1. Te Detuvo la Policía en la Calle, y ¿Ahora Qué?

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  • Conserva la calma. Correr no es una buena idea. Habla clara y cuidadosamente. Todo lo que digas puede ser usado en tu contra en un tribunal de justicia.
  • No es una buena idea tocar a los oficiales. Mantén tus manos en donde las pueda ver la policía.
  • Resistirse no es una buena idea, aún y cuando seas inocente o si piensas que la policía está actuando de manera injusta o ilegal.

a. ¿Podría la policía arrestarte si te rehúsas a responder a las preguntas?

Ellos no pueden arrestarte solo porque te negaste a responder a sus preguntas. La única información que debes de proporcionar es tu nombre y posiblemente tu dirección.

[Fuente Legal: DC Code § 23–581 y DC Code § 22–405.01.]

[Fuente Legal: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk y Byrd v United States (138 S. Ct. 1518) (2018). (La Cuarta Enmienda protege tu derecho contra la intrusión de gobierno y ha sido interpretada por la Suprema Corte como un derecho general a la privacidad)

https://policecomplaints.dc.gov/service/file-a-complaint.]

Fuente Legal - D.C. Code § 50–2303.07. Identificación de peatones infractores. (a) Un peatón que sea detenido por un oficial de policía u otro funcionario autorizado después de que haya cometido una infracción de estas regulaciones deberá informar al oficial u otro funcionario de su verdadero nombre y dirección con el fin de incluir esa información en una notificación de infracción; en el entendido que a ningún peatón se le exigirá poseer o exhibir ninguna prueba documental de su nombre o dirección para cumplir con los requisitos de esta sección.

b. ¿Qué pasa si los oficiales no se identifican?

Los oficiales no tienen la obligación legal de revelar ni sus identidades ni la de sus agencias de afiliación, incluso si se les pregunta directamente. Si una persona no está uniformada o no está identificada como oficial pero tú crees que estás hablando con un oficial de policía, puedes solicitar una identificación, pero la política no exige revelarla.

Si cree que es un oficial, entonces tienes todos los demás derechos asociados con una detención policial. Si la persona que crees que es un oficial comienza a hablar contigo pero no te ordena que hagas nada, puedes preguntar "¿soy libre de irme?". Si responden "sí", puedes marcharte. Si la respuesta es "no", no te alejes.

DC Code § 23–581 y DC Code § 22–405.01.

Los agentes del MPD que vigilan una asamblea de la Primera Enmienda (como una marcha política) deben tener una identificación clara, incluyendo uniformes y cascos que identifiquen de manera destacada la afiliación de los agentes con la policía.

DC Code § 5–331.09.

c. ¿Qué pasa si un oficial solo empieza a hablarme pero no me instruye que haga nada?

Puedes preguntarle al oficial ¿soy libre de irme? Si responden "sí", puedes marcharte. Si la respuesta es "no", no te alejes.

Know Your Rights: Stop-and-Frisk | ACLU of DC (acludc.org)

d. ¿Qué pasa si un oficial no está uniformado o identificado como oficial pero tú piensas que es uno?

Si alguien te detiene que creas que es un oficial de policía (que no está uniformado). Si te dicen que es un oficial de policía, puedes pedir respetuosamente ver una identificación, pero no están obligados a proporcionártela.

Si se trata de un oficial y no te han ordenado hacer nada, tiene todos los mismos derechos, a no responder preguntas y a preguntar si puedes irte. Si te dicen que no puedes irte, te debes de quedar, ya que es ilegal resistirse a alguien que tiene motivos para creer que es un agente de la policía.

DC Code § 23–581 and DC Code § 22–405.01.

e. ¿Puedo decirle a la policía que no quiero hablar sin un abogado?

Sí, tienes el derecho a permanecer en silencio y puedes pedir hablar con un abogado en cualquier momento. Una vez que hayas pedido hablar con un abogado, la policía debe de dejar de interrogarte.

In re Gault, 387 U.S. 1, 2-3 (1967) (el derecho de los menores a un abogado fue establecido en 1967 por la Suprema Corte).

f. ¿Si me siento, me estoy resistiendo?

Si un oficial de policía te ordena que te pares junto a su automóvil, y te sientas, se puede considerar que te estás resistiendo al oficial, al no seguir las indicaciones, o puede parecer una protesta a la detención.

Ninguno de los cuales es útil. Resistirse es un delito, y el otro prolongará lo que podría ser un breve encuentro.

DC Code § 23–581 y DC Code § 22–405.01.]

g. Si me detienen dentro de un grupo, y algunos niños corren ¿yo puedo correr?

Correr de un oficial que ha detenido a un grupo, puede ser considerado como que te estás resistiendo al arresto, lo cual es ilegal.

Puedes preguntar si eres libre de irte. Si la respuesta es sí, puedes irte. Si la respuesta es no, sólo es necesario que proporciones tu nombre y dirección. Si corres, habrás cometido un delito al huir del oficial.

DC Code § 23–581 y DC Code § 22–405.01.

h. Si el idioma del oficial no es mi lenguaje materno, ¿les puedo decir sin que renuncie a mis derechos?

Sí, tienes el derecho de recibir asistencia en tu primer idioma.

[Bajo el Title VI of the Civil Rights Act of 1964 (42 U.S.C. §2000d et seq.), la agencia de la policía que reciben asistencia federal deben tomar medidas razonables para garantizar que sus servicios sean significativamente accesibles para quienes no hablan bien inglés.]

i. Si el idioma del oficial no es mi primer idioma, ¿les puedo decir sin renunciar a mis derechos?

[●]

j. Si no hice nada, ¿me pueden detener?

[●]

2. ¿Cuándo puede la Policía Registrarte y a tus Alrededores?

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  • Tienes derecho a decir que no a registros a tu persona.
  • Tienes derecho a decir que no a registros a tu automóvil, casa y a otros alrededores.
  • No puedes ser arrestado por negarte a dar tu consentimiento a un registro sin una orden judicial.
  • Una orden judicial es una orden así que no tienes más opción que dar tu consentimiento.

a. ¿Qué pasa si un oficial de la policía desea registrar mi teléfono?

Sin tu consentimiento o "causa probable" de que hayas cometido un delito, la policía no puede ir más allá de un cateo para registrar tus bolsas, bolsillos o ropa interior. No es necesario que des tu consentimiento.

Fuente Legal: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.

No se puede registrar un teléfono celular durante el arresto.

Riley v. California, 134 S. Ct. 2473 (2014)

b. ¿Qué pasa si un policía me pide mi contraseña de mi teléfono?

La policía puede hacerte preguntas legalmente si estás en un lugar público. No es necesario que respondas sus preguntas. La policía puede confiscar tu teléfono con una orden judicial. Tu contraseña puede estar protegida por los derechos de la Quinta Enmienda, pero un tribunal podría obligarte a desbloquear el teléfono.

Fuentes Legales: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.

No se puede registrar un teléfono celular durante el arresto.

Riley v. California, 134 S. Ct. 2473 (2014)

Andrews v. State of New Jersey

Fourth Amendment of the U.S. Constitution

Fifth Amendment of the U.S. Constitution

c. ¿Qué pasa si me piden que les dé mi contraseña u otro acceso a mi teléfono?

La policía puede hacerte preguntas legalmente si estás en un lugar público. No es necesario que respondas sus preguntas. Tu contraseña puede estar protegida por los derechos de la Quinta Enmienda, pero un tribunal podría obligarte a desbloquear el teléfono.

Fuentes Legales: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.

No se puede registrar un teléfono celular durante el arresto.

Riley v. California, 134 S. Ct. 2473 (2014)

Fourth Amendment of the U.S. Constitution

Fifth Amendment of the U.S. Constitution

d. ¿Tengo que darles la contraseña de mi dispositivo si me la exigen si no estoy detenido? ¿Y si simplemente lo piden?

La policía puede hacerte preguntas legalmente si estás en un lugar público. No es necesario que respondas sus preguntas. Sin embargo, no es necesario que aceptes proporcionarla.

Fuentes Legales: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.

No se puede registrar un teléfono celular durante el arresto.

Riley v. California, 134 S. Ct. 2473 (2014)

Fourth Amendment of the U.S. Constitution

Fifth Amendment of the U.S. Constitution

e. ¿Qué herramientas puede utilizar la policía para registrarme? ¿qué tipo de tecnología (Reconocimiento facial, cámaras ocultas, búsqueda de huellas dactilares, etc).

Cuando sea práctico, al menos un oficial equipado con una cámara corporal (BWC) debe estar presente, con la BWC activada, antes de realizar un registro por consentimiento.

Know Your Rights: Stop-and-Frisk | ACLU of DC (acludc.org)

La policía puede tomar tus huellas dactilares con tu consentimiento. Si das tu consentimiento, la política puede tomar tus huellas digitales sin una orden judicial o un arresto. Si no das tu consentimiento y no has sido arrestado, la policía necesitará obtener una orden judicial para tomar tus huellas dactilares. La policía está facultada para tomar tus huellas dactilares si estás arrestado. Independiente de tu consentimiento, o de una orden judicial o un arresto, la policía típicamente puede obtener tus huellas dactilares que dejas en objetos desechados, como una lata de refresco en la basura.

Ver The Use of Fingerprints in Pennsylvania Criminal Cases | Goldstein Mehta LLC [Las fuentes específicas de DC sobre este punto no son claras, pero el resumen de esta fuente refleja lo que parece ser la ley vigente en la mayoría o en todos los estados.]

Según los informes, el Sistema de Pistas de Investigación de Reconocimiento Facial Nacional (NCRFRILS), un sistema de reconocimiento facial que se utilizó en DC, se detuvo en DC en 2021.

D.C.-area facial recognition system halted - The Washington Post

Washington DC no tiene ninguna ley que permita o prohíba expresamente los lectores automáticos de matrículas (ALPR) (también conocidos como reconocimiento automático de matrículas).

Automated License Plate Readers: State Statutes (ncsl.org)

Washington DC utiliza sistemas de detección de disparos. Esta tecnología detecta el sonido y la ubicación de los disparos y alerta a las autoridades.

Gunshot detection firm ShotSpotter expands with new DC office | The Hill

DC police use ShotSpotter to analyze sound waves and detect gunshots in real time – The Verge

f. ¿Pueden registrar mi mochila u otro objeto mientras lo estoy cargando?

No sin "causa probable" de que haya cometido un delito o des tu consentimiento.

La policía puede "catearte" legalmente si das tu consentimiento, o incluso sin tu consentimiento si tiene una "sospecha razonable" (es decir, una razón específica basada en hechos para creer) de que tienes un arma. Un cateo ocurre cuando la policía toca o barre el exterior de la ropa de alguien para comprobar si tiene armas.

La policía no puede meter la mano en tus bolsillos y ropa ni apretar tu cuerpo o el contenido de tus bolsillos mientras te catean, a menos que sientan algo como un arma, o algo que sea obviamente ilegal, basándose únicamente en su tacto. Sin tu consentimiento o "causa probable" de que hayas cometido un delito, la policía no puede ir más allá de un cateo para registrar tus bolsos, bolsillos o ropa interior.

Fuentes Legales: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.

g. ¿Pueden tomarme una foto o grabarme?

[●]

h. ¿Pueden preguntarme a dónde voy y por qué?

La policía puede hacerte preguntas si estás en un lugar público, pero no tienes que responderlas.

Know Your Rights: Stop-and-Frisk | ACLU of DC (acludc.org)

3. Razones por las que la Policía Puede Detenerte o Arrestarte

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  • La policía puede arrestarte porque sospecha que cometes (o has cometido) una violación de la ley, o si sospecha que actualmente tienes pruebas de un delito.
  • A veces la policía tiene una orden de arresto. Debes tener claro qué tipo de orden judicial se te presenta si ese es el caso.
  • Es una buena idea revisar detenidamente cualquier documento policial/orden judicial para asegurarse de comprender qué comprende exactamente.
  • Si te arrestan, se te puede acusar de un delito grave por un delito más grave (con una posible pena de cárcel de un año o más), un delito menor por un delito menos grave (con una pena de cárcel de menos de un año) o una infracción.
  • Si la policía te arresta, también tiene derecho a registrarte. Cualquier cosa que se encuentre durante este registro puede usarse como prueba en tu contra.

a. Sin tu consentimiento o "causa probable" de que hayas cometido un delito, la policía no puede ir más allá de un cateo para registrar tus bolsos, bolsillos o ropa interior.

No es necesario que respondas preguntas - tienes derecho a permanecer en silencio, excepto para proporcionar tu nombre y dirección. Fuente Legal: DC Code § 50–2303.07

Puedes decir cosas como "no quiero hablar contigo" o "no quiero responder a eso". Cualquier cosa que digas puede usarse en tu contra en un tribunal de justicia y es un delito mentirle a la policía.

Si un oficial comienza a hablarte pero no te ordena que hagas nada, puedes preguntar "¿soy libre de irme?". Si responden "sí", puedes marcharte. Si la respuesta es "no", no te alejes.

https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk

b. ¿Qué pasa si me dicen que están investigando algo que está mal? ¿Debo de corregirlos?

No tienes la obligación de corregir a la policía si proporciona información errónea o falsa. De hecho, la policía puede mentirte para provocar una corrección o saber lo que tú sabes. (https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk)

La única información que debes proporcionar es tu nombre y dirección. Legal Source: DC Code § 50–2303.07

Es importante tener cuidado al ofrecer información a la policía basándose en supuestos hechos o información incorrecta, ya que pueden utilizar este enfoque para obligarte a hablar y responder preguntas.

[Fuente Legal: La idea de que las confesiones deben darse voluntariamente parece sencilla, pero se complica cuando se consideran ciertos comportamientos policiales. Aunque a la policía se le ha prohibido durante mucho tiempo el uso de la fuerza física, puede utilizar una variedad de poderosas estratagemas psicológicos para extraer confesiones de sospechosos de delitos, entre ellos el uso del engaño durante el interrogatorio. Por ejemplo, la Suprema Corte de Estados Unidos ha permitido a la policía afirmar falsamente que el cómplice de un sospechoso confesó cuando en realidad no lo había hecho (Frazier v. Cupp, 1969) y haber encontrado las huellas dactilares de un sospechoso en la escena del crimen cuando no las había(Oregon v. Mathiason, 1977), determinando que dichos actos eran insuficientes para hacer inadmisible la confesión del acusado. Los tribunales estatales han permitido que la policía engañe a los sospechosos sobre una variedad de cuestiones fácticas, incluyendo, por ejemplo, afirmar falsamente que existen pruebas incriminatorias de ADN y fotografías satelitales de la escena del crimen (State v. Nightingale, 2012).

c. ¿Qué pasa si un oficial empieza a hablarme pero no me dice que haga nada?

Si un oficial comienza a hablarte pero no te ordena que hagas nada, puedes preguntar "¿soy libre de irme?". Si responden "sí", puedes marcharte. (https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk) (https://www.aclu.org/know-your-rights/what-do-when-encountering-law-enforcement-questioning)

También tienes derecho a permanecer en silencio según la Constitución de los EE. UU. y no tienes la obligación de responder las preguntas de un oficial de policía. Es posible que estés obligado a proporcionar tu nombre y dirección. Fuente Legal: DC Code § 50–2303.07

Mentir a la policía es un crimen.

d. ¿Cuál es la diferencia legal entre hablar con ellos si no me dicen que estoy bajo arresto y después de que me informan que estoy bajo arresto?

En DC, si te arrestan e interrogan, la policía debe informarte tus derechos según Miranda - incluyendo tu derecho a permanecer en silencio y tu derecho a un abogado. También deben informarte que cualquier cosa que digas puede usarse en tu contra en un proceso penal. Es importante destacar que si un oficial de policía no te ha arrestado, aún tienes todos esos derechos y obligaciones - la policía simplemente no tiene que recordártelo. Incluso si no te arrestan, cualquier cosa que digas puede usarse en tu contra. (https://www.findlaw.com/criminal/criminal-rights/miranda-rights.html) (https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk)

Ten en cuenta que si te arrestan y la policía está hablando contigo, eso es un "cuestionamiento" o un "interrogatorio" y los derechos Miranda deben leerse antes de ese tipo de interacción. (https://criminallawyerwashingtondc.com/arrest-process/miranda-rights/)

La única mayor diferencia es que cuando estás arrestado, no eres libre de irte. Debes darle al oficial de policía tu nombre y dirección, pero no es necesario que digas nada más que eso. Fuente Legal: DC Code § 50–2303.07

4. La diferencia entre que la policía me DICE qué hacer y me pida que haga algo.

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a. ¿Cuál es la diferencia entre que la policía decida registrarme a mí o a mis pertenencias (teléfono, persona, mochila) y que yo acepte el registro?

  • Sin tu consentimiento o "causa probable" de que hayas cometido un delito, la policía no puede ir más allá de un cateo para registrar tus bolsos, bolsillos o ropa interior.
  • Debes repetir: "No doy mi consentimiento para este registro", pero para mantenerse seguro y evitar que la situación empeore, debes cooperar físicamente con los oficiales.

https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk

Ten en cuenta que incluso si te niegas a dar tu consentimiento, es posible que los agentes aún tengan autoridad para registrarte.

Sin embargo, si aceptas el registro, es posible que estés renunciando a tus derechos de impugnar la legalidad del registro, y la policía puede utilizar tu consentimiento para justificar tu registro, que de otro modo sería inadecuado, y cualquier cosa que encuentre puede usarse en tu contra.

b. ¿Qué pasa si me dicen que les dé información en lugar de que ellos me la pidan y yo les dé respuestas voluntariamente?

La policía puede hacerte preguntas legalmente si estás en un lugar público. No es necesario que respondas a sus preguntas.

Deberías preguntar "¿Soy libre de irme?" Si el oficial dice que sí, puedes marcharte tranquilamente. Si el oficial dice que no, pregunta "por qué" pero no te vayas.

Incluso si te "dicen" que les des información, en realidad sólo te están pidiendo información. No es necesario que respondas sus preguntas. No pueden arrestarte sólo porque te niegas a responder a sus preguntas. La única información que debes proporcionar es tu nombre y posiblemente dirección.

La policía puede hacer preguntas. Incluso pueden mentir para extraer información. Sin embargo, no debes mentirle a la policía. No tienes que responder a sus preguntas y puedes decir "No quiero hablar contigo" o "No quiero responder a eso".

[Legal Source: DC Code § 23–581 y DC Code § 22–405.01.]

[Fuente Legal: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk and Byrd v United States
(138 S. Ct. 1518) (2018)
. La Cuarta Enmienda protege su derecho contra la intrusión del gobierno y ha sido interpretada por la Suprema Corte como proporcionar un derecho general a la privacidad).

https://policecomplaints.dc.gov/service/file-a-complaint.]

5. ¿Necesita la policía una orden judicial para arrestarte?

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  • No. Los agentes de policía pueden arrestarte legalmente sin una orden judicial en varias circunstancias:
    • Cuando el delito se comete delante de los agentes de policía; o
    • Cuando el oficial tiene causa probable (razón para sospechar) de que el sospechoso cometió un delito grave, ya sea que el acto se haya cometido frente a él o no.

a. Si no hice nada, ¿me pueden detener?

La policía sólo puede detenerte si tiene "sospecha razonable" de que estás involucrado en un delito. La sospecha razonable debe basarse en hechos específicos. Por ejemplo, la policía puede detenerte si coincides con la descripción de alguien que acaba de cometer un delito. La policía no puede detenerte por una razón vaga (porque simplemente "pareces sospechoso") o por una razón parcial (porque eres, por ejemplo, negro o transgénero).

Pregunta si eres libre de irte. Si es así, aléjate. Si no, pregunte por qué estás detenido. Necesitan tener una razón para arrestarte.

Si te paran en la calle:

Pregunta si eres libre de irte. Si es así, aléjate. Si no, pregunta por qué estás detenido. Necesitan tener una razón para arrestarte.

La policía puede catearte durante una parada. Puedes negarte a dar tu consentimiento (aceptar) a un registro, pero aún así pueden hacerlo.

Si estás detenido en un automóvil:

Si conduces, debes mostrar tu licencia, registro y comprobante de seguro.

Mantén las manos donde la policía pueda verlas.

Puedes negarte a dar tu consentimiento para que registren tu automóvil, pero la policía puede tener motivos legales para registrarlo de todos modos.

La policía puede separar a los pasajeros y al conductor para interrogarlos, pero nadie tiene que responder ninguna pregunta.

https://dctranscoalition.wordpress.com/know-your-rights-in-dc/your-rights-with-the-metro-police/

b. ¿Puedo preguntar la razón por la que me detuvieron?

Si la policía te arrestó y eres menor de 18 años, la policía debe notificar inmediatamente a tus padres, cuidador o tutor legal.

c. ¿Puedo defender a otro joven detenido por la policía si nos detienen juntos?

Solicita y anota el nombre y el número de placa del oficial. Otra información útil incluye: el número de la patrulla del oficial, el nombre y los números de teléfono de cualquier transeúnte, y cualquier fotografía o registro médico de cualquier lesión que sufras.

Presenta una queja ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) del D.C. El número de la línea directa es (866) 588-0569. La queja debe presentarse ante la OPC dentro de los 90 días posteriores al incidente.

Para presentar una queja ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) del D.C., sigue los siguientes pasos:

  • Completa un formulario de queja, que está disponible aquí:
  • Hay varias formas de presentar una queja:
    • En Persona en las oficinas de la OPC ubicadas en 1400 I Street, NW, Suite 700
    • Llama al (202) 727-3838, de Lunes a Viernes, 8:30 am – 5 pm
    • Llama a la línea gratutita de la OPC las 24 horas al 866-588-0569
    • En cualquier estación de distrito del Departamento Metropolitano de Policía
    • Por correo electrónico en dcpolice.complaintsoffice@dc.gov (escanéalo y adjúntalo al correo electrónico)
    • Por fax al (202) 727-9182
  • Enviar la queja a OPC dentro de los 90 días posteriores al incidente.
  • Si vas a presentar una queja, es una buena idea involucrar a un adulto (padre, amigo, tutor, abogado) en el proceso.
  • También puedes considerar presentar una demanda de derechos civiles. Habla con un abogado calificado que se especialice en esta área.
  • Si te arrestan, pide hablar con un abogado.

Fuentes Legales: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.

Estas quejas son para los oficiales del Departamento de Policía Metropolitana (MPD) y del Departamento de Policía de la Autoridad de Vivienda de D.C. https://policecomplaints.dc.gov/service/file-a-complaint.

d. Si creo que la detención es injustificada, ¿qué puedo hacer?

[●]

e. ¿Puedo obtener la información de identificación del oficial para una futura queja?

Sí. Solicita y anota el nombre y el número de placa del oficial. Otra información útil incluye: el número de la patrulla del oficial, el nombre y los números de teléfono de cualquier transeúnte, y cualquier fotografía o registro médico de cualquier lesión que sufras.

Presenta una queja ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) de D.C. Su número de línea directa es (866) 588-0569. La queja debe presentarse ante la OPC dentro de los 90 días posteriores al incidente.

https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.

6. ¿Cómo Saber Si Estás Bajo Arresto?

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  • Estás bajo custodia policial si no te sientes libre de abandonar la presencia de un oficial, o si una persona razonable en tu situación no se sentiría libre de irse.
  • Si sucede lo siguiente, es probable que estés bajo arresto conforme a la ley:
    • un oficial te esposa;
    • un oficial te sujeta por la fuerza.
    • un oficial te coloca en el asiento trasero de un coche de policía.
    • un oficial te advierte sobre sus derechos.
  • Un oficial sólo tiene que advertirte de tus derechos antes de que la policía te interrogue. Esto significa que un oficial puede arrestarte antes de advertirte sobre tus derechos.
  • Un arresto sin advertencias de derechos sigue siendo un arresto válido; simplemente puede significar que las pruebas recopiladas no serán admisibles en el tribunal más adelante.

a. ¿Qué pasa si no sé si estoy arrestado?

Si un oficial comienza a hablar contigo pero no te ordena que hagas nada, entonces puedes preguntar "¿soy libre de irme?". Si responden "sí", entonces puedes marcharte. Si la respuesta es "no", entonces no puedes marcharte.

Los oficiales del Departamento de Policía Metropolitana (MPD) de DC no pueden obligarte a mostrar una identificación a menos que estés conduciendo. La única información que debes proporcionar es tu nombre y probablemente tu dirección.

Fuentes: https://www.acludc.org/en/know-your
-rights-stop-and-frisk
y Byrd v United States
(138 S. Ct. 1518) (2018)

Si crees que la parada fue injustificada, solicita y anota el nombre y el número de placa del oficial para poder presentar una queja más tarde. Presenta una queja ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) de D.C. El número de la línea directa es (866) 588-0569. Debes presentar la queja ante la OPC dentro de los 90 días posteriores a la parada.

Fuente: https://policecomplaints.dc.gov/node/
161132

b. ¿Cuál es la diferencia entre una detención y un arresto?

La detención es temporal y no significa que estás siendo arrestado.

¿Qué es una "detención"? Cuando la policía actúa de una manera que haría que una persona razonable no se sienta libre de irse, por ejemplo, ordenándole que se detenga o deteniéndolo físicamente, eso se considera una "detención" según la Cuarta Enmienda.

Para aclarar si te están interrogando, deteniendo o arrestando, pregunta "¿soy libre de irme?" y, si el oficial dice que no, pregunta "¿estoy bajo arresto?".

¿Es legal la detención? La policía sólo puede detenerte si tiene "sospechas razonables" de que estás involucrado en un delito. La sospecha razonable debe basarse en hechos específicos. Por ejemplo, la policía puede detenerte si coincides con la descripción de alguien que acaba de cometer un delito. La policía no puede detenerte por una razón vaga (porque simplemente "pareces sospechoso") o por una razón prejuiciosa (porque eres, por ejemplo, Negro o transgénero).

https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk

c. ¿Si estoy esposado, estoy arrestado?

Las esposas por sí solas no significan que estás bajo arresto. Un oficial puede detenerte sin intención de arrestarte (es decir, para obtener información). Para ser considerado bajo arresto, el oficial de policía debe detenerte con la intención de arrestarte.

Si tienes menos de 12 años, el MPD sólo puede esposarte si representa un peligro para ti mismo o para los demás; Si tienes entre 13 y 17 años, pueden esposarte a su discreción según la gravedad del delito y las circunstancias de la interacción.

https://mpdc.dc.gov/release/mpd-updates-policy-governing-interactions-juveniles

d. Si mi libertad está restringida, ¿estoy bajo arresto?

No necesariamente.

  • ¿Qué es una "detención"? Cuando la policía actúa de una manera que haría que una persona razonable no se sienta libre de irse, por ejemplo, ordenándote que te detengas o deteniéndote físicamente, eso se considera una "detención" según la Cuarta Enmienda.
  • Para aclarar si te están interrogando, deteniendo o arrestando, pregunta "¿soy libre de irme?" y, si el oficial dice que no, pregunta "¿estoy bajo arresto?".
  • ¿Es legal la detención? La policía sólo puede detenerte si tiene "sospechas razonables" de que estás involucrado en un delito. La sospecha razonable debe basarse en hechos específicos. Por ejemplo, la policía puede detenerte si coincides con la descripción de alguien que acaba de cometer un delito. La policía no puede detenerte por una razón vaga (porque simplemente "pareces sospechoso") o por una razón prejuiciosa (porque eres, por ejemplo, Negro o transgénero).

https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk

7. ¿Qué Hacer Después de que te Adviertan Tus Derechos?

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a. ¿Cómo cambian las cosas si la policía me lee mis derechos?

En DC, la policía debe leer tus derechos Miranda cuando te detiene y te interroga. Como tal, si te leen tus derechos Miranda, eso generalmente significa que has sido arrestado, está bajo custodia o está siendo interrogado.

[Fuente Legal: DC Code § 5-115.01. Arrestos https://code.dccouncil.gov/us/dc/council/code/sections/5-115.01 y https://mpdc.dc.gov/release/mpd-updates-policy-governing-interactions-juveniles; www.mirandawarning.org (favor de considerar que este es un artículo y no una ley o un case law)

No podemos estar seguros de que dicha información esté actualizada. No promocionamos sitios web específicos) y https://mpdc.dc.gov/release/mpd-updates-policy-governing-interactions-juveniles].

b. ¿Importa en dónde estoy cuando la policía me lee mis derechos? (en la calle, en la estación, carro de policía, etc).

Si un oficial de policía te advierte sobre tus derechos, probablemente estás arrestado conforme a la ley. Si bien no hay un recurso/cita específico que lo diga directamente, la respuesta parece ser consistente con la ley y la Política de Operaciones de la Policía Metropolitana sobre la interacción con menores. https://mpdc.dc.gov/release/mpd-updates-policy-governing-interactions-juveniles

8. La Policía Interrogándote

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a. ¿Estoy obligado a hacer una declaración?

No. No es necesario que hagas una declaración ni respondas preguntas. Nunca tienes que ir a ningún lado con la policía, a menos que te hayan arrestado. FUENTES LEGALES: DC MPD General Order on Interacting with Juveniles (1/28/2020 Section II.H.3.

b. ¿La policía debe de notificar a mi tutor?

Sí. Si te arrestan y eres menor de 18 años, la policía debe notificar inmediatamente a tus padres, tutores o cuidadores.

Fuente Legal: DC MPD General Order on Interacting with Juveniles (1/28/2020) Section II.H.3

c. ¿Debo de confesar?

No es necesario que confieses un delito y no estás obligado a denunciar a la policía un delito del que hayas presenciado o del que hayas oído hablar.

[Fuente Legal: DC Code § 50–2303.07.]

d. ¿Qué adultos puedo pedir que estén conmigo?

Un padre, tutor o cuidador y el DC MPD General Order on Interacting with Juveniles (1/28/2020), section II.H.3, requiere que los agentes de policía les notifiquen inmediatamente después de arrestarte si eres menor de 18 años.

También tienes derecho a hablar con los padres, un ministro u otro asesor, pero no existe ninguna ley o estatuto estatal que exija la presencia de los padres, por lo que la policía no está obligada a aceptar esta solicitud.

e. ¿A quién debo de contactar si soy un menor de edad legal?

La policía puede hacer preguntas a un menor legal en un lugar público sin comunicarse con los padres o el tutor legal del menor. Sin embargo, si la policía te arrestó y eres menor de 18 años, la policía debe notificar inmediatamente a tus padres, cuidador o tutor legal. Si eres menor de 12 años, la policía debe comunicarse con el comandante de guardia de la YFSD (División de Servicios para Jóvenes y Familias) y guiarse por su decisión.

Si la policía no se comunicó con el padre/cuidador/tutor legal cuando se le pidió que lo hiciera, puede solicitar la información de la policía (nombre, número de placa, número de patrulla, etc.) y presentar una queja ante la Oficina de Denuncias Policiales (OPC) dentro de los 90 días posteriores al incidente. El número de la línea directa es 866-588-0569.

Fuentes: DC MPD General Order
sobre Interacción con Menores (28 de enero de 2020), Sección II.H.3;

Sitio web de la ACLU Distrito de Columbia

https://www.acludc.org/en/know-your-rights/know-your-rights-stop-and-frisk

9. ¿Cómo y Cuándo Contacto a un Abogado?

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  • Siempre debes comunicarte con un abogado antes de hacer declaraciones a cualquier persona en un caso o investigación penal.
  • Esto aplica incluso si te dicen que (i) los agentes de policía sólo quieren interrogarte y/o (ii) si tú eres sólo un testigo.
  • Si bien tienes que esperar hasta asistir al tribunal para que te nombren un abogado si no puedes pagarlo, debes solicitar uno tan pronto como la policía te interrogue o te arreste. Si te arrestan, tienes derecho a permanecer en silencio y a no hablar hasta que tu abogado esté presente.

a. ¿Qué pasa si soy solo un testigo?

Incluso si tú eres sólo un testigo, y no estás bajo arresto ni investigación, es aconsejable ponerse en contacto con un abogado tan pronto como seas interrogado por la policía. Si no puedes pagar uno, el tribunal te asignará uno.

Fuentes:

Es recomendable contactar siempre a un abogado si estás detenido y/o antes de hacer declaraciones a cualquier persona en un caso o investigación penal. Tienes derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio incluso si tú y tu familia no pueden pagarlo. Si no puede pagar un abogado, el tribunal te asignará uno.

Esto se aplica incluso si te dicen que (i) los agentes de policía sólo quieren interrogarte y/o (ii) si tú eres sólo un testigo.

Si bien tienes que esperar hasta asistir al tribunal para que te nombren un abogado si no puedes pagarlo, debes solicitar uno tan pronto como la policía te interrogue o te arreste. Si te arrestan, tienes derecho a permanecer en silencio y no hablar hasta que esté presente un abogado.

Las siguientes son fuentes locales para conseguir un abogado para jóvenes:

 Abogados juveniles en el DMV:

 Organizaciones:

10. ¿La Policía Tiene que Decir la Verdad Siempre?

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  • No. La policía puede mentirte durante el curso de una investigación, incluso mentir sobre la solidez del caso que tienen contra ti y las pruebas particulares que tienen en su poder.
  • A veces la policía miente para intentar que hables más.

a. ¿La policía me puede mentir?

La policía no tiene la obligación legal de decir la verdad. Al hacerle preguntas, la policía puede mentirte o engañarte para obtener información. Tienes derecho a guardar silencio, pero si decides responder recuerda que es delito mentirle a la policía.

Fuentes:

Frazier v. Cupp, 394 U.S. 731 (1969), United States Supreme Court fue un caso que afirmó la legalidad de las tácticas de interrogatorio engañosas. La jurisprudencia posterior ha interpretado Frazier v. Cupp como el caso que permite el engaño policial durante los interrogatorios. La jurisprudencia posterior ha interpretado Frazier v. Cupp como el caso que permite el engaño policial durante los interrogatorios.

[https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk.Ten en cuenta que este es un artículo y no legislación o jurisprudencia. No podemos estar seguros de que dicha información esté actualizada. No promocionamos sitios web específicos.]

b. ¿Tengo que decirle la verdad a la policía?

Al interactuar con la policía, no debes mentir. En general, en determinadas circunstancias, es un delito mentir a la policía. Una persona que miente a la policía puede ser acusada de hacer una declaración falsa, de obstruir a un oficial de policía o de perjurio si la declaración se hace bajo juramento.

[Fuente Legal: https://www.acludc.org/en/know-your-rights-stop-and-frisk. Ten en cuenta que este es un artículo y no legislación o jurisprudencia. No podemos estar seguros de que dicha información esté actualizada. No promocionamos sitios web específicos.

11. ¿Cómo presento una queja si tengo preguntas o siento que mis derechos han sido violados?

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SOLUCIONES:

Haz preguntas o presenta tus inquietudes - sobre cualquier tipo de mala conducta policial, incluyendo el racismo o la discriminación (y puedes presentarlas de forma anónima - a través de la Oficina de Quejas Policiales de DC (Fuente: Proceso de Quejas) o el Departamento de Policía Metropolitana de DC. Presenta tu queja dentro de los 45 días posteriores a un incidente en el que crea que hubo fuerza innecesaria o excesiva o que la policía utilizó un lenguaje o comportamiento insultante, degradante, humillante o discriminatorio o si hay represalias por presentar una queja.

También puedes presentar una queja ante la Oficina de Quejas contra la Policía si el oficial de policía no llevaba identificación/placa o te negó o a cualquier persona que estuviera contigo cuando le pediste su nombre y número de placa.

Si sientes que fuiste acosado por la policía, tienes 3 formas de denunciar la mala conducta policial a la policía de DC:

  • Presentar una denuncia policial
  • Llama a la línea directa 24 horas al día, 7 días a la semana: (202) 737-4404 o 311 para situaciones que no sean de emergencia, o a través de la aplicación
  • Cuando sea apropiado, considera participar en una mediación con el oficial en cuestión para ayudarlo a comprender su perspectiva.

[Fuente Legal: https://mpdc.dc.gov/page/how-file-citizen-complaint-or-commendation]

a. ¿Qué sucede y qué debo esperar después de presentar mi queja?

Una vez que presentes un informe ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) de DC o el Departamento de Policía Metropolitana de CD (MPD), ellos investigarán la denuncia.

MPD: Una vez que se concluya la investigación, se te notificará el resultado de la investigación. Si no estás de acuerdo con ella, puedes apelar la decisión por escrito enviando una carta al Jefe de Policía a:

Chief of Police
Metropolitan Police Department
300 Indiana Avenue, NW, Room 5080
Washington, DC 20001

OPC: Si la investigación revela motivos razonables para creer que se produjo una mala conducta policial, la denuncia se remitirá a un examinador de denuncias independiente, quien emitirá una decisión por escrito. La OPC notificará al denunciante y al oficial sujeto de la decisión. También se le notificará de la imposición de medidas disciplinarias y podrá responder por escrito al Jefe de Policía.

Fuente: Filing Complaints Brochure_ENG_0.pdf (dc.gov)How to File a Citizen Complaint or Commendation | mpdc

b. Opciones después de que recibes una respuesta respecto a tu queja

Tus opciones después de recibir una decisión sobre tu queja pueden variar según dónde haya presentado tu queja.

Oficina de Denuncias Policiales (OPC):

Cuando se presenta una queja ante la OPC, primero se asigna a un investigador que investigará el asunto y redactará un informe de investigación que luego se presentará, junto con las pruebas correspondientes, al supervisor del investigador para su revisión. Una vez revisada, el supervisor presentará la queja al director ejecutivo, quien determinará si la queja debe ser desestimada o remitida a un examinador de quejas para su revisión y una decisión basada en la evidencia.

Si el examinador de la denuncia sostiene las acusaciones contenidas en la denuncia, el asunto se remite al Jefe de Policía para que tome las medidas adecuadas. Si el Jefe de Policía no está de acuerdo con las conclusiones del examinador de denuncias, la denuncia se presenta a un panel de tres examinadores de denuncias para determinar si se confirman las conclusiones del examinador original. Si el panel de examinadores confirma la decisión original de que es necesaria una acción disciplinaria, el Jefe de Policía debe imponer la medida disciplinar apropiada.

Se te notificará sobre la medida disciplinaria y podrás responder por escrito comunicándote con el Jefe de Policía a:

Chief of Police
Metropolitan Police Department
300 Indiana Avenue, NW, Room 5080
Washington, DC 20001

Departamento de Policía Metropolitana (MPD):

Cuando se presenta una queja ante el MPD, el funcionario responsable de la revisión se comunicará contigo y te informará sobre la investigación. Luego continuará la investigación y el funcionario investigador recopilará y revisará pruebas, tomará declaraciones de los testigos y del oficial que es la fuente de la denuncia.

Una vez que se concluya la investigación, el funcionario emitirá una decisión y te notificará el resultado. Si no estás de acuerdo con el resultado de la queja, puedes apelar la decisión por escrito enviando una carta al Jefe de Policía a:

Chief of Police
Metropolitan Police Department
300 Indiana Avenue, NW, Room 5080
Washington, DC 20001

12. ¿Qué pasa si siento que fui víctima de discriminación o racismo?

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SOLUCIONES:

Si crees que fuiste víctima de discriminación o racismo, puedes comunicarte con un abogado y/o presentar una queja ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) de DC o el Departamento de Policía Metropolitana de DC (MPD).

La OPC tiene autoridad para investigar denuncias presentadas dentro de los 45 días posteriores al incidente y que alegan acoso; uso de fuerza innecesaria o excesiva; uso de lenguaje o conducta que sea insultante, degradante o humillante; trato discriminatorio; represalias por presentar una queja ante la OPC; o no usar la identificación requerida o negarse a proporcionar el nombre y el número de placa cuando un miembro del público lo solicite.

El MPD investiga las denuncias presentadas en cualquier momento alegando cualquier tipo de mala conducta, incluidas las malas conductas que pueden ser investigadas por la OPC. También investiga denuncias anónimas.

Dependiendo de la naturaleza y gravedad del acoso, tienes tres formas de denunciar la mala conducta de la policía de DC:

  • Presentar una denuncia policial
  • Llame a la línea directa 24 horas al día, 7 días a la semana
  • Cuando sea apropiado, considere participar en una mediación con el oficial en cuestión para ayudarlo a comprender su perspectiva.

(Fuente: DC Metropolitan Police Department)

Recursos para contactar si siente que fue víctima de discriminación o racismo

SOLUCIONES:

Hay varios recursos a tu disposición a los que puedes contactar si sientes que fuiste víctima de discriminación o racismo, incluidos los siguientes:

  • La Oficina de Quejas de D.C. (OPC)
    • Línea Directa: (866) 588-0569
    • Sitio Web: www.policecomplaints.dc.gov
    • Nota: Las quejas presentadas en la OPC se vencen dentro de los 45 días siguientes la fecha en que ocurrió el incidente.
  • El Departamento de Asuntos Internos del Departamento de Policía Metropolitano de D.C.
  • La ACLU de DC
  • Si has sido arrestado, contacta a un abogado local.

(Fuentes: The District of Columbia ACLU, The Metropolitan Police Department)

13. ¿Cómo puedo responder a circunstancias que involucren discriminación?

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SOLUCIONES:

Anota el nombre y el número de placa del oficial y recopila tanta información útil como sea posible, incluyendo el número de la patrulla, el nombre y los números de teléfono de los transeúntes y cualquier fotografía o registro médico de cualquier lesión que sufras, y luego presenta una denuncia ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) de D.C. El número de la línea directa es (866) 588-0569. La denuncia debe presentarse ante la OPC dentro de los 90 días posteriores al incidente.

Fuente: How to File a Citizen Complaint or Commendation | mpdc, https://www.acludc.org/en/know-your-rights/stop-and-frisk

A continuación se muestra un enlace a las instrucciones sobre cómo presentar una denuncia policial ante la OPC:

https://policecomplaints.dc.gov/service/file-a-complaint

Si es posible, se necesita la siguiente información para presentar una denuncia policial:

  • El día, hora y lugar exacto del incidente.
  • El nombre del oficial, número de placa y descripción física.
  • Nombres, direcciones y números de teléfono de los testigos.
  • Números de vehículo o placas de cualquier vehículo involucrado en el incidente.
  • Cualquier otra evidencia disponible, incluyendo copias de multas de tránsito, informes policiales, fotografías y registros médicos (si tienes lesiones, describe su naturaleza y alcance).

Si resultas herido como resultado de una supuesta mala conducta de un oficial de policía, busca atención médica inmediata y trata de fotografiar tus lesiones. Conservar evidencia de tus lesiones es una parte importante de tu denuncia.

Fuente: https://policecomplaints.dc.gov/page/complaint-process-opc

14. ¿Qué puedes hacer si la policía realiza un registro inadecuado? ¿O me detuvieron indebidamente?

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SOLUCIONES:

Anota el nombre y el número de placa del oficial y recopila tanta información útil como sea posible, incluyendo el número de la patrulla, el nombre y los números de teléfono de los transeúntes y cualquier fotografía o registro médico de cualquier lesión que sufras, y luego presenta una denuncia ante la Oficina de Quejas Policiales (OPC) de D.C. El número de la línea directa es (866) 588-0569. La denuncia debe presentarse ante la OPC dentro de los 90 días posteriores al incidente.

Fuente: How to File a Citizen Complaint or Commendation | mpdc, https://www.acludc.org/en/know-your-rights/know-your-rights-stop-and-frisk

A continuación se muestra un enlace con las instrucciones sobre cómo presentar una denuncia policial ante la OPC:

https://policecomplaints.dc.gov/service/file-a-complaint

Si es posible, se necesita la siguiente información para presentar una denuncia policial:

  • El día, hora y lugar exacto del incidente.
  • El nombre del oficial, número de placa y descripción física.
  • Nombres, direcciones y números de teléfono de los testigos.
  • Números de vehículo o placas de cualquier vehículo involucrado en el incidente.
  • Cualquier otra evidencia disponible, incluyendo copias de multas de tránsito, informes policiales, fotografías y registros médicos (si tienes lesiones, describe su naturaleza y alcance).

Si resultas herido como resultado de una supuesta mala conducta de un oficial de policía, busca atención médica inmediata y trata de fotografiar tus lesiones. Conservar evidencia de tus lesiones es una parte importante de tu denuncia.

Fuente: https://policecomplaints.dc.gov/page/complaint-process-opc