embargo, es importante destacar que si les das tu teléfono o contraseña, ellos tienen el derecho a llevar a cabo la búsqueda. Puedes revocar este consentimiento en cualquier momento. Ver Riley v. California, 573 U.S. 373, pg. 28 (2014); Utah Code § 77-23c-102; Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311; Utah R. Crim. P. 40

Adicionalmente, los oficiales tienen prohibido conducir búsquedas e incautaciones no razonables. No razonable se refiere a cualquier cosa que es inapropiada, agresiva, excesiva o dañina para tí o cualquier involucrado. Ver 4th Amendment; Utah State Constitution, Article I § 14

e. ¿Qué herramientas puede usar la policía para registrarme? ¿Qué tecnologías? (reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsqueda de huellas dactilares, etc.)

La policía puede usar cualquier herramienta que no sean consideradas no razonables en búsqueda de evidencia, ya que los oficiales tienen prohibido realizar registros e incautaciones no razonables. No razonable se refiere a cualquier cosa que es inapropiada, agresiva, excesiva o dañina para tí o cualquier involucrado. Ver 4th Amendment; Utah State Constitution, Article I § 14

La policía puede, con una orden de la corte, sospecha razonable o con el arresto, tomar tus huellas dactilares y revisarlas contra una base de datos. Ver. Davis v. Mississippi, 394 U.S. 721, 727 (1969); Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311.12

El departamento de polícía de Salt Lake City tiene permitido registrar todas las interacciones públicas utilizando cámaras corporales. La policía puede también usar cámaras de monitoreo oculto en algunas localidades en ciudades, particularment en intersecciones. Ver Utah Code § 77-7a-104; Utah Code § 77-23d-103

La policía generalmente no tiene permitido utilizar tecnología de reconocimiento facial. Si la policía quiere usar tecnología de reconocimiento facial, deben hacer una solicitud que sólo será otorgada si están investigando un crimen serio o si están tratando de identificar una persona fallecida, incapacitada o en riesgo. Ver Utah Code 77-23e-103

NOTA: A Noviembre del 2022, la corte suprema de los Estados Unidos aún no decide si la 4ta enmienda prohibe el uso de cámaras corporales y de monitoreo. Sin embargo, cortes inferiores que han escuchado el caso han fallado en favor de que el gobierno federal apruebe su uso. Ver. United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

f. ¿Pueden revisar mi mochila u otras cosas que llevo conmigo?

La policía no puede registrar tu mochila o cualquier otro artículo que lleves sin tu autorización o sin permiso de la corte, conocida como orden judicial. Puedes retraer tu consentimiento en cualquier momento pero hasta el momento que lo hagas, la policía puede continuar la búsqueda. Ver 4th Amendment; Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311; Utah R. Crim. P. 40; Utah Code § 77-7-16

La policía puede palpar tu ropa si creen razonablemente que puedes tener un arma, y que la seguridad de alguien pudiera estar en riesgo por el arma. Si tienes menos de 18 años, es ilegal portar un arma en público o cualquier lugar en donde no tienes permiso. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Utah Code § 77-7-16; Utah Code § 76-10-509.4

Si te arrestan, el oficial te puede registrar así como a tus pertenencias, teniendo causa probable para hacerlo. Esto puede incluir tu mochila si está al alcance de tu mano, o si la estás usando en ese momento. Esto también puede incluir tu vehículo si está cerca de tí o lo estás manejando al momento de la búsqueda. Ver United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Utah State Constitution, Article I § 14

g. Pueden tomar mi fotografía o grabarme?

Si. El departamento de policía de Salt Lake City tiene permitido grabar todas las interacciones públicas usando cámaras corporales. La policía también puede usa cámaras ocultas en ciertos lugares en las ciudades, particularmente en intersecciones. Ver Utah Code § 77-7a-104; Utah Code § 77-23d-103

Nota: A noviembre del 2022, la corte suprema de los Estados Unidos aún no ha decidido si la 4ta enmienda prohíbe el uso de cámaras corporales y de vigilancia. Sin embargo, reglas de tribunales inferiores que han escuchado el caso han fallado a favor de que el gobierno federal lo apruebe. Ver. United States v. Tuggle, 4 F.4th 505 (7th Cir. 2021); United States v. Mancari, 463 F.3d 590 (7th Cir. 2006); Bills v. Aseltine, 958 F.2d 697 (6th Cir. 1992); United States v. Taketa, 923 F.2d 665 (9th Cir. 1991)

h. Me pueden preguntar a dónde voy y por qué?

Sí, la policía te puede preguntar a donde vas y por qué. Si no estás siendo detenido, puedes ejercer tu derecho de permanecer en silencio. Responder a estas preguntas quiere decir que consientes a las solicitudes del oficial. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Nótese que usted se debe identificar (su nombre, dirección, fecha de nacimiento y qué está haciendo) a oficiales de la ley, si se le pregunta. Corre el riesgo de ser arrestado si no se identifica en una situación en la que la policía cree razonablemente que está involucrado en una actividad delictiva o si cree que usted es una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, le puede decir al oficial que deseas ejercer tu derecho a guardar silencio bajo la 5ta Enmienda. Ver. Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Utah Code § 76-8-301.5; Utah Code § 77-7-15

3. Razones por las cuales la policía te puede detener o arrestar

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Es importante seguir este consejo:

  • La policía puede arrestarlo o detenerlo porque sospecha que usted está cometiendo (o ha cometido) una violación de la ley, o si sospecha que actualmente tiene pruebas de un delito.
    Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Utah Code § 77-7-2
  • A veces, la policía tiene una orden judicial, lo que permite a las autoridades registrarlo o arrestarlo, según para qué sea la orden.
  • Es una buena idea revisar detenidamente cualquier documento de la policía/orden judicial para asegurarse de comprender qué está cubierto exactamente.
    Ver Utah R. Crim. P. 6
  • Si lo arrestan, se le puede acusar de un delito grave por una falta seria (con una posible pena de cárcel de un año o más), un delito menor por una falta menos seria (con una pena de cárcel de menos de un año) o una infracción.
  • Si la policía te arresta, también tienen el derecho de revisarte. Cualquier cosa que encuentren en esta revisión puede ser usado como evidencie en tu contra
    Ver United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311

a. ¿Qué pasa si no hice nada ilegal?, ¿Debo hablar con la policia y contestar preguntas?

No, no estás obligado a hablar con la policía. Tienes el derecho de mantenerte en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes el derecho de tener un abogado presente durante interrogatorios, y uno te puede ser asignado si no puedes pagarlo. Cualquier información que compartas con tu abogado será mantenida privada por tu abogado. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

Nótese que usted debe identificarse (con su nombre, dirección, fecha de nacimiento y qué estás haciendo) a un oficial de la ley si se te pregunta. Te arriesgas a ser arrestado si no te identificas en una situación donde la policía cree que estás involucrado en alguna actividad criminal o si creen que eres una amenaza a la seguridad pública. Sin embargo, puedes decirle al oficial que deseas ejercer tu derecho de mantenerte en silencio bajo la 5ta enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Utah Code § 76-8-301.5; Utah Code § 77-7-15

b. ¿Y si me dicen algo que están investigando y que es incorrecto? ¿Los debo corregir?

No, no tienes la obligación de hablar con la policía. Tienes el derecho de mantenerte en silencio. Sin embargo, deberás corregir a los oficiales cuando el oficial no haya entendido cualquier cosa que hayas dicho, o si le dices al oficial algo incorrecto. El no hacerlo es ilegal y penado bajo leyes estatales. Ver 5th Amendment; Utah Code § 76-8-506; Utah Code § 76-8-507

También tienes el derecho de tener un abogado presente durante interrogatorios, y uno se te asignará si no puedes pagarlo. Cualquier información que hables con tu abogado será mantenido privado. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

c. ¿Y si el oficial sólo empieza a hablar conmigo pero no me ordena hacer cosa alguna?

No tienes la obligación de hablar con la policía. Si un oficial empieza a conversar contigo, no estás en la obligación de responder. Tienes el derecho de mantenerte en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con ellos si no me dicen que estoy bajo arresto, en contraste con si me han informado que estoy bajo arresto?

En ningún escenario estas obligado a hablar con la policía, y tienes el derecho de mantenerte en silencio. Si el policía te empieza a cuestionar sin decirte tus derechos (conocidos como la Advertencia Miranda), y no pueden usar nada que les digas como evidencia directa contra tí en una corte legal. Ver. Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); State of Utah v. Leyva, 906 P.2d 894, 277 Utah Adv. Rep. 39 (1995); Interrogation and Confessions, Salt Lake City Police Department § 601.3.1

4. La diferencia entre que la policía me diga que hacer, y que la policía me pida hacer algo.

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Información propuesta

Es importante seguir este consejo:

a. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía decida revisarme o a mis pertenencias (teléfono, mi persona, mochila) y que yo acepte la revisión?

La policía no puede registrar sus pertenencias sin su permiso o el permiso del tribunal, lo que se conoce como orden judicial. Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, pero hasta que lo haga, la policía puede continuar realizando la búsqueda. Ver 4th Amendment; Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311; Utah R. Crim. P. 40; Utah Code § 77-7-16

Además, los agentes tienen prohibido realizar registros e incautaciones "irrazonables". Irrazonable puede referirse a Utah State Constitution, Article I § 14

La policía puede registrar su ropa si cree "razonablemente" que usted tiene un arma y que la seguridad de alguien puede estar en riesgo debido a esa arma. Si tienes menos de 18 años, es ilegal portar un arma de fuego en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Utah Code § 77-7-16; Utah Code § 76-10-509.4

Si lo arrestan, el oficial puede registrarlo a usted y sus pertenencias, si tiene causa probable para hacerlo. Esto puede incluir su mochila si está al alcance de su mano o si la está usando en ese momento. Esto también puede incluir su vehículo si se encuentra cerca de usted en el momento de la búsqueda o si lo está conduciendo en el momento de la búsqueda. Ver United States v. Robinson, 414 U.S. 218, pg. 1 (1973); Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311

b. ¿Qué pasa si me dicen que les dé información en lugar de que ellos me la pidan y yo les dé respuestas voluntariamente?

En cualquier caso, no es necesario que hable con la policía ni le proporcione ninguna información. Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tienes derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se le puede proporcionar uno si no puede pagarlo. Su abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hablen. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

Cabe señalar que debe identificarse (su nombre, dirección, fecha de nacimiento y qué está haciendo) ante un agente de la ley si se le solicita. Corre el riesgo de ser arrestado si no se identifica en una situación en la que la policía cree razonablemente que está involucrado en una actividad delictiva o si cree que usted es una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puede decirle al oficial que desea ejercer su derecho a permanecer en silencio con base en la 5ta Enmienda. Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Utah Code § 76-8-301.5; Utah Code § 77-7-15

5. La policía necesita una orden de la corte para arrestarte?

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Es importante seguir el siguiente consejo:

  • No, los oficiales de la policía pueden arrestarte legalmente sin una orden bajo varias circunstancias:
    • Cuando el crimen es cometido en presencia de los policías
    • Cuando el oficial tiene razon para creer que has cometido un crimen, sin importar que el acto fuera cometido en su presencia
      Ver Utah Code § 77-7-2

a. Si no hice nada, me pueden detener?

Para que un oficial de policía lo detenga, debe tener una sospecha razonable de que usted ha estado, está o estará involucrado en una actividad delictiva. Que exista o no una sospecha razonable depende de la situación, por lo que puede ser difícil determinar si la policía puede hacerlo. Sin importar que si el oficial puede detenerlo o no, es mala idea resistirse. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Utah Code § 77-7-15; Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 77-7-2

b. Puedo preguntar la razón por la cual me han detenido?

A los agentes de policía de Salt Lake City se les ha recomendado que se identifiquen por nombre, rango y departamento si lo han detenido. Puedes preguntar si son policías y mostrar sus tarjetas de presentación (insignias). Ver Standards of Conduct, Salt Lake City Police Department § 322.6

c. Puedo interceder por otra persona joven detenida por la policía si nos detienen juntos?

Interceder por otro joven es riesgoso, ya que puedes ser arrestado por interferir con oficiales de la ley en cualquier forma. Ver Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 77-7-2

Sin embargo, usted tiene derecho a observar y grabar lo que está sucediendo, siempre y cuando no interfiera de ninguna manera con los oficiales de la ley.

d. Si pienso que la detención es injustificada, ¿Que puedo hacer?

Si cree que sus derechos han sido violados durante su interacción con las autoridades, puede presentar una queja por escrito ante el Formulario de queja policial del Departamento de Policía de Salt Lake City. Además, no es necesario que hable con la policía ni responda ninguna pregunta que le puedan hacer. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

Sin embargo, resistirse a la policía nunca es una buena idea, ya que pueden arrestarte por interferir con la aplicación de la ley de cualquier manera. Ver Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 77-7-2

Cabe señalar que debe identificarse (su nombre, dirección, fecha de nacimiento y qué está haciendo) ante un agente de la ley si se le solicita. Corre el riesgo de ser arrestado si no se identifica en una situación en la que la policía cree razonablemente que está involucrado en una actividad delictiva o si cree que usted es una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puede decirle al oficial que desea ejercer su derecho a permanecer en silencio según la 5ta Enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Utah Code § 76-8-301.5; Utah Code § 77-7-15

e. Puedo obtener la identificación del oficial para una queja más adelante?

Siempre que lo detengan o arresten, se recomienda a los agentes de policía de Salt Lake City que se identifiquen por su nombre, rango y departamento. Si cree que sus derechos han sido violados durante su interacción con las autoridades, puede presentar una queja por escrito ante el Formulario de queja policial del Departamento de Policía de Salt Lake City. Ver Standards of Conduct, Salt Lake City Police Department § 322.6

6. Cómo se sabe si estoy bajo arresto?

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Información propuesta

Es importante seguir este consejo:

a. ¿Y si no sé si estoy bajo arresto?

Puede preguntarle al oficial si está detenido, arrestado o si puede irse. Si lo están detenido/arrestado y no puede salir, no es una buena idea resistirse. Ver Utah Code § 76-8-305; Utah Code § 77-7-2

En cualquier caso, no es necesario que hable con la policía ni le proporcione ninguna información. Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

b. ¿Cual es la diferencia entre detención y arresto?

La detención se refiere a cuando las autoridades lo mantienen bajo sospecha razonable con el propósito de interrogarlo o realizar una breve búsqueda de tu persona y tus posesiones si creen que usted es una amenaza para la seguridad pública. Ver Utah Code § 77-7-15; Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311

El arresto se refiere a cuando la policía lo retiene bajo causa probable, lo que significa que el oficial tiene evidencia o una creencia más que razonable de que usted ha estado, está o estará involucrado en una actividad criminal. Cuando esté bajo arresto, el oficial debe identificarse y explicar el motivo del arresto. Ver Utah Code § 77-7-1; Utah Code § 77-7-2; Utah Code § 77-7-6

c. Si estoy esposado, estoy bajo arresto?

No necesariamente. Un oficial puede usar fuerza no letal (que presumiblemente incluye esposas) para detener a una persona, aún en una detención breve. Un oficial de policía también puede esposarlo si lo considera necesario para su seguridad, incluso si no lo arrestan. Ver Utah Code § 77-7-6; Utah Code § 77-7-7; Handcuffing and Restraints, Salt Lake City Police Department § 302

d. Si mi libertad está restringida, ¿Estoy bajo arresto?

i la restricción de la libertad es significativa, probablemente sí. Se considera que usted se encuentra bajo custodia cuando se le priva de su libertad de acción de forma significativa. Ver: Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)

Sin embargo, su libertad también puede verse restringida si la policía lo detiene, no lo arresta. Esta detención puede adoptar muchas formas. Ver United States v. Hensley, 469 U.S. 221 (1985); Utah Code § 77-7-15

Por ejemplo, el oficial puede preguntarle su identidad, con lo cual usted debe identificarse (su nombre, dirección, fecha de nacimiento y qué está haciendo) ante un oficial de la ley si se lo solicita. Corre el riesgo de ser arrestado si no se identifica en una situación en la que la policía cree razonablemente que está involucrado en una actividad delictiva o si cree que usted es una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puede decirle al oficial que desea ejercer su derecho a permanecer en silencio según la 5ta Enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Utah Code § 76-8-301.5; Utah Code § 77-7-15

La policía también podría registrar su ropa si cree "razonablemente" que usted tiene un arma y que la seguridad de alguien puede estar en riesgo debido a esa arma. Si tienes menos de 18 años, es ilegal portar un arma de fuego en público o en cualquier otro lugar donde no tengas permiso. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Utah Code § 77-7-16; Utah Code § 76-10-509.4

7. Qué hacer después de ser advertido de tus derechos?

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Es importante seguir este consejo:

a. ¿Cómo cambian las cosas si la policía me lee mis derechos?

Si la policía comienza a interrogarlo pero no le ha leído sus Derechos Miranda (derecho a permanecer en silencio, derecho a un abogado, etc.), entonces no pueden usar nada de lo que diga como prueba directa en su contra en el tribunal. Sólo después de que le lean sus derechos podrán usar cualquier cosa que diga en su contra en el tribunal. Ver 5th Amendment; 6th Amendment; Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); State of Utah v. Leyva, 906 P.2d 894, 277 Utah Adv. Rep. 39 (1995); Interrogation and Confessions, Salt Lake City Police Department § 601.3.1

b. ¿Importa dónde esté cuando la policía me lea mis derechos? (en la callecalle, estación, auto de policía, etc.)

No. Se le deben leer sus derechos al momento del arresto, sin importar dónde lo arresten. Ver Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Interrogation and Confessions, Salt Lake City Police Department § 601.3.1

8. La policía te interroga

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Es importante seguir este consejo:

  • No está obligado a hacer una declaración, responder preguntas de la policía ni participar en una investigación policial, y nunca tendrá que ir a ningún lado con la policía a menos que lo hayan arrestado.
    Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)
  • Si la policía te arrestó y eres menor de 18 años, la policía debe notificar inmediatamente a tus padres, encargado o tutor legal.
    Ver C.R.S. § 19-2.5-303(1)

a. ¿Estoy obligado a hacer una declaración?

No, no está obligado a hacer una declaración. Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tiene derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se le puede proporcionar uno si no puede pagarlo. Su abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hablen. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

b. ¿La policía debería notificar a mi tutor?

Si lo detienen, las autoridades deben intentar notificar a sus padres o tutores lo antes posible. De lo contrario, aún puedes solicitar que lo hagan. Ver Utah Code § 80-6-203; Utah Code § 80-6-205; Temporary Custody of Juveniles and Juvenile Operations, Salt Lake City Police Department § 312

c. ¿Debo Confesar?

No, no está obligado a confesar a la policía, ni la policía puede obligarlo a hacerlo. Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tiene derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se le puede proporcionar uno si no puede pagarlo. Su abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hablen. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

d. ¿A qué adultos puedo pedirles que estén conmigo?

Si lo detienen, las autoridades deben intentar notificar a sus padres o tutores lo antes posible. De lo contrario, tú puedes solicitar que lo hagan. Ver Utah Code § 80-6-203; Utah Code § 80-6-205; Temporary Custody of Juveniles and Juvenile Operations, Salt Lake City Police Department § 312

También tiene derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se le puede proporcionar uno si no puede pagarlo. Su abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hable con su abogado. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8; Utah Code § 80-6-206

e. ¿A quién tiene que contactar la policía si soy menor de edad?

Si lo detienen, las autoridades deben intentar notificar a sus padres o tutores lo antes posible. De lo contrario, tú puedes solicitar que lo hagan. Ver Utah Code § 80-6-203; Utah Code § 80-6-205; Temporary Custody of Juveniles and Juvenile Operations, Salt Lake C

9. ¿Cómo me comunico con un abogado, y cuándo?

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Es importante seguir este consejo:

  • Siempre debe comunicarse con un abogado antes de hacer declaraciones a cualquier persona en un caso o investigación penal. Esto aplica incluso si le dicen que la policía sólo quiere interrogarlo y/o que usted es sólo un testigo.
  • Si bien tiene que esperar hasta asistir al tribunal para que le asignen un abogado si no puede pagarlo, aún puede solicitar uno tan pronto como la policía lo interrogue o lo arreste. Si lo arrestan, tiene derecho a permanecer en silencio y a no hablar hasta que su abogado esté presente.
    Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963)

a. ¿Y si soy sólo un testigo?

Si usted es sólo un testigo, es posible que la policía aún lo interrogue. Para detenerlo como testigo, la policía debe identificarse. A partir de ahí, la policía puede exigir una identificación, con lo cual usted debe identificarse (su nombre, dirección, fecha de nacimiento y qué está haciendo) ante un agente de la ley si se lo solicita. Se arriesga a ser arrestado si no se identifica en una situación en la que la policía cree razonablemente que está involucrado en una actividad delictiva o si cree que usted es una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, puede decirle al oficial que desea ejercer su derecho a permanecer en silencio según la 5ta Enmienda. Ver Hiibel v. Sixth Judicial District Court of Nevada, Humboldt City, 542 U.S. 177, pg. 1 (2004); Utah Code § 76-8-301.5; Utah Code § 77-7-15

Sin embargo, usted tiene derecho a permanecer en silencio, por lo que debe informarle al oficial que, de ser así, está ejerciendo este derecho. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tiene derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se le puede proporcionar uno si no puede pagarlo. Su abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hable con su abogado. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

Adicionalment, si eres testigo de un delito, se te puede ordenar que acudas al tribunal a testificar. Se te pedirá que declares bajo juramento que lo que dice es verdad. Hacer una declaración jurada falsa que no cree que sea cierta se conoce como perjurio, que también es un delito. Ver Utah Code 78B-1-130; Utah Code § 78B-1-143; Utah Code § 78B-1-134; Utah Code § 76-8-503

10. La policía siempre tiene que decir la verdad?

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Es importante seguir este consejo:

  • No. La policía puede mentirle durante una investigación. Esto incluye mentir sobre la solidez del caso que tienen contra usted y las pruebas que tienen en su poder.
  • A veces la policía miente para intentar que usted hable más.
    Ver United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973)

a. La policía me puede mentir?

Sí, la policía puede mentirte. La policía no puede lastimarte físicamente, amenazarte ni usar drogas para intentar obligarte a confesar algo u obtener información de tu parte.. Ver United States v. Russell, 411 U.S. 423 (1973); Interrogation and Confessions, Salt Lake City Police Department § 601

b. Tengo que decir la verdad a la policía?

Sí, mentirle a la policía podría resultar en que lo acusen de un delito. Corre el riesgo de ser arrestado si proporciona información falsa a las autoridades. Ver Utah Code § 76-8-506; Utah Code § 76-8-507

[Fuentes legales: Alabama Code Section 13A-9-18.1; Alabama Code Section 13A-10-9].

Sin embargo, tienes el derecho de permanecer en silencio, por lo que debes informarle al oficial que, de ser así, estás ejerciendo este derecho. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964)

También tiene derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio, y se le puede proporcionar uno si no puede pagarlo. Su abogado mantendrá privada cualquier información sobre la que hable con su abogado. Ver 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

11. ¿Cómo presento una queja si tengo preguntas o siento que mis derechos han sido violados?

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Es importante seguir este consejo:

Las quejas sobre el comportamiento de los agentes se pueden presentar por medio del Formulario de quejas policiales del Departamento de Policía de Salt Lake City. También puedes considerar comunicarte con la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o el Departamento de Justicia de EE. UU. Por último, puedes considerar comunicarse con un abogado local, quien podría ayudarte con el proceso.

12. ¿Y si siento que fui víctima de discriminación o racismo?

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Es importante seguir este consejo:

Si cree que fue víctima de discriminación o racismo, puede presentar una queja sobre el comportamiento de los oficiales ante el Formulario de queja policial del Departamento de Policía de Salt Lake City. También puede considerar comunicarse con la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o el Departamento de Justicia de EE. UU. Además, organizaciones como la Asociación de Libertades Civiles de América (ACLU por sus siglas en inglés) se especializan en ayudar con reclamos por discriminación. Por último, puede considerar comunicarse con un abogado local, quien podría ayudarlo con el proceso. Ver Complaint/Contact Form, Office of the Attorney General

13. ¿Cómo respondo a circunstancias que involucran discriminación?

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Es importante seguir este consejo:

Las quejas sobre un oficial que usted cree que ha mostrado discriminación o racismo pueden presentarse al Formulario de queja policial del Departamento de Policía de Salt Lake City. También puede considerar comunicarse con la Oficina Federal de Investigaciones ("FBI") o el Departamento de Justicia de EE. UU. Por último, puede considerar comunicarse con un abogado local, quien podría ayudarlo con el proceso. Ver Complaint/Contact Form, Office of the Attorney General

Además, organizaciones como la ACLU se especializan en ayudar con reclamos por discriminación.

En el momento de experimentar una posible discriminación, es importante recordar el resto de consejos que se encuentran en esta guía. Trate de mantener la calma en su interacción con la policía, incluso cuando se vuelvan difíciles.

14. ¿Qué puedes hacer si la policía realiza un registro inadecuado? ¿O me detuvieron indebidamente?

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Es importante seguir este consejo:

Si crees que un oficial to detuvo o registró indebidamente, puedes presentar una queja ante el Formulario de queja policial del Departamento de Policía de Salt Lake City. También puedes considerar comunicarte con la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o el Departamento de Justicia de EE. UU. Por último, puedes considerar comunicarse con un abogado local, quien podría ayudarte con el proceso.

15. ¿Qué puedo hacer siendo menor de edad sin mis padres o tutores legales?

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Es importante seguir este consejo:

Los menores tienen los mismos derechos ante la ley que los adultos durante las detenciones, arrestos e investigaciones penales. Como resultado, como menor, tienes derecho a permanecer en silencio y a un abogado. Ver 5th Amendment; Malloy v. Hogan, 378 U.S. 1, pg. 1 (1964); 6th Amendment; Gideon v. Wainwright, 372 U.S. 335 (1963); Utah R. Crim. P. 8

Tu capacidad para pagar un abogado privado se basa en la situación financiera de tus padres o tutores. Si no pueden pagar uno, o si no están contigo, el gobierno debe proporcionarte un abogado. Además, si enfrenta negligencia de cualquier manera o no tiene una figura adulta (padre/tutor) en su vida, tiene derecho a un abogado tutor ad litem designado por el tribunal, un defensor que servirá para brindar contexto al tribunal sobre tu situación. Ver Utah Code § 78A-2-803

Si crees que tus derechos fueron violados de alguna manera por las autoridades, independientemente de si eres menor o no, puedes presenta una queja sobre el comportamiento de los oficiales ante el Departamento de Policía de Salt Lake City, formulario de queja policial. También puede considerar comunicarse con la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) o el Departamento de Justicia de EE. UU. Además, organizaciones como la ACLU se especializan en ayudar con reclamos por discriminación. Por último, puedes considerar comunicarte con un abogado local, quien podría ayudarte con el proceso.

Glosario

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  1. Registro: Una investigación o evaluación de una persona, objeto, espacio o vehículo con el objetivo de encontrar evidencia de actividad criminal. Ver Search and Seizure, Salt Lake City Police Department § 311; Cornell Law School
  2. Consentimiento: Permiso. ver Cornell Law School
  3. Orden (de registro): Un documento oficial del tribunal que permite a la policía registrarlo a usted o sus pertenencias sin su consentimiento. Ver Utah R. Crim. P. 40
  4. Detención y registro: un tipo de registro breve de usted y su entorno bajo la sospecha de que la persona está involucrada en una actividad delictiva o es una amenaza para la seguridad pública. Ver Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968); Utah Code § 77-7-16
  5. Racional o lógico en el contexto de lo que se conoce en una situación. Ver Cornell Law School
  6. Irrazonable: cualquier cosa que sea inapropiada, agresiva, exagerada o perjudicial para usted o cualquier persona involucrada. Ver 4th Amendment; Cornell Law School
  7. Circunstancia exigente: una situación en la que el oficial cree razonablemente que su intervención contra una persona es necesaria para proteger la seguridad pública. Ver Cornell Law School
  8. Testimonio: Evidencia que puede ser usada en la corte. Ver Cornell Law School
  9. Derecho: Un poder o habilidad que tienes como persona porque está plasmado en una constitución, ley o fallo. Ver Cornell Law School
  10. Ejercer: Usar o utilizar. Ver FindLaw
  11. Detener: Mantener bajo custodia por parte de las autoridades bajo sospecha razonable. Ver Cornell Law School
  12. Identificarse (a la policía): (en Utah) Dar su nombre, dirección, identificación y explicación de sus acciones o planes a las autoridades. Ver Utah Code § 76-8-301.5
  13. Identificarse (de la policía): (En Salt Lake City) Cuando las autoridades dan su nombre, jurisdicción oficial (Denver) y muestran su tarjeta de presentación (placa). Ver Standards of Conduct, Salt Lake City Police Department § 322.6
  14. Advertencia Miranda: Un conjunto de derechos que usted tiene según la Constitución de los EE. UU. que las autoridades deben informarle al momento del arresto. Ver Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966); Cornell Law School
  15. Causa probable: Tener una sospecha razonable de que usted está, ha estado o estará directamente involucrado en una actividad delictiva. Ver Cornell Law School; Utah Code § 77-7-2
  16. Consejero: Abogado, jurista. Ver Cornell Law School